Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, Ponente: Manuel Martin Timon)
Autora: Dra. Aitana de la Varga Pastor, Profesora de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili (acreditada a contratada doctora por ANECA) e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 5001/2015 – ECLI:ES:TS:2015:5001
Temas Clave: tributo extrafiscal; impuestos medioambientales; art. 6.3 LOFCA; tributos autonómicos; Directiva 2009/08/CE
Resumen:
HORNIJA EOLICA, SL interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada por el TSJ de Castilla y León que resolvía recurso contencioso-administrativo contra la Orden HAC/112/2012, de 7 de marzo, de la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León, por la que se aprobó el Modelo de Autoliquidación y las Normas de Gestión del Impuesto sobre la Afección Medioambiental causada por Determinados Aprovechamientos del Agua Embalsada, por los Parques Eólicos y por las Instalaciones de Transporte de Energía Eléctrica de Alta Tensión, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 9 de marzo de 2012, pretendiéndose por la parte actora su declaración de nulidad y el reintegro de los importes abonados. También se interesaba el planteamiento de cuestión de inconstitucionalidad de
Desarrollo sostenible:
GARCÍA RUBIO, Fernando. “El papel de los municipios en la sostenibilidad ambiental”. WPS Review International on Sustainable Housing and Urban Renewal: RI-SHUR, vol. 1, n. 1, 2015, pp. 12-37, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.pasosvivienda.uma.es/faces/wps/index.xhtml;jsessionid=KCa9cfGA-aep9NvRzd4qZl8y.undefined [Fecha de último acceso 4 de febrero de 2016].
PÉREZ DE LAS HERAS, Beatriz. “The European Union’s external Policy on climate change adaptation: from conditionality-driven action to sustainable development”. Revista Catalana de Dret Ambiental (RCDA), vol. 6, n. 2, 2015, pp. 1-24, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/view/640 [Fecha de último acceso 1 de febrero de 2016].
SCHRÖDER, Christoph. “Datos, información y evaluaciones urbanas integradas para la implementación y seguimiento de las políticas europeas para ciudades sostenibles”. WPS Review International on Sustainable Housing and Urban Renewal: RI-SHUR, vol. 1, n. 1, 2015, pp. 66-71, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.pasosvivienda.uma.es/faces/wps/index.xhtml;jsessionid=KCa9cfGA-aep9NvRzd4qZl8y.undefined [Fecha de último acceso 4 de febrero de 2016].
Economía sostenible:
MADERUELO, Carmen L. “Experiencia de Éxito. La ‘magia’ de la Economía Circular: donde dije residuo, digo materia prima”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 11 diciembre 2015, pp. 1-5
SANZ LARRUGA, Francisco Javier. “Cerrar el círculo de la economía circular”. Ambiental y cual, 20 enero 2016, [en línea]. Disponible en Internet:
Leyes de medidas fiscales y administrativas de las comunidades autónomas de La Rioja y de Galicia
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por estas leyes en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en materia jurídico ambiental.
LA RIOJA
Ley 6/2015, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2016
Fuente: BOLR núm. 162, de 31 de diciembre de 2015
A través de esta norma se ha suprimido el impuesto sobre grandes establecimientos comerciales, por causa, según manifiesta en la exposición de motivos, de la calificación de este impuesto por la Comisión Europea como ayuda de Estado contraria a la libre competencia.
De esta forma, el artículo 45 de esta Ley de medidas fiscales y administrativas suprime, desde el 1 de enero de 2016, el referido impuesto tan solo tres años después de su aprobación a través de la Ley 7/2012, de 21 de diciembre.
Documento adjunto:
GALICIA
Ley 13/2015, de 24 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de Galicia
Fuente: DOG núm. 249, de 31 de diciembre de
Agricultura:
GARCÍA ARIAS, Ana Isabel et al. “Farm diversification strategies in northwestern Spain Factors affecting transitional pathways”. Land use policy: The International Journal Covering All Aspects of Land Use, n. 49, diciembre 2015, pp. 413-425
RODRÍGUEZ-CHAVES MIMBRERO, Blanca. “Multifuncionalidad agraria y seguridad alimentaria: La PAC ante la creciente demanda mundial de alimentos”. Ambienta: la revista del Ministerio de Medio Ambiente, n. 112, septiembre 2015, pp. 1-18, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.revistaambienta.es/WebAmbienta/marm/Dinamicas/secciones/articulos/Seguridad.htm [Fecha de último acceso 13 de enero de 2016].
Aguas:
FERNÁNDEZ ALLER, Celia; LUIS ROMERO, Elena de. “El derecho humano al agua y al saneamiento”. Ambienta: la revista del Ministerio de Medio Ambiente, n. 113, diciembre 2015, pp. 1-12, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.revistaambienta.es/WebAmbienta/marm/Dinamicas/secciones/articulos/Aller.htm [Fecha de último acceso 13 de enero de 2016].
SINDICO, Francesco; HAWKINS, Stephanie. “The Guarani Aquifer Agreement and Transboundary Aquifer Law in the SADC: Comparing Apples and Oranges?”. Review of European, Comparative and International Environmental Law (RECIEL), vol. 24, n. 3, noviembre 2015, pp. 318-329
Alimentación:
AMAT LLOMBART, Pablo. “Mejoras en el funcionamiento de la cadena agroalimentaria en la Unión Europea y en España a partir del régimen jurídico de negociación y contratación: el contrato alimentario y el contrato tipo agroalimentario”. Revista
Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOCM núm. 311, de 31 de diciembre de 2015
A continuación se expondrán las modificaciones más sobresalientes introducidas por esta ley en otras normas sectoriales o que puedan repercutir directa o indirectamente en materia jurídico ambiental:
Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del arbolado Urbano:
Se excluye la necesidad de obtención previa de licencia para la tala de árboles y de la obligación de sustitución de los árboles talados en ámbitos urbanos, en los terrenos constitutivos de la franja o zona interfaz que deba separar los vertederos o edificaciones de las zonas forestales, todo ello en aras a compatibilizar esta norma con la normativa sobre prevención de incendios forestales -nueva disposición adicional tercera-.
Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid:
Se efectúa una modificación de la regulación del procedimiento sancionador en materia de medio ambiente, agricultura, ganadería, desarrollo rural, vías pecuarias, animales domésticos y protección, bienestar y sanidad animal y vegetal, modificando la competencia sancionadora en
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