Información ambiental:
GHOSH, Shibani. “Access to Information as Ruled by the Indian Environmental Tribunal: Save Mon Region Federation v. Union of India”. Review of European Community and International Environmental Law (RECIEL), vol. 22, n. 2, julio 2013, pp. 202-206
KINIGER, Alessandro; TRIDENTE, Ginevra. “Tecniche di fingerprinting e indagini ambientali”. Rivista giuridica dell’ ambiente, n. 2, 2013, pp. 157-168
Medio marino:
BENINDE, Joscha et al. “Workshop-Bericht: “Anthropogene Störung mariner Ökosysteme in Deutschland – eine natur- und rechtswissenschaftliche Bewertung””. Natur und recht, vol. 36, n. 6, junio 2013, pp. 410-412
CHUENPAGDEE, Ratana et al. “Marine protected areas: Re-thinking their inception”. Marine policy: the international journal of ocean affairs, n. 39, mayo 2013, pp. 234-240
Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes. (BOE núm. 164, de 10 de julio de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Agricultura; Abonos; Suelo; Envases; Etiquetas; Comercialización; Registros administrativos
Resumen:
Para resumir esta norma es necesario partir de la idea básica de que el suelo agrícola es un recurso inestimable y limitado cuya degradación debe evitarse, de tal manera que la utilización de nuevos productos como fertilizantes precisa de una regulación, a través de la cual no se provoquen efectos nocivos sobre el agua, el suelo, la flora, la fauna y el ser humano.
Con este real decreto se pretende concretar algunas de las disposiciones del Reglamento (CE) nº 2003/2003, respecto de las que dicha norma establece que deben ser desarrolladas y completadas por los Estados miembros, y refundir y actualizar la normativa nacional existente relativa al resto de los abonos y a todo tipo de enmiendas, si bien el real decreto 824/2005, de 8 de julio, que se deroga, permanece prácticamente invariable.
Energía:
BLUSTEIN, Shol. “Towards a right to sustainable energy”. Environmental Liability, vol. 20, n. 5, 2012, 173-185
VG Braunschweig, Urteil vom 17. April 2012 – 2 A 299/11. “Verjährung für Leistungsrückforderungen und Sanktionen bei Vertragsgewässerschutz”. Zeitschrift für Umweltrecht (ZUR), n. 5, 2013
Energía eólica:
“Éoliennes et loi Littoral: l’incompatibilité confirmée: L’absence de dérogation à la règle de l’urbanisation en continuité de l’existant sur les communes littorales fait échec à l’implantation d’éoliennes sur leur territoire”. Droit de l’environnement, n. 210, marzo 2013, pp. 99-102
Aguas:
MELERO ALONSO, Eduardo. “El nuevo modelo de gestión de los servicios públicos del agua en la Comunidad de Madrid. La privatización de la financiación de Canal de Isabel II Gestión S.A.”. Revista de derecho urbanístico y medio ambiente, n. 281, 2013, pp. 151-198
Biodiversidad:
NSOH, Walters. “Ecosystem Services: A Possible New Approach in the Valuation of Compensation for Land Expropriation in Cameroon”. IUCN Academy of Environmental Law eJournal, n. 4, 2013, pp. 17-34, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.iucnael.org/en/component/docman/doc_download/1045-ecosystem-services-a-possible-new-approach-in-the-valuation-of-compensation-for-land-expropriation-.html [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede de Valladolid), de 14 de febrero de 2013 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Ramón Sastre Legido)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: TSJ CL 707/2013
Temas Clave: Plan General de Ordenación Urbana; Evaluación ambiental; Evaluación de impacto ambiental; Suelo rural
Resumen:
En el supuesto de enjuiciamiento, la Asociación Ecologistas en Acción de Valladolid impugna la desestimación por silencio del recurso de reposición formulado contra la Orden FOM/1840/2008, de 6 de octubre, de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León por la que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid en el Área Homogénea 5 de Suelo Urbanizable no Delimitado (SUND) “Páramo de San Isidro”, publicada en el BOCyL de 30 de octubre de 2008, así como la Resolución de 30 de junio de 2008 de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, por la que
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