Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 14 de junio de 2019 (Sala de lo Contencioso Murcia. Sección 1, Ponente: Gema Quintanilla Navarro)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ MU 1391/2019 – ECLI: ES:TSJMU:2019:1391
Temas Clave: Responsabilidad patrimonial; Biodiversidad; Red Natura 2000; Lugar de Interés Comunitario (LIC); Calabardina; Cabo Cope; Plan General Ordenación Urbana; Urbanismo
Resumen:
Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la resolución desestimatoria de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la entidad Hijos Carrillo y Castellar, S.L. ante la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) en fecha 5 de enero de 2015. La entidad recurrente alega que es propietaria de un terreno sito en Calabardina (Águilas) en la Calle Abenarabi con Calle Mayor Ballestri de la Urbanización Costas de Calabardina y que dicha urbanización durante los años setenta fue desarrollada y ejecutada mediante la figura del PERI denominado Urbanización Costas de Calabardina del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de Águilas.
Sostiene la recurrente que, desde los años setenta, los suelos afectados por ese PERI adquirieron la condición de suelo urbano consolidado. La entidad recurrente afirma que, por ello,