MONOGRAFÍAS:
Agricultura:
AMAT LLOMBART, Pablo. “Derecho agrario, agroalimentario y del desarrollo rural”. Valencia: Tirant lo Blanch, 2011. 428 p.
Aguas:
AGUDO GONZÁLEZ, Jorge. “El derecho de aguas en clave europea”. Madrid: La Ley, 2011. 450 p.
PERIS RIERA, Jaime Miguel; CUESTA PASTOR, Pablo. “La tutela penal del agua”. Madrid: Dykinson, 2011. 358 p.
SERENO ROSADO, Amparo. “Ríos que nos separan, aguas que nos unen: Análisis jurídico de los Convenios Hispano- Lusos sobre aguas internacionales”. Valladolid: Lex Nova, 2011. 408 p.
Decreto 6/2011, de 10 de febrero, por el que se establece el procedimiento de evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000 de aquellos planes, programas o proyectos desarrollados en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León (BOCyL núm. 32, de 16 de febrero de 2011)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Personal Investigador en formación del CIEDA-CIEMAT.
Resumen:
El presente Decreto tiene por objeto establecer el mecanismo de evaluación de las repercusiones de los planes, programas o proyectos a desarrollar en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León que, sin tener relación directa con la gestión de los lugares de la Red Natura 2000 o sin ser necesarios para la misma, puedan afectar de forma apreciable a los citados lugares, ya sea individualmente o en combinación con otros, siempre y cuando se desarrollen en suelo clasificado como rústico o bien en suelo clasificado como urbanizable cuando la norma que lo clasificó no fuera en su momento sometida a evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000.
Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de octubre de 2010 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ STS 5433/2010
Temas Clave: medida cautelar; suspensión del Plan de Utilización de Espacios Portuarios del Puerto de Gijón-Musel; valores medioambientales; ausencia de evaluación.
Resumen:
En el supuesto de enjuiciamiento, el alto Tribunal examina el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Carreño contra el Auto dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de fecha 16 de marzo de 2009, por el que fue desestimado el recurso de súplica formulado por la misma Entidad local recurrente contra un anterior Auto, de fecha 15 de enero de 2009, de la misma Sala, por el que se acordó la denegación de la medida cautelar de suspensión de la ejecutividad de la Orden FOM/297/2008, de 1 de febrero, por la que fue aprobada la Modificación del Plan de Utilización de Espacios Portuarios del Puerto de Gijón-Musel
Instrumento de Ratificación del Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica al Convenio sobre la evaluación del impacto en el medio ambiente en un contexto transfronterizo, hecho en Kiev el 21 de mayo de 2003 (BOE nº 162, de 5 de julio de 2010)
Autor de la nota: Jesús Spósito Prado. Investigador del Área de Derecho Administrativo
El pasado 5 de julio el número 162 del BOE publicó el Protocolo sobre evaluación ambiental estratégica, celebrado en Kiev el 21 de mayo de 2003, en la 5ª conferencia Ministerial Pan-Europea “Medio Ambiente para Europa”, que reconoce la importancia de la integración de consideraciones medioambientales para alcanzar un desarrollo sostenible, incluida la salud, en la adopción de planes, programas y leyes y su extensión a medidas políticas y legislativas e incluye la obligación de incorporar al proceso de elaboración de los planes y los programas, públicos o privados, la variable medioambiental y la de salud como dos elementos de consideración en la confección del programa o plan en cuestión.
El Protocolo, ratificado el 23 de noviembre de 2009, ha entrado en vigor de forma general y para España el pasado 11 de julio de 2010, de
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala 4ª) de 17 de junio de 2010, en los asuntos acumulados C‑105/09 y C‑110/09, que tienen por objeto sendas peticiones de decisión prejudicial planteadas, con arreglo al artículo 234 CE, por el Conseil d’État (Bélgica), en los procedimientos entre Terre wallonne ASBL (C‑105/09), Inter-Environnement Wallonie ASBL (C‑110/09) y Région wallonne,
Fuente: http://curia.europa.eu
Autor de la nota: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor titular de Derecho administrativo de la Universidad de Navarra.
Palabras clave: Evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias. Programas de acción respecto de las zonas vulnerables por la contaminación de nitratos y su necesario o no sometimiento a evaluación ambiental estratégica por su contenido ambiental y por servir de marco de ulteriores proyecto que deben someterse a EIA (instalaciones ganaderas).
Resumen:
En la sentencia de 22 de septiembre de 2005, Comisión/Bélgica (C‑221/03, Rec. p. I‑8307), el Tribunal de Justicia declaró que el Reino de Bélgica había incumplido las obligaciones que le incumbían en virtud de la Directiva 91/676 al
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