Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 14 de abril de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José María Arrojo Martínez)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ GAL 2366/2016 – ECLI:ES:TSJGAL:2016:2366
Temas Clave: Clasificación de suelos; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la asociación PLATAFORMA DE AFECTADOS POR EL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE ABEGONDO, contra la Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia, a través de la cual se aprobaba definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana (en adelante, PGOU) del municipio de Abegondo.
Como antecedentes, cabe destacar que el PGOU impugnado preveía un incremento de 2.622 nuevas viviendas en un horizonte temporal de 16 años, partiendo de que, en la actualidad, el número de viviendas de Abegondo no alcanza las 3.400 viviendas y que el municipio no alcanza los 6.000 habitantes, con disminución de éstos en el periodo que va desde 1991 a 2009.
Tales circunstancias fácticas, constituyen el principal motivo sustentador del recurso planteado, al entender que las previsiones fijadas en el PGOU no se encuentran fundamentadas
Ordenación del territorio:
DELGADO RAMOS, Gian Carlo. “Configuraciones del territorio: desarrollo, desarrollismo, transiciones y alternativas”. Argumentum (Universidade Federal do Espírito Santo), vol. 7, n. 2, julio-diciembre 2015, pp. 32-58, [en línea]. Disponible en Internet: http://dx.doi.org/10.18315/argumentum.v7i2.9556 [Fecha de último acceso 17 de mayo de 2016].
GAMERO RUIZ, Eva. “La norma de ordenación territorial como norma jurídica: fuentes de la ordenación del territorio”. Revista internacional de direito ambiental, n. 10, enero-abril 2015, pp. 105-134, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.plenum.com.br/rev_amb/rida10/index.html [Fecha de último acceso 12 de mayo de 2016].
Organismos modificados genéticamente ( OMG ):
CORTI VARELA, Justo. “Implicaciones de la reciente autorización de comercialización para el consumo humano del salmón modificado genéticamente”. Ius et scientia: revista electrónica de derecho y ciencia, vol. 1, n. 1, 2015, pp. 93-109, [en línea]. Disponible en Internet: http://institucional.us.es/iusetscientia/index.php/ies/article/view/21 [Fecha de último acceso 18 de mayo de 2016].
Organizaciones no gubernamentales ( ONG ):
BROSSET, Estelle. “Flexible droit de l’Union européenne… en matière d’OGM: à propos de la directive 2015/412 du 11 mars 2015 en ce qui concerne la possibilité pour les États membres de restreindre ou d’interdire la culture d’OGM sur leur territoire”. Cahiers de droit europeen, vol. 51, n. 2-3, 2015, pp. 651-681
KLINGER,
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 2 de marzo de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Francisco López Vázquez)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 1603/2016 – ECLI:ES:TSJCAT:2016:1603
Temas Clave: Clasificación de suelos; Desarrollo sostenible; Evaluación ambiental estratégica; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra la Comissió Territorial d´Urbanisme de Barcelona de 12 de mayo de 2011, a través de la cual se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación Urbanística Municipal del municipio de San Vicenç de Montalt (Barcelona).
Entre otras causas, el recurrente interesa la nulidad del plan municipal por causa de no haberse efectuado la evaluación ambiental estratégica del mismo con el contenido indicado en la normativa comunitaria.
La Sala, en primer lugar, examina el marco temporal de la tramitación del plan en relación con la normativa comunitaria de aplicación, esto es, fundamentalmente la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente; y su relación con la normativa nacional de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 8 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Cristina Pérez-Piaya Moreno)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ AND 2393/2016 – ECLI:ES:TSJAND:2016:2393
Temas Clave: Clasificación de suelos; Dominio público; Montes; Planeamiento urbanístico; Procedimiento administrativo; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un particular contra la Resolución de la Comisión Provincial de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Granada por la que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Loja (Granada), a través de la cual se clasifican como suelo urbano los terrenos necesarios para materializar como dotación pública de transporte y comunicaciones el apeadero de autobuses (con una superficie de 6.200 metros cuadrados).
Los suelos afectados en esta modificación urbanística, estaban catalogados como monte público, lo cual, al margen de otras causas, sustenta el motivo fundamental argüido por el recurrente para solicitar la nulidad de dicha modificación. Y es que, de conformidad con el artículo 16 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, dos son las posibilidades para la exclusión de una porción de monte del
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco de 26 de febrero de 2016 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: José Antonio Alberdi Larizgoitia)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ PV 371/2016 – ECLI:ES:TSJPV:2016:371
Temas Clave: Evaluación ambiental; Instrumentos de planificación; Planeamiento urbanístico; Procedimiento administrativo; Urbanismo
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por unos particulares contra una Orden Foral de la Diputación Foral de Bizkaia a través de la cual se aprobaba definitivamente con condicionantes el plan general de ordenación urbana (PGOU) de un municipio de esta provincia, y una segunda Orden Foral por la que se tenían por cumplimentadas las condiciones impuestas por la anterior y se ordenaba la publicación de las normas urbanísticas en el correspondiente Boletín Oficial.
Al margen de otros argumentos que sostienen las pretensiones de los recurrentes, interesa a los efectos de este comentario el segundo de los motivos de impugnación planteados, correspondiente al hecho de que el Informe de la Comisión de Ordenación del Territorio sobre el PGOU a aprobar, se emitiese con posterioridad a la aprobación del Informe de impacto ambiental definitivo (actualmente en la legislación autonómica de
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