Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Palma de Mallorca, de 11 de noviembre de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Fernando Socias Fuster)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ BAL 1020/2020 – ECLI: ES:TSJBAL:2020:1020
Palabras clave: Red Natura. Biodiversidad. Zona Especial Protección Aves. Lugar Interés Comunitario.
Resumen:
La parte actora en este procedimiento es la propietaria de la parcela 5 del polígono 52 de Llucmajor, el objeto del recurso es el Acuerdo del Consell de Govern que aprueba la declaración y ampliación de zonas de especial protección de las aves (ZEPA) en el ámbito de las Illes Balears, y que incluye dicha parcela dentro de la ZEPA “Marina de Llucmajor”.
De manera resumida, los argumentos son: carencia de estudio sobre los valores ambientales que justifique la ampliación de la ZEPA, falta de justificación de ser uno de los territorios más adecuados para la conservación de las aves. En concreto ni para el águila perdicera ni para el milano real. Y que la inclusión de
Decreto n.º 231/2020, de 29 de diciembre, de declaración de la Zona Especial de Conservación (ZEC) de la Sierra de Ricote y La Navela, y de aprobación del Plan de gestión integral de los Espacios Protegidos Red Natura 2000 de la Sierra de Ricote y La Navela
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DORM número 16 de 21 de enero de 2021
Palabras clave: Red Natura 2000. Biodiversidad. Lugar Interés Comunitario. Zona Especial Conservación. Zona Especial Conservación Aves
Resumen:
En la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (Directiva de Hábitats), se crea una red ecológica europea coherente denominada Natura 2000, compuesta por los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), que son aquellos espacios que albergan tipos de hábitats naturales de su anexo I y especies de su anexo II, y por las Zonas Especiales de Conservación (ZEC), en que se han de transformar esos LIC, así como por las Zonas de Especial
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 11 de diciembre de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Francisco Javier Cambon García)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid.
Fuente: ROJ: STSJ GAL 6191/2020- ECLI: ES: TSJ GAL:2020: 6191
Palabras Clave: Declaración de Impacto Ambiental. Energía. Energía eólica. Energías Renovables. Evaluación de impacto ambiental. Red Natura 2000. Planificación. Zona de especial conservación (ZEC). Zona de especial protección para las aves (ZEPA).
Resumen:
Para este análisis, se toma como referencia la STSJ GAL 6191/2020, si bien, en la misma fecha, se han publicado otros dos pronunciamientos con un contenido prácticamente idéntico[1]. Distintas asociaciones ecologistas impugnaron la Resolución de 4 de julio, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se publicó el Acuerdo del Concejo de la Junta de 27 de junio de 2019, de aprobación de la modificación del proyecto sectorial de incidencia supramunicipal del Parque Eólico (PE) de Oribio.
Las actoras esgrimen cinco motivos de nulidad: i) La DIA del proyecto del
Ley 4/2020, de 14 de diciembre, de declaración del Parque Natural de “Sabinares del Arlanza-La Yecla” (Burgos)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 262, de 21 de diciembre de 2020
Palabras clave: Parque natural. Red Natura 2000. Especies. Recursos naturales. Sabinas.
Resumen:
«Sabinares del Arlanza La Yecla» (Burgos) fue incorporado a la Red Natura 2000 mediante Decreto 57/2015, de 10 de septiembre, declarándose la ZEC-ES4120091-Sabinares del Arlanza y la ZEPA-ES4120031-Sabinares del Arlanza, ambas incluidas íntegramente en el ámbito territorial del Espacio Natural Sabinares del Arlanza-La Yecla, y la ZEC-ES4120071-Riberas del Río Arlanza y sus afluentes, incluida parcialmente en el mismo.
Además de los valores vinculados al medio biótico, es necesario reseñar sus elementos abióticos como una de las señas de identidad más singulares de este espacio.
En conjunto, el espacio delimitado posee unas características geológicas, geomorfológicas, paleontológicas, vegetales, faunísticas, paisajísticas, culturales, históricas y etnográficas sobresalientes o muy destacadas respecto a su entorno, por lo que es oportuno dotarlo de un marco jurídico propio que
Integración de la Red Española de Áreas Marinas Protegidas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Resolución de 16 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, por la que se integran en la Red de Áreas Marinas Protegidas de España ocho zonas especiales de conservación marinas de la Región Biogeográfica Mediterránea de la Red Natura 2000 y el Área Marina Protegida el Corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo. (BOE núm. 316, de 3 de diciembre de 2020)
Palabras clave: Biodiversidad. Red Natura 2000. Zonas especiales de conservación marinas. Hábitats. Mediterráneo.
Resumen:
Mediante Real Decreto 1620/2012, de 30 de noviembre y Orden AAA/1366/2016, de 4 de agosto, se declaran ZEC ocho lugares de importancia comunitaria marinos de la región biogeográfica Mediterránea de la Red Natura 2000. En diciembre de 2019, la 21ª Conferencia de las Partes del Convenio, que tuvo lugar en Nápoles (Italia), aprobaba la inclusión del Corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo en la Lista de Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo
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