Ley 2/2024, de 7 de noviembre, de promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 217, de 11 de noviembre de 2024
Palabras clave: Concesión administrativa. Beneficios sociales. Eólica marina. Explotación minera. Incendios. Vehículo eléctrico. Utilidad pública. Simplificación administrativa. Compostaje.
Resumen:
La ley consta de un título preliminar, siete títulos y tres disposiciones adicionales, una derogatoria y ocho finales. Como novedades más destacadas, procedemos a continuación de resumir el contenido de la misma. El título preliminar contempla las disposiciones generales sobre el objeto de la ley, donde se enumeran las actuaciones y los instrumentos que la ley comprende y sus finalidades, y desarrolla la conceptuación de los beneficios sociales y económicos de los proyectos a los efectos de la ley.
En el título primero se enumeran que tipo de proyectos se encuentran contempladas en la misma, como los proyectos de producción de energía a partir de fuentes renovables, los proyectos que requieren de la concesión de aguas para los usos que la ley determina y los derechos, concesiones mineras y
Sentencia del Tribunal Supremo, de 16 de octubre de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Carlos Lesmes Serrano)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 5144/2024 – ECLI:ES:TS: 2024:5144
Palabras clave: Planes de gestión del riesgo de inundación. Demarcación Hidrográfica del Segura. Procedimiento administrativo. Defectos y omisiones. Disposiciones de carácter general. Ordenación territorial. Urbanismo. Mapas de peligrosidad por inundaciones y mapas de riesgo de inundación. Zonas de Flujo Preferente.
Resumen:
El Tribunal se pronuncia sobre el recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil “EMASA EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A.” contra el Real Decreto 26/2023, de 17 de enero, por el que se aprueba la revisión y actualización de los planes de gestión del riesgo de inundación (PGRI) de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Segura, Júcar y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Ebro, Ceuta y Melilla (BOE nº 15, de 18 de enero de 2023).
El recurso se ciñe al PGRI de la Demarcación Hidrográfica del Segura.
La parte recurrente alega como primer motivo de recurso la nulidad de pleno derecho del RD 26/2023,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 20 de marzo de 2024 (Sala de lo Contencioso, Sección 3 Ponente: Cristina Páez Martínez-Virel)
Autora: María Pascual Núñez. Doctora en Derecho y Sociedad por la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AND 7400/2024 – ECLI:ES:TSJAND:2024:7400
Palabras clave: Restauración ambiental. Explotaciones mineras. Inactividad administrativa. Residuos.
Resumen:
El pronunciamiento de autos analiza la eventual inactividad de la Secretaría General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, en relación con la aprobación del “Tomo 2 – Labores de Restauración” del Plan de Abandono Definitivo de las Labores de la Explotación minera C.D. Campiñuela Baja en Vélez-Málaga.
La mercantil recurrente, alega que desde 2015 la Administración no ha tramitado el plan de restauración de la cantera, situación que ha aumentado el deterioro ambiental de la zona afectada poniendo en riesgo la salud pública y el medio ambiente.
La demandada sostiene que la tramitación se ha retrasado debido a la necesidad de un informe previo medioambiental, pero no justifica la demora de ocho años.
De los antecedentes se desprende que la concesión minera, otorgada en 1981 para la explotación de arcillas, fue revocada en 2012 debido a varios incumplimientos por
Título: “La simplificación administrativa de la política agraria común (PAC). La condicionalidad ambiental tras la revisión anticipada de 2024”
Title: “Common Agricultural Policy’s (CAP) Administrative Simplification. Environmental Conditionality After The Early Review Of 2024”
Autor: Walter Zellweger Córdoba, Estudiante del Máster en Gestión Administrativa, Universidad de Salamanca
Fecha de recepción: 22/07/2024
Fecha de aceptación: 26/09/2024
Fecha de modificación: 30/09/2024
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00385
Documento completo: “La simplificación administrativa de la política agraria común (PAC). La condicionalidad ambiental tras la revisión anticipada de 2024”
Resumen:
Las protestas agrícolas de 2024 impulsaron la necesidad de que las Administraciones competentes modificaran de forma anticipada la condicionalidad ambiental de la Política Agraria Común (PAC) mediante una nueva revisión, de tendencia simplificadora y flexibilizadora, de un complejo régimen jurídico-administrativo como es el que regula la política agraria europea en la actualidad. A pesar de su corta vida, cabe analizar los pros y contras de esta recentísima reforma a fin de extraer una serie de conclusiones anticipadas sobre el futuro que aguarda a la PAC tras la adopción del Reglamento de simplificación.
Abstract:
The farmers’ protests of 2024 prompted the need for the competent administrations to modify in advance the environmental conditionality of the Common Agricultural Policy (CAP)
Orden TED/1032/2024, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión y la oficina de asignación de recogidas de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 234, de 27 de septiembre de 2024
Palabras clave: Residuos. Gestión. Administración electrónica. Etiquetas. Registros administrativos.
Resumen:
El Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, incorporó como novedad la creación de la plataforma electrónica de gestión de RAEE y la oficina de asignación de recogidas de RAEE, que son instrumentos de control en materia de gestión de RAEE (gestión que abarca tanto la recogida como los tratamientos posteriores) e instrumentos de apoyo del grupo de trabajo de RAEE de la Comisión de coordinación en materia de residuos, tal y como se recoge en los artículos 55 y 56 del citado real decreto.
En primer lugar, la plataforma electrónica de gestión de RAEE permitirá conocer la cantidad y la situación de todos los RAEE constituyendo una base de datos sobre recogida y tratamiento de estos residuos. En particular,
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