Ley de Cantabria 12/2020, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOC extraordinario núm. 122, de 30 de diciembre
Palabras clave: Control Ambiental Integrado. Evaluación ambiental urbanística. Planes parciales y especiales. Estudios de Detalle. Puertos.
Resumen:
A continuación, se hace referencia a las modificaciones introducidas por esta ley en la normativa jurídico-ambiental autonómica.
-Se modifica la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, para introducir la regulación contenida en los artículos 21-26 de la Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, dando una redacción parcialmente nueva al artículo 21 que ahora pasa a ser el artículo 26 bis de la Ley de Cantabria 17/2006, y una disposición que deroga los mencionados artículos 21-26 de la Ley de Cantabria 6/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Esta reforma se motiva en la necesidad de trasladar a un solo texto normativo la regulación de determinados aspectos sustanciales