Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 22 de mayo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: José Arturo Fernández García)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ M 6943/2015 – ECLI:ES:TSJM:2015:6943
Temas Clave: Evaluaciones ambientales; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Móstoles de fecha 10 de marzo de 2011 que aprueba el Plan Especial AOS-8, interpuesto por dos propietarios integrados en el ámbito territorial de dicho instrumento de planificación territorial.
Entre los motivos de impugnación se halla el concerniente a que el Plan Especial recurrido no ha sido objeto de evaluación ambiental, planteando el ayuntamiento demandado la innecesariedad de tal evaluación a la vista de que el Plan General del municipio ya fue objeto de una.
En concreto, la Sala examina este motivo de impugnación en su Fundamento de Derecho Sexto, efectuando un análisis de lo establecido en la legislación básica del Estado que transpone al ordenamiento español la Directiva 2001/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados