Real Decreto 1159/2021, de 28 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 312, de 29 de diciembre de 2021)
Palabras clave: Aguas. Planificación hidrológica. Fondos europeos. Planes de sequía. Cambio climático. Programas. Obras hidráulicas. Exenciones. Coordinación interadministrativa. Competencias. Usos del agua.
Resumen:
Este real decreto se dicta de conformidad con lo dispuesto en las leyes que desarrolla, es decir, el texto refundido de la Ley de Aguas, la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional y la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética.
Esta reforma normativa es una de las que conforman y se ha comprometido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) de España, Así, la modificación reglamentaria se integra en la Componente 5: Espacio litoral y recursos hídricos, dentro de los contenidos generales de la Reforma 1: Planes
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 28 de julio de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: José Ramón Giménez Cabezón)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 9048/2021 – ECLI:ES: TSJM: 2021:9048
Palabras clave: Aguas. Derivación. Confederación Hidrográfica. Ayuntamiento. Piscina natural. Plan Hidrológico de Cuenca.
Resumen:
La Sala conoce del recurso contencioso-administrativo formulado por el Ayuntamiento de Ladrillar contra la Resolución de 25-09-20 de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT), que a su vez desestimó el recurso de reposición formulado contra la Resolución de 25-03-20, que denegó al Ayuntamiento su solicitud de derivación temporal de aguas del río Batuecas con destino al llenado de la piscina natural “Las Mestas” en el río Ladrillar, en orden a suplir la falta de caudal durante el periodo estival, garantizando así la renovación de agua de la piscina natural.
El Ayuntamiento justifica la captación de aguas superficiales del río Batuecas, por un total máximo anual de 12.600 metros cúbicos, a través del pertinente informe técnico. Entiende que
Sentencia del Tribunal Supremo, de 19 de julio de 2021 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: D. Wenceslao Francisco Olea Godoy)
Autor: Jaime Doreste Hernández. Abogado Ambientalista en Magerit Abogados. Profesor Asociado de Derecho Ambiental en la Universidad Autónoma de Madrid
Fuente: Roj: STS 3172/2021 – ECLI:ES:TS:2021:3172
Palabras clave: Medio Ambiente. Urbanismo. Evaluación Ambiental Estratégica. Agua.
Resumen:
Una organización ecologista y sendas organizaciones vecinales impugnaron ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 20/7/17 por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos (PECUAU) para el edificio sito en la Calle Hortaleza, Número 63, en el Distrito de Centro, promovido por el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.
Debemos señalar de inicio que los Planes Especiales de Control Urbanístico–Ambiental de Usos (PECUAU) se regulan en las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, dentro de la protección del medio ambiente urbano, como instrumentos de planeamiento urbanístico, dirigidos a valorar la incidencia que la implantación de un determinado uso puede tener sobre el medio ambiente urbano y
Se aprueba el Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Orden TED/801/2021, de 14 de julio, por la que se aprueba el Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización (BOE núm. 178, de 27 de julio de 2021)
Palabras clave: Aguas. Planificación. Gobernanza. Saneamiento. Reutilización. Planes hidrológicos. Evaluación ambiental estratégica.
El Plan DSEAR es un instrumento de gobernanza en el ámbito de la Administración pública del agua, mediante el que se establece un análisis crítico respecto a las dificultades con que dicha Administración se enfrenta en los sectores de la depuración, el saneamiento y la reutilización del agua residual en España, identifica además la problemática detectada sobre estos temas y desarrolla propuestas de mejora realistas y pragmáticas para su superación. Con ello se pretende reaccionar y dar solución a los diversos problemas que han condicionado el limitado avance observado en la materialización de los programas de medidas que acompañan a los planes hidrológicos de segundo ciclo (2015-2021) en el ámbito de las citadas
Título: “Planificación hidrológica y adaptación al cambio climático en el marco de la nueva Ley de Cambio Climático y Transición Energética”
Autor: Carlos Vázquez. Socio de Gómez Acebo & Pombo Abogados
Autor: Eduardo Orteu Berrocal. Of Councel de Gómez Acebo & Pombo Abogados
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00322
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