Minería:
ANTÚNEZ SÁNCHEZ, Alcides. La minería urbana. Un análisis desde el ordenamiento jurídico en Cuba. Una apuesta al desarrollo sostenible desde la Economía Circular. Revista de la Facultad de Derecho de México, vol. 70, n. 277-2, 2020, pp. 671-708. Disponible en: http://dx.doi.org/10.22201/fder.24488933e.2020.277-2.76364 (Fecha de último acceso 22-10-2020).
BATISTA, Nadia Cristina. Direito Ambiental e recursos minerais. Fórum de Direito Urbano e Ambiental, vol. 19, n. 112, julio-agosto 2020, pp. 48-60.
COUTINHO GOMES, Marcus Vinicius; ARRUDA, Arilson de; BINDACO, Bruna Victório; et al. A recuperação da área degradada pela exploração minerária sob a ótica constitucional do desenvolvimento sustentável. Revista de Direito Ambiental, vol. 21, n. 81, enero-marzo 2016, pp. 109-146.
GOMES DE SOUZA MONTEIRO DE BRITO, Luis Antonio. Royalties Minerários e os princípios ambientais do poluidor pagador e do usuário pagador. Revista de Direito Ambiental, vol. 21, n. 84, octubre-diciembre 2016.
GÓMEZ REY, Andrés. Confusiones de intersección entre las reservas temporales y las áreas excluibles de la minería. Ambiente jurídico, n. 23, 2018, pp. 47-66. Disponible en: http://revistasum.umanizales.edu.co/ojs/index.php/Ambientejuridico/article/view/3184 (Fecha de último acceso 16-10-2020).
LEMES RAMALHO, Gesiel. A preservação dos recursos hídricos como mecanismo indispensável à continuidade da mineração
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 23 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Luis Gallego Otero)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ:STSJ AS 1364/2020 – ECLI:ES:TSJAS:2020: 1364
Palabras clave: Aprovechamiento de aguas. Ayuntamientos. Confederación Hidrográfica. Montes.
Resumen:
En el caso presente, un particular impugna la Resolución de 27 de junio de 2018, de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, desestimatoria del recurso de reposición contra la Resolución de 17 de noviembre de 2017 de la misma Consejería, de autorización para la limpieza de un camino e instalación de un cierre perimetral de protección de los manantiales “Los Nabos” y “El Depósito”, sitos en el monte de utilidad pública (MUP en lo que sigue) número 328, “Sierra de Nieres y Grandamuelle”, del Catálogo del Ayuntamiento de Tineo.
Son partes codemandadas un particular y el Ayuntamiento de Tineo. El primero alega falta de legitimación del actor. Alude a su derecho como vecino a explotar el monte. Sin
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 17 de junio de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Antonio Martínez Quintanar)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ GAL 3112/2020- ECLI: ES:TSJ GAL:2020:3112
Palabras clave: Aprovechamiento forestal. Autorizaciones y licencias. Ayuntamientos. Comunidades Autónomas. Competencias. Dominio público. Incendios Forestales. Montes.
Resumen:
El Concello de Entrimo recurre la resolución de 13 de octubre de 2017, del Director Xeral de Ordenación Forestal, denegatoria de la solicitud de aprovechamiento forestal en los montes de utilidad pública de dicho Concello.
Como antecedentes, dicho Concello suscribió a 10 de marzo de 2008, un contrato administrativo de concesión demanial de uso privativo y explotación de sus montes catalogados de utilidad pública. Mediante resolución de 7 de noviembre de 2016, la Consellería do Medio Rural denegó las solicitudes de aprovechamiento maderero presentadas por Madeiras do Xurés S.L. por entender que a los montes públicos declarados de utilidad pública no les resulta aplicable el Decreto 50/2014, de 10 de abril, por el
Montes:
GARCÍA ASENSIO, José Miguel. De nuevo con la contratación pública de la enajenación de los aprovechamientos forestales. Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 9, 2020, pp. 61-74.
GÓMEZ-MORENO, Mª Luisa. Territorio, ciudad y hábitat en el PGOU de Málaga 2011: actividad agraria y planeamiento urbano de Los Montes de Málaga. Ciudad y territorio: estudios territoriales (CYTET), vol. 52, n. 204, verano 2020, pp. 229-246. Disponible en: https://recyt.fecyt.es/index.php/CyTET/article/view/81334 (Fecha de último acceso 06-08-2020).
Movilidad sostenible:
SOCAS GIL, Yohany Celeste; HERNÁNDEZ PONCE, Luis Enrique. Movilidad sostenible: estrategia fundamental para la transformación integral de la zona industrial Villa Lucre, Panamá. Revista Americana de Urbanismo, n. 1, 2019, pp. 187-230.
Ordenación del territorio:
NORIEGA MORENO, Ledy Helena. Planificación territorial y sostenibilidad ambiental: los conflictos territoriales entre la población, la industria petrolera y la naturaleza en el municipio de Barrancabemeja, Santancer-Colombia. Revista Americana de Urbanismo, n. 1, 2019, pp. 111-156.
VÁSQUEZ SANTAMARÍA, Jorge Eduardo. El paisaje en el ordenamiento territorial en Medellín. Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, vol. 48, n. 129, julio-diciembre 2018, pp. 587-611. Disponible en: https://doi.org/10.18566/rfdcp.v48n129.a11 (Fecha
Sentencia 96/2020, de 21 de julio del Tribunal Constitucional (Ponente Juan José Gonzalez Rivas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE número 220, de 15 de agosto de 2020
Palabras clave: Monte público forestal. Deslinde. Catalogación. Utilidad pública
Resumen:
El objeto de inconstitucionalidad se plantea por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, respecto del art. 6.1.3 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, forestal de Andalucía, por posible vulneración del art. 149.1.18 CE.
«Artículo 6.
1. Para el cumplimiento de los objetivos previstos en la presente ley, la Comunidad Autónoma ostenta las potestades siguientes:
[…]
3. Investigar, deslindar y recuperar de oficio los montes públicos.»
Se plantea que el precepto cuestionado, al atribuir a la administración forestal autonómica la potestad de deslinde de todos los montes públicos, entra en contradicción con la normativa básica [art. 21.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes (LM, en lo sucesivo)], que reserva esta potestad a la administración titular
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