Sentencia de la Audiencia Nacional de 1 de marzo de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Nieves Buisan García)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 1349/2022 – ECLI:ES:AN:2022: 1349
Palabras clave: Concesión. Aguas. Restauración. Demolición.
Resumen:
En la presente sentencia, interviene como parte actora la mercantil Green Power España, siendo objeto de impugnación la Resolución del Ministerio para la Transición Ecológica por la que declara extinguido, por transcurso del plazo, el derecho a la concesión de un caudal de agua, con destino a producción de energía eléctrica en varios términos municipales, en concreto la resolución dice: (…) Green Power España SL deberá proceder a la demolición y adecuación paisajística a su costa de todas las infraestructuras actuales del aprovechamiento.
Los argumentos empleados por la actora son los siguientes:
Por un lado, las instalaciones permitirían la continuidad de la explotación, para lo cual emiten dictamen de perito de parte. Cuestionan la norma aplicable al caso que les obliga a asumir la demolición de las instalaciones por ser ratione temporis. También argumenta que la actuación de la demolición generará
Galicia declara como espacio privado de interés natural el espacio de Fragas e Brañas do Alto do Gaitero (Mesía), aprueba sus normas de gestión y conservación
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia, número 86, de 4 de mayo de 2022
Palabras clave: Custodia del territorio. Conservación privada. Biodiversidad. Propiedad privada.
Resumen:
La custodia del territorio se entiende como la implicación de la sociedad civil en la conservación de la biodiversidad. Los instrumentos para llevar a cabo este tipo de iniciativas pueden ser tanto de derecho privado (compraventa, arrendamiento, donación, permuta, etc.) como de derecho público. En este sentido, existen múltiples ejemplos de Comunidades Autónomas que han establecido figuras legales que dan amparo a estas experiencias. Así, la Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia, reconoce los espacios privados de interés natural (en adelante, EPIN) como una de las categorías en las que se clasifican los espacios naturales protegidos. El artículo 39 de esta ley establece la posibilidad de que las personas propietarias o titulares de un derecho de uso de
Galicia crea y regula la Junta Consultiva en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo mediante el Decreto 36/2022, de 10 de marzo
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de Galicia número 57 de fecha 23 de marzo de 2022.
Palabras clave: Urbanismo. Simplificación administrativa. Ordenación territorial.
Resumen: Se trata de un órgano meramente consultivo y no reglado, con funciones de asesoramiento sobre la legislación vigente y otras cuestiones de intermediación, y colaboración, de ahí la cualificación profesional de sus integrantes.
Otro de los objetivos establecidos con su creación es prestar apoyo ante dudas y cuestiones que surjan en la tramitación de expediente. Se trata de contribuir a la simplificación administrativa en todo tipo de procedimientos de urbanismo y ordenación territorial.
La estructura del decreto es de 17 artículos, seis capítulos, una disposición adicional, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales. El capítulo I dispone la creación de la Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, recogiéndose en el capítulo II sus competencias. El tercero regula la composición de su Junta Consultiva y el nombramiento de miembros. El
Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 20 de enero de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 1ª. Ponente: María Luz Sanz Calvo)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 120/2022 -ECLI:ES: AN:2022: 120
Palabras Clave: Dominio Público Hidráulico. Daños. Sanción.
Resumen:
Interviene como parte actora una mercantil del sector de la industria de la pizarra contra el Ministerio de Transición Ecológica por una Resolución que impone a dicha sociedad una sanción de 230.583,78 €. El motivo es una infracción de la Ley de Aguas calificada como grave en relación con el artículo 317 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH). Además, establece la obligación a la mercantil de restituir al estado original los daños ambientales causados por el deposito de escombros en dominio público hidráulico en un arroyo de alto valor ambiental.
En su defensa, la actora alega: a) falta de motivación de la resolución impugnada; b) incoherencia en la determinación por la Administración del valor económico de los daños y errónea valoración de los mismos; c) vulneración del principio de legalidad y tipicidad; d) falta de proporcionalidad de la
Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de febrero de 2022 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Fernando Román García)
Autora: Dra. Manuela Mora Ruiz, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fuente: ROJ STS 763/2022- ECLI: ES: TS: 2022:763
Palabras clave: Planificación urbanística. Evaluación ambiental estratégica. Obligación. Nulidad
Resumen:
La presente Sentencia resuelve el recurso de casación núm. 4555/2020 interpuesto por D. Segismundo y D. Silvio contra la sentencia de fecha 31 de enero de 2020 dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el recurso contencioso-administrativo núm. 4128/16. Es parte recurrida el Ayuntamiento de Ferrol.
La Sentencia de instancia había estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo, disponiendo la nulidad del acto recurrido, (el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Ferrol de 16 de diciembre de 2015, por el que se aprobó definitivamente el Plan Especial de Protección y Rehabilitación del Barrio de Ferrol Vello), y ello en la medida en que el Plan no había sido sometido a evaluación ambiental estratégica. No obstante, la Sentencia añadía la posibilidad de subsanación en fase de ejecución, al amparo de lo dispuesto en el FD 4.2 de
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