Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 25 de septiembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Pablo Vargas Carrera)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 14951/2019 – ECLI: ES:TSJAND:2019:14951
Temas Clave: Natura 2000; LIC; ZEC; Planes de gestión; Publicidad; Propiedad privada
Resumen:
El objeto de recurso formulado por varios particulares se ciñe a:
-La elaboración por la Junta de Andalucía de la propuesta de la lista de lugares de importancia comunitaria (LIC) que fue adoptada por la Decisión de Ejecución de la Comisión de 3 de diciembre de 2014, que aprobó la octava lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región bigeográfica mediterránea, en cuanto al que se denomina Guadalmellato, identificado con el código (ES6130006) del formulario Natura 2000 y dentro del cual se han incluido los terrenos propiedad de la recurrente.
-El Decreto 110/2015, de 17 de marzo, por el que se declaran las Zonas Especiales de Conservación Sierras de Gádor y Énix (ES6110008), Sierra del Alto de Almagro (ES6110011), Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón (ES6110012), Sierra Líjar
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), de 4 de septiembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: María José Pereira Maestre)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ AND 15222/2019 – ECLI: ES:TSJAND:2019:15222
Temas Clave: Aguas; Aprovechamientos privados; Catálogo; Inscripción; Pozos
Resumen:
El objeto de este recurso se ciñe a dos Resoluciones:
-La Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de fecha 29 de abril de 2016, que desestima el recurso de reposición formulado contra la de fecha 31 de julio de 2015, que resuelve, entre otros pronunciamientos, denegar la inclusión en el Catálogo de Aguas Privadas de la captación nº 12, solicitado en fecha 27/12/1988, en una finca del término municipal Villanueva del Río y Minas (Sevilla).
-La Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de fecha 30 de diciembre de 2015, desestimatoria del recurso de reposición deducido frente a la de fecha 31 de julio de 2015, que resuelve denegar la inclusión en el Catálogo de Aguas Privadas de las dos captaciones diferenciadas solicitado en fecha 3/7/1997 y 4/4/2003 en una finca
Sentencia Núm. 116/2019 de 8 de octubre de 2019 del pleno del Tribunal Constitucional. Ponente: Juan José González Rivas
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE número 279, de 20 de noviembre de 2019
Temas Clave: Caminos públicos, Rutas Senderistas; Planes especiales; Expropiación forzosa; Función social; Propiedad Privada
Resumen:
El presente pronunciamiento tiene como objeto resolver el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados contra el art. 50 de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca.
El artículo recurrido establece lo siguiente: “Artículo 50. Efectos de los planes especiales y de los proyectos de rutas senderistas.
A los efectos de lo que prevé la legislación en materia de ordenación del territorio y urbanismo, la aprobación de los planes especiales o proyectos de rutas senderistas, cuando obtienen la homologación provisional, lleva implícita la declaración de utilidad pública de los terrenos necesarios para ejecutarlos, así como de las obras, de las instalaciones y de los servicios
Sentencia de la Audiencia Nacional de Madrid de 25 de septiembre de 2019 (Sala de lo Contencioso Madrid. Sección 1, Ponente: María Luz Lourdes Sanz Calvo)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 3743/2019 – ECLI: ES: AN: 2019: 3743
Temas Clave: Dominio Público Hidráulico; Confederación Hidrográfica
Resumen:
Se interpone recurso contencioso administrativo por un particular frente a la resolución del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente por la que se le impone:
Una sanción de 55.800 €, por la comisión de una infracción tipificada en los apartados a) y d) del Real Decreto Legislativo 1/2001. La obligación de restituir el cauce del río Guadiana a su situación primitiva, eliminando el acopio y relleno de piedras denunciado, con la advertencia de que su incumplimiento podría implicar la imposición de multa coercitiva y/o la ejecución subsidiaria por la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) siendo de su cuenta todos los gastos que por tal actuación pudieran originarse. Sanción que se le impuso como consecuencia de la realización de obras consistentes en un relleno con materiales sueltos compactados (piedra y tierra) en
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 23 de septiembre de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Guillermo Benito Palenciano Osa)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 2216/2019 – ECLI: ES: TSJ CLM: 2019:2216
Temas Clave: Dominio público; Montes; Aprovechamiento forestal; Gestión forestal
Resumen:
En el supuesto de autos, el Ayuntamiento del Castillo de Garcimuñoz impugna en apelación la Sentencia de los Juzgados de lo Contencioso –Administrativo de Cuenca, de 14 de diciembre de 2017, de desestimación del recurso contencioso – administrativo interpuesto contra la Resolución de la Dirección Provincial de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de Cuenca, de 25 de mayo de 2017. La apelante solicitó ante la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha el reconocimiento de su derecho a recibir el 100% del importe de adjudicación del contrato de aprovechamiento de leñas de un monte consorciado con Patrimonio Forestal del Estado, cuya regulación se estableció mediante Bases de 29 de mayo de 1964, en lugar del 40% percibido.
El Ayuntamiento se considera el único titular del aprovechamiento
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