Espacios naturales protegidos:
BONORA VIDRIH FERREIRA, Gabriel Luis; BONORA VIDRIH FERREIRA, Natalia; SANTOS IURCONVITE, Adriano dos. “Diversidade biológica e áreas protegidas”. Medio ambiente y derecho: revista electrónica de derecho ambiental, n. 31, diciembre 2016, pp. 4-5, [en línea]. Disponible en Internet: http://huespedes.cica.es/gimadus/31/04_diversidade_biologica.html [Fecha de último acceso 28 de febrero de 2018].
Especies invasoras:
BRUFAO CURIEL, Pedro. “El infructuoso intento de reforma de la Ley del Patrimonio Natural y Biodiversidad presentado para favorecer las especies invasoras”. Revista Catalana de Dret Ambiental (RCDA), vol. 8, n. 2, 2017, pp. 1-21, [en línea]. Disponible en Internet: https://revistes.urv.cat/index.php/rcda/article/view/1809 [Fecha de último acceso 28 de febrero de 2018].
Ética medioambiental:
COIMBRA, Diego. “A superação do antropocentrismo: uma necessária reconfiguração da interface homen-natureza: the anthropocentrism overcoming: a necessary reconfiguration of human-nature interface”. Medio ambiente y derecho: revista electrónica de derecho ambiental, n. 31, diciembre 2016, pp. 1-7, [en línea]. Disponible en Internet: http://huespedes.cica.es/gimadus/31/03_a_superacao_antropo.html [Fecha de último acceso 28 de febrero de 2018].
FLORES MENDOZA, Fátima. “Respuesta penal del ordenamiento jurídico español al bioterrorismo transnacional”. Revista General de Derecho Penal, n. 28, 2017
ROMERO MUÑOZ, Javier. “Análisis de la inestabilidad ecológica desde la teoría de sistemas de Jürgen Habermas”. Medio ambiente y derecho: revista electrónica
Sentencia de la Corte Suprema, de 21 de septiembre de 2017
Autores: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental, y Javiera Chacón, Ayudante del Centro de Derecho Ambiental, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile[1]
Fuente: Corte Suprema Rol N° 7.025-2017, Sentencia de 21 de septiembre de 2017
Temas clave: Planes de descontaminación atmosférica; Motivación de los actos administrativos; Principio el que contamina paga
Resumen:
En agosto de 2016, la empresa de generación eléctrica AES Gener S.A., que opera la Central Termoeléctrica Nueva Tocopilla, en funcionamiento desde 1995, interpuso reclamo de ilegalidad[2] contra la Ilustre Municipalidad de Tocopilla, respecto del Decreto N°643-2016 que aprueba la Ordenanza Municipal por cobro de derechos municipales por servicio de aseo[3].
Al respecto cabe recordar que en 2007, la localidad de Tocopilla fue declarada Zona Saturada[4] por haberse superado los límites de concentración de contaminante material particulado respirable, según lo establecido en la norma de calidad de aire entonces vigente. A raíz de lo anterior, se dictó un Plan de Descontaminación Atmosférica para la ciudad de Tocopilla y su zona circundante (2010)[5].
El artículo 24 de dicho Plan contempla la posibilidad de que la
Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2, mediante Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, y por la que se modifica su anexo
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 263, de 30 de octubre de 2017
Temas clave: Daños ambientales; Prevención ambiental; Quien contamina paga; Responsabilidad ambiental
Resumen:
La aprobación de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, constituyó todo un hito en la materia jurídico ambiental. Esta norma (que transpone la Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales) nació con la pretensión de que las empresas (en realidad cualquier persona que ejerza una actividad económica o profesional) respondan de los (grandes) daños que se causen a determinados recursos naturales, como suelo, especies silvestres y hábitats protegidos, riberas del
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda), de 13 de julio de 2017, asunto C-129/16, que tiene por objeto una cuestión prejudicial en relación con la interpretación de la Directiva 2004/35/CE, sobre responsabilidad medioambiental
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-129/16
Temas clave: Incineración de residuos, quien contamina paga, responsabilidad ambiental, causante, propietario
Resumen:
El 2 de julio de 2014, la autoridad competente de protección medioambiental fue informada de que se incineraban residuos metálicos en un terreno arrendado perteneciente a TTK. La autoridad de protección medioambiental impuso a TTK, en su condición de propietaria del terreno, una multa que fue impugnada la multa ante la misma autoridad, la cual desestimó su reclamación al considerar que la incineración de residuos en un espacio abierto había originado un riesgo para el medio ambiente.
Según la Ley de protección medioambiental, la responsabilidad recae solidariamente en el propietario y el poseedor del bien inmueble de que se trate en el momento de los hechos, salvo que el propietario demuestre, más allá de toda duda razonable, que no puede ser considerado responsable. Dado que
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia de 5 de abril de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª, Ponente: Rafael Pérez Nieto)
Autora: Aitana De la Varga Pastor, Profesora Agregada de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ STSJ CV 1506/2017 – ECLI: ES:TSJCV:2017:1506
Temas Clave: contaminación acústica; tasa por prestación de servicios; ordenanza; principio de quien contamina paga; principio de acción preventiva frente a la contaminación
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo ordinario interpuesto por persona física contra el Ayuntamiento de Elche, siendo objeto del recurso la Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación de servicios para la protección de la contaminación acústica en el municipio de Elche, aprobada el día 21.12.2012 (BOP de 28.12.2012).
En concreto se cuestiona un artículo de esta ordenanza que pretende hacer pagar una tasa cuando se tenga que realizar una inspección y verificación de contaminación acústica, con independencia del resultado de la inspección. Por lo tanto, por la prestación de servicios de inspección.
Según el recurrente esto va en contra de los tratados y principios de la UE -como son el principio de “quien contamina paga”
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