Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. (BOE núm. 55, de 5 de marzo de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del CIEDA- CIEMAT
Temas clave: Economía sostenible; Desarrollo sostenible; Dominio público; Eficiencia energética; Energía; Energías Renovables; Residuos; Transportes; Vehículos; Sanidad vegetal; Hidrocarburos; Contaminación Atmosférica; Comisión Nacional de la Energía
Resumen:
Después de largos períodos de letargo en su tramitación, ha salido a la luz la presumiblemente esperada Ley de Economía Sostenible, cuyo objeto es introducir en el ordenamiento jurídico las reformas estructurales necesarias para crear las condiciones idóneas que favorezcan un desarrollo económico sostenible, dentro de un marco de crisis económica internacional, que ha obligado a nuestro país, siguiendo las pautas adoptadas por los países del G20 a adoptar una serie de medidas que impidan las graves consecuencias de la caída de nuestra actividad económica.
Creo necesario introducir en este comentario la definición que de economía sostenible nos brinda su artículo 2, base de resto de su articulado, entendiendo por tal un patrón de crecimiento que concilie el desarrollo económico, social y ambiental en una economía productiva y competitiva,
El Proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados es aprobado por el Consejo de Ministros
Fuente: Congreso de los Diputados
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 4 de marzo de 2011 el anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados por el que se transpone la Directiva 2008/98/CE, actualizando la legislación tras más de 10 años de aplicación de la primera Ley de Residuos
La nueva política de residuos apuesta por la prevención, maximizando el aprovechamiento de los recursos, y la disminución de los impactos adversos de su producción y gestión sobre la salud humana y el medio ambiente. Asimismo, establece que las Administraciones públicas aprobarán programas y planes de prevención de residuos, así como de gestión, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Decreto 4/2011, de 11 de enero, por el que se regula el régimen del uso de efluentes de extracción de almazara como fertilizante agrícola. (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 14, de 21 de enero de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El aceite de oliva representa una fuente básica de riqueza en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de ahí la importancia de las medidas y actuaciones que incidan en la gestión de su proceso industrial en las almazaras. Con el sistema de extracción de aceite continuo en dos fases (aguas del lavado de aceituna y aguas del lavado de los aceites), si bien ha descendido la cantidad de efluentes y se ha reducido considerablemente su carga contaminante, lo cierto es que su volumen sigue siendo considerable. Hasta el momento no existía una norma que regulase su tratamiento y utilización.
Decreto 4/2011, de 11 de enero, por el que se regula el régimen del uso de efluentes de extracción de almazara como fertilizante agrícola. (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 14, de 21 de enero de 2011)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
El aceite de oliva representa una fuente básica de riqueza en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de ahí la importancia de las medidas y actuaciones que incidan en la gestión de su proceso industrial en las almazaras. Con el sistema de extracción de aceite continuo en dos fases (aguas del lavado de aceituna y aguas del lavado de los aceites), si bien ha descendido la cantidad de efluentes y se ha reducido considerablemente su carga contaminante, lo cierto es que su volumen sigue siendo considerable. Hasta el momento no existía una norma que regulase su tratamiento y utilización.
El objeto de este Decreto es establecer el régimen jurídico de la utilización como fertilizante agrícola de los efluentes resultantes de la extracción de aceite de oliva virgen en las almazaras, en desarrollo de lo previsto en
Resolución de 23 de diciembre de 2010, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, por la que se aprueba el documento de referencia para el Plan estratégico de Residuos del Principado de Asturias 2011-2020. (BOPA núm. 10, de 14 de enero de 2010)
Autora de la Nota: Berta Marco Ciria. Personal investigador en formación CIEDA-CIEMAT
Resumen:
No se trata del Plan de Residuos del Principado de Asturias, sino del documento de referencia que define el contenido mínimo que habrá de tener el “Informe de Sostenibilidad Ambiental” para aprobar el próximo Plan de Residuos.
El día 23 de Diciembre de 2010, y por medio de Resolución, la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras aprueba dicho documento de referencia con el objetivo de evaluar los efectos sobre el medio ambiente que tendrá el Plan Estratégico de Residuos durante los años 2011-2020 en el principado de Asturias. Un plan que se hace irremediablemente necesario debido a la expiración del actual Plan Básico de Residuos (2001- 2010).
El procedimiento por el que se aprueba este documento es
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