Decisión de inadmisión del TEDH de 6 de febrero de 2018, demanda núm. 23225/05, Calancea y otros c. República de Moldavia
Autor: Enrique J. Martínez Pérez, Profesor de Derecho internacional público de la Universidad de Valladolid
Palabras clave: contaminación electromagnética, Organización Mundial de la Salud, líneas de alta tensión
Resumen:
El pronunciamiento judicial que nos ocupa resuelve la demanda presentada por tres ciudadanos moldavos propietarios de casas ubicadas en un terrenos por los que cruza una línea de alta tensión de 110 kV que transporta corriente eléctrica alterna a una frecuencia de 50 Hz. Mientras ésta comenzó a funcionar en 1960 las licencias urbanísticas de las viviendas fueron concedidas en 1989.
Uno de los demandantes sufrió una afección cardíaca. Al otro se le diagnosticó cáncer; padecía igualmente hipertensión arterial y una enfermedad cardíaca.
En el año 2004 los demandantes presentaron un recurso contra el operador de la red eléctrica y el Ayuntamiento con el objeto de modificar el trazado de la línea de tal manera que se adecuase a las normas técnicas y sanitarias. Dicho recurso fue desestimado porque el Tribunal consideró, entre otros motivos, que las viviendas habían sido edificadas después de que entrara en funcionamiento la