Murcia aprueba el Plan de Inspección de Explotaciones Ganaderas para el control de medidas previstas en la Ley 3/2020 de recuperación y protección del Mar Menor. Orden de 9 de abril de 2024
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 91, de fecha 20 de abril de 2024.
Palabras clave: Contaminación. Explotación ganadera. Granjas avícolas. Registro electrónico explotaciones ganaderas.
Resumen:
El Mar Menor es uno de los espacios naturales más valiosos y amenazados en España. A pesar de contar con un amplio elenco de figuras de conservación (Parque Natural, Zona de Especial Conservación, etc.) la gestión de este espacio sigue siendo un problema más que notable. Concretamente la prevención en la contaminación juega un papel fundamental. Para ello, el Plan de Inspección se elabora con la finalidad de programar las inspecciones a las explotaciones ganaderas durante el trienio 2024-2026 para el control de las medidas previstas en la sección 1.ª del Capítulo VI, sobre “Ordenación y Gestión Ganadera y pesquera” de la Ley 3/2020,
Sentencia 126/2023, de 27 de septiembre de 2023, del pleno del Tribunal Constitucional (Ponente: Ramón Sáez Valcárcel)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial del Estado, de 1 de noviembre de 2023, n. 261. ECLI:ES:TC:2023:126
Palabras clave: Cultivos de regadío. Cultivos de secano. Agricultura intensiva. Competencias. Urgencia y necesidad. Hipoxia. Extemporáneo.
Resumen:
El recurso que da lugar a la sentencia objeto de análisis, se centra en los apartados primero y segundo del artículo único del Decreto‑ley 5/2021, de 27 de agosto, del Gobierno de la Región de Murcia, en tanto que otorgan una nueva redacción a los arts. 33.1 y 4, por una parte, y 34.1 y 2, de otro lado, de la Ley de la Asamblea Regional de Murcia 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor.
Las dos cuestiones objeto de debate de constitucionalidad tienen que ver con la competencia por parte de los organismos correspondientes. Al supeditar la actuación autonómica de restitución de cultivos a la previa existencia de una resolución
Murcia aprueba la instrucción técnica para la tramitación y redacción de los documentos de alcance en procedimientos de evaluación de impacto ambiental y de evaluación ambiental estratégica
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia de fecha 16 de febrero de 2024, con el número 39.
Palabras clave: Evaluación impacto. Programas de vigilancia. Afecciones legales. Factores ambientales. Daño ambiental. Simplificación administrativa. Unificación.
Resumen:
La presente Orden se aprueba conforme a lo establecido en el artículo 11 de la ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y los artículos 85 y 102 de la Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada, por consiguiente, es la Consejería el organismo con competencias en materia de medio ambiente para ejercer en determinadas situaciones las funciones de órgano ambiental de planes, programas y proyectos.
La reestructuración normativa ocasionada a raíz del Decreto 42/2023, de 21 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 31/2023, de 14 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor, la Dirección General de Medio Ambiente es el órgano
Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de enero de 2023 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Fernando Román García)
Autora: Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 259/2023- ECLI: ES: TS: 2023:116
Palabras clave: Acceso a la información ambiental. Silencio. Ejecución. Desestimación.
Resumen:
La Sentencia seleccionada en esta ocasión resuelve el recurso de casación núm. 1509/2022 interpuesto por el Sindicato Central de Regantes contra la sentencia núm. 683/2021, de 21 de diciembre, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, que desestimó el recurso contencioso- administrativo núm. 256/2020 presentado contra la falta de ejecución del acto administrativo firme relativo a la solicitud de información ambiental interesada de la Confederación Hidrográfica del Segura en fecha 14 de noviembre de 2019, en relación con el Trasvase Tajo-Segura. Es parte recurrida la Confederación hidrográfica del Segura.
En este sentido, el referido Sindicato solicitó en la fecha indicada, y al amparo de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a
Murcia crea y regula el Consejo Asesor Regional de Protección y Bienestar de los Animales de Compañía. (Decreto n.º 230/2022)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Rioja, número 297, de fecha 14 de diciembre de 2022.
Palabras clave: Bienestar animal. Animales de compañía. Seres sintientes.
Resumen:
El nuevo paradigma sobre el bienestar de los animales de compañia, constituido por el Tratado de Lisboa, así como el interés creciente de la sociedad murciana en esta materia, determinan para el gobierno regional la necesidad de disponer de este órgano de canalización de la participación efectiva de sociedad en la toma de decisiones en la materia, contemplando la presencia de representantes de los diferentes sectores relacionados con los animales de compañía, así como de la Administración Local.
Así las cosas, resulta necesario que, en materia de animales de compañía, representantes de los distintos Ayuntamientos, así como de las asociaciones protectoras de los animales de compañía, formen parte con carácter permanente del Consejo Asesor Regional de Protección y
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