Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 17 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Miguel Ángel Pérez Yuste)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1584/2019 – ECLI: ES: TSJ CLM: 2019: 1584
Temas Clave: Medidas cautelares; Contaminación acústica; Derechos Humanos y Fundamentales
Resumen:
El Ayuntamiento de Puerto Lápice y un particular impugnaron en apelación un auto de adopción de medidas cautelares, de 10 de abril de 2018, recaído en los autos de un recurso contencioso –administrativo. En concreto:
Se autorizaba el mantenimiento de las actividades municipales como los eventos musicales, pero exclusivamente durante los sábados del periodo comprendido entre el 15 de julio y el 16 de septiembre, dentro del horario permitido y como máximo hasta las 2.30 am. Se indemnizaba al particular, cuya vivienda si sitúa en la Plaza donde se realizan estas actividades, por el gasto del hotel u otro alojamiento al que se trasladase los sábados para no tener que soportar los ruidos derivados de aquellas actividades. En este sentido, la sentencia precisa que esta parte