Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), de 13 de julio de 2017, asunto C-60/15, que tiene por objeto la resolución de un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, (Saint-Gobain Glass Deutschland/Comisión), relativa a la a la información de determinadas instalaciones de Saint-Gobain, situadas en territorio alemán, acerca de las asignaciones provisionales y las actividades y los niveles de capacidad en relación con las emisiones de dióxido de carbono (CO2) durante los años 2005 a 2010, la eficacia de las instalaciones y los derechos de emisión anuales asignados provisionalmente para el período comprendido entre el año 2013 y el año 2020
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-60/15
Temas clave: derecho a la información ambiental, excepciones, Convenio de Aarhus, decisión y proceso de toma de decisiones, transparencia
Resumen:
Saint-Gobain, sociedad que opera en el mercado mundial del vidrio, solicitó de las autoridades alemanas competentes la concesión gratuita de derechos de emisión para el tercer período 2013-20 y tener acceso al cuadro Excel transmitido por la República
Desarrollo sostenible:
CAMARGO MASSAÚ, Guilherme. “A solidariedade como elemento essencial para a sustentabilidade na perspectiva do direito”. 28-33, [en línea]. Disponible en Internet: http://e-revista.unioeste.br/index.php/direitoasustentabilidade/article/view/14621 [Fecha de último acceso 27 de junio de 2017].
QUINTANA LÓPEZ, Tomás. “Urbanismo comercial y sostenibilidad urbanística”. Revista de derecho urbanístico y medio ambiente, n. 311, enero-febrero 2017, pp. 393-410
VAQUER CABALLERÍA, Marcos. “La consolidación del principio de desarrollo territorial y urbano sostenible en la última década”. Revista de derecho urbanístico y medio ambiente, n. 311, enero-febrero 2017, pp. 499-525
Economía sostenible:
MENÉNDEZ REXACH, Angel. “Los objetivos económicos de la regulación del suelo”. Revista de derecho urbanístico y medio ambiente, n. 311, enero-febrero 2017, pp. 277-295
Educación ambiental:
ECHEGOYEMBERRY, María Natalia; SEOANE, Hernán Augusto. “Construcción de ciudadanías: ciudadanía ambiental”. Administración & cidadanía: revista da Escola Galega de Administración Pública, vol. 11, n. 2, julio-diciembre 2016, pp. 343-360, [en línea]. Disponible en Internet: http://egap.xunta.gal/Documentos/Publicacions/[1497358189]Revista_AC_11_2_web.pdf [Fecha de último acceso 22 de junio de 2017].
Eficiencia energética:
JIMÉNEZ HERRERO, Luis Miguel. “El Acuerdo climático de París: bases para una descarbonización profunda en una perspectiva europea y española”. Administración & cidadanía: revista da Escola Galega de Administración Pública, vol. 11, n. 2, julio-diciembre 2016, pp. 227-241, [en
Anteproyecto de Ley, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Temas Clave: Evaluación ambiental; Consulta e información pública; Accidentes graves o catástrofes
Resumen:
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha elaborado un Anteproyecto de Ley, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Entre los contenidos del nuevo texto se destacan los siguientes:
– Se regula con mayor grado de detalle el contenido de los informes, de los estudios y de las declaraciones de impacto ambiental, para garantizar la calidad de la información, que constituye la base del procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
– Se presta especial atención a la consulta e información pública en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, estableciendo que la información debe ser accesible electrónicamente al público.
– Se introduce en el proceso de evaluación de impacto ambiental la consideración de la vulnerabilidad de los proyectos ante el riesgo
Acceso a la justicia:
GARCÍA ÁLVAREZ, Laura. “El acceso a la justicia civil en supuestos de daños ambientales causados por grupos transnacionales de sociedades con matrices europeas”. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Andrés Rodríguez Benot. Sevilla: Universidad Pablo de Olavide. Facultad de Derecho, 2015. 684 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://hdl.handle.net/10433/2147 [Fecha de último acceso 23 de mayo de 2016].
Aguas:
MARTÍNEZ MOSCOSO, Fernando Andrés. “La prestación del servicio público de agua potable en el municipalismo ecuatoriano durante la “Revolución Ciudadana”. Tesis doctoral dirigida por el Dr. José Manuel Canales Aliende. Alicante: Universidad de Alicante. Departamento de Estudios Jurídicos del Estado, 2015.
Biodiversidad:
RYAN VALERIO, Lindsay. “La protección de la biodiversidad en áreas marinas fuera de la jurisdicción estatal”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. Susana Borràs Pentinat. Tarragona: Universitat Rovira i Virgili, 2016. 230 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://hdl.handle.net/10803/368180 [Fecha de último acceso 23 de mayo de 2016].
Derecho ambiental:
LÓPEZ DONAIRE, Mª Belén. “El impacto del derecho medioambiental en la empresa: hacia una nueva regulación jurídico-administrativa”. Tesis doctoral dirigida por la Dra. María Consuelo Alonso García y el Dr. Francisco Eusebio Puerta Seguido. Toledo: Universidad de Castilla-La Mancha, 2013. 501 p., [en línea]. Disponible
Sentencia 36/2017 del Pleno del Tribunal Constitucional, de 1 de marzo de 2017 (Ponente: Adela Asua Batarrita)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 83, de 7 de abril de 2017
Temas Clave: Energía eléctrica; Instalaciones; Información; Inspección; Autorización; Régimen retributivo; Estadística; Competencias ejecutivas
Resumen:
Se plantea en este caso un conflicto positivo de competencia por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, contra los arts. 8, apartados 1 y 2, 30 y 35.1 a) i) y la disposición final primera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Estos preceptos imponen a los titulares de las instalaciones la obligación de remitir determinada información directamente a la Administración General del Estado, o le atribuyen a esta Administración facultades ejecutivas (inspección y autorización) en relación con las instalaciones de producción eléctrica.
La Abogada de la Generalitat alega que a través de estos preceptos se atribuyen al Estado funciones ejecutivas que no le corresponden. Por su parte, el Abogado del Estado entiende que
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