Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 27 de marzo de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Francisco Javier Zatarain Valdemoro)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ CL 1624/2015 – ECLI: ES: TSJCL: 2015:1624
Temas Clave: Incendio forestal; Responsabilidad patrimonial de la Administración
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ayuntamiento de Tábara (Zamora) contra la desestimación presunta de su reclamación por responsabilidad patrimonial, presentada el día 16 de marzo de 2010 por un importe de 822.788,56 euros frente a la Junta de Castilla y León. El recurrente basa su pretensión en los daños sufridos en el Monte de Utilidad Pública consorciado número 45 de su propiedad, como consecuencia del incendio forestal acaecido en la Reserva Nacional de Caza “Sierra de la Culebra” el 18 de junio de 2004, que afectó a un total de 378,32 ha, de las que 211,04 ha pertenecían al monte del Ayuntamiento. A su vez, interesa que la condena se extienda a la mercantil “Repoblaciones y Bosques forestales, S.A.” (REBOFOSA), adjudicataria del proyecto de “Actuaciones integradas de mejora
Orden 1/2015, de 23 de marzo, conjunta de la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, y de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, de ordenación del aprovechamiento ganadero extensivo tradicional en los parques naturales de la Comunitat Valenciana
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOCV núm. 7508, de 20 de abril de 2015
Temas clave: Biomasa; Bosques; Ganadería; Incendios forestales; Parques Naturales
Resumen:
El uso de la ganadería extensiva está considerado compatible en el ámbito de los Parques Naturales de la Comunidad Valenciana por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y por el Plan Rector de Uso y Gestión, por cuanto forman parte del modelo territorial de las zonas afectadas y por su interés social, económico, cultural y ambiental.
A todo ello se une el hecho de que la práctica de esta modalidad de ganadería contribuye a alcanzar un régimen de sostenibilidad en los montes, al eliminar la biomasa sobrante, evitando así los incendios forestales.
De este modo, a través de esta Orden se pretenden establecer unos criterios y directrices para que la ganadería extensiva pueda desenvolverse en estos espacios naturales, desarrollados
Cambio climático:
AGUEITOS SORIANO, Sergio. Recensión “Cambio climático y Unión Europea, de Íñigo Sanz Rubiales (Coord.), Tirant lo Blanch, Valencia, 2014, 444 págs”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 30, enero-abril 2015, Homenaje a D. Ramón Martín Mateo (I), pp. 729-731
Contratación pública:
NOGUEIRA DE LA MUELA, Belén. Recensión “Rafael Fernández Acevedo y Patricia Valcárcel Fernández, La contratación Pública a debate: presente y futuro”, Cizur Menor, Civitas- Thomson Reuters, Navarra, 2014”. Revista española de derecho administrativo, n. 168, enero-marzo 2015, págs. 347-352
Evaluaciones ambientales:
AGUEITOS SORIANO, Sergio. Recensión “Régimen jurídico de la evaluación ambiental, de Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa (Dir.), Aranzadi, Pamplona (Navarra), 2014, 498 págs.”. Revista Aranzadi de Derecho Ambiental, n. 30, enero-abril 2015, Homenaje a D. Ramón Martín Mateo (I), pp. 733-735
Incendios forestales:
FUERTES, Mercedes. Recensión “Tolivar Alas, Leopoldo: Los poderes públicos y el fuego: una aproximación jurídica, 1.ª ed., Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2014, 325 págs.”. Revista de Administración Pública (CEPC), n. 196, enero-abril 2015, pp. 421-414
Movilidad sostenible:
GUERRERO VÁZQUEZ, Pablo. Recensión “Boix Palop, Andrés, y Marzal Raga, Reyes (eds.): Ciudad y movilidad: la regulación de la movilidad urbana sostenible. Publicacions de la Universitat de València, 2014, 252
A continuación se ofrece una relación sistematizada de las ayudas y subvenciones aprobadas a lo largo del mes de abril de 2015, relacionadas directa o indirectamente con la materia ambiental. Dentro de cada apartado, el lector tendrá acceso al contenido íntegro de la disposición normativa reguladora de cada ayuda a través de un enlace a la página del boletín oficial correspondiente o, en su caso, a la de la institución convocante. Al mismo tiempo, se le facilita el plazo concreto para la presentación de solicitud, en aquellos casos en que así se exija.
Estatales
– Real Decreto 287/2015, de 17 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2015 (Programa MOVELE 2015). (BOE núm. 93, de 18 de abril de 2015)
Fuente: http://www.boe.es/boe/dias/2015/04/18/pdfs/BOE-A-2015-4215.pdf
Plazo: Comprenderá desde el día de activación del sistema telemático de gestión de ayudas del referido Programa MOVELE 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, ambos inclusive, o hasta que se agote el presupuesto establecido en el artículo 2 de este real decreto, en caso de producirse con anterioridad.
– Orden IET/697/2015, de 13 de abril, por la que se convocan, en el año
Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 59, de 26 de marzo de 2015
Temas clave: Agricultura; Bosques; Dominio público; Ganadería; Incendios forestales; Instrumentos de planificación; Medio rural; Montes; Seguridad alimentaria
Resumen:
Esta Ley tiene por objeto establecer el marco general regulatorio sobre la actividad de los sectores agrario y agroalimentario en Extremadura, de conformidad con el carácter estratégico de estos sectores para el desarrollo de esta Comunidad Autónoma, así como fijar el régimen jurídico de las infraestructuras rurales de Extremadura. En lo que a estos efectos importa, cabe destacar la regulación que en esta norma se efectúa sobre las vías pecuarias y sobre los montes y los aprovechamientos forestales.
Así, en cuanto concierne a las vías pecuarias -título VI, sección 2ª-, esta Ley viene a establecer, por vez primera en Extremadura con rango legal, el régimen de las vías pecuarias, desarrollando la normativa básica estatal en la materia, esto es, la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias. Sobre éstas, según se manifiesta en la propia exposición de motivos de la Ley, no sólo se contempla
Página 24 de 31Primera«...10...2223242526...30...»Última
|