Título: “Los condicionantes ambientales de las energías renovables: el ejemplo de la energía eólica y su regulación en el Derecho español”
Autora: Manuela Mora Ruíz. Profesora Contratada Doctora de Derecho Administrativo de la Universidad de Huelva
Fecha de recepción: 19/ 07 / 2010
Fecha de aceptación: 30 / 07 / 2010
Resumen:
El trabajo que se presenta pretende ser un estudio de la ordenación jurídica de las energías renovables actual teniendo en cuenta la dirección de futuro que este sector debe tomar, tanto por la incidencia de las corrientes liberalizadoras provenientes de Europa, como por la nueva regulación del sector a partir de la Directiva 2009/28/CE, del Parlamento y del Consejo, de 23 de abril, de fomento de las energías renovables. En este sentido, el aprovechamiento eólico y la regulación más reciente de esta materia por las Comunidades Autónomas plantea un escenario idóneo para la reflexión, teniendo en cuenta el papel de las normas ambientales como límite a la liberalización del ejercicio de la actividad económica.
Palabras Clave:
Energías renovables; aprovechamiento eólico; legislación estatal; legislación autonómica; condicionantes ambientales; energía; liberalización, mercado.
Abstract:
This paper aims to study the legal
Decreto 160/2010, de 16 de julio, por el que se regula el procedimeinto para la autorización de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía eólica, mediante parques eólicos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura. ( DOE núm. 139, miércoles 21 de julio de 2010)
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat
Temas clave: Energías Renovables; Energía Eólica; Autorizaciones.
Resumen:
La experiencia adquirida durante los años anteriores, desde que se comenzaran a implantar parques eólicos en la Comunidad extremeña, hace patente la necesidad de modificar el procedimiento de autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía eólica, mediante parques eólicos, en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Una necesidad a la que viene a responder el Decreto 160/2010, cuyo objeto no es otro sino regular el citado procedimiento. Lo que supone la derogación del Decreto 192/2005, que hasta este momento recogía el procedimiento de autorización de estas instalaciones.
El nuevo procedimiento queda marcado por la eliminación del concepto de convocatoria de solicitudes de autorización. De tal modo, que a partir de ahora cualquier persona, física o jurídica,
Decreto 124/2010, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 132, de 7 de julio de 2010)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Uno de los objetivos prioritarios de la política energética del Gobierno de Aragón es el desarrollo de la energía eólica. Así, en el vigente Plan Energético de Aragón 2005-2012, se establece la meta de alcanzar los 4.000 MW de potencia instalada de energía eólica en el horizonte del año 2012. Para ello, considera necesario aumentar la capacidad global de evacuación de energía eléctrica a través de la ejecución de infraestructuras necesarias y el desarrollo tecnológico de los aerogeneradores al tiempo de renovar y actualizar la normativa sectorial para adaptarla a la coyuntura energética estatal y comunitaria.
Este Decreto tiene el objetivo de regular los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía
Decreto 41/2010, de 23 de abril, por el que se dispone la suspensión, para el ámbito territorial concreto, de las determinaciones del Plan Insular del Ordenación de Gran Canaria, del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Rural del Nublo, del Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana y las Normas Subsidiarias de Mogán, y se aprueban las normas sustantivas transitorias de ordenación, a fin de legitimar la implantación de las instalaciones necesarias para el aprovechamiento hidroeléctrico de bombeo reversible de las presas de Chira-Soria y Cueva de las Niñas-Soria. (Boletín Oficial de Canarias, nº 87, miércoles 5 de mayo de 2010)
Autora de la nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat
Temas Clave: Espacios naturales protegidos; energías renovables; planes de ordenación.
Resumen:
Siguiendo la línea de las políticas de desarrollo sostenible y mejor aprovechamiento de las energías renovables no contaminantes, se plantea el establecimiento en la isla de Gran Canaria de dos sistemas de aprovechamiento hidroeléctrico de bombeo reversible entre las presas de Chira-Soria y Cueva de las Niñas-Soria. Sin embargo, este propósito se encuentra imposibilitado dado que no se encuentra expresamente previsto
Título: “O Ambiente no Tratado de Lisboa: Uma relação sustentada”
Autores: Carla Amado Gomes. Professora Auxiliar da Faculdade de Direito da Universidade de Lisboa, Professora Convidada da Faculdade de Direito da Universidade Nova de Lisboa
Tiago Antunes. Assistente Convidado da Faculdade de Direito da Universidade de Lisboa
Fecha de recepción: 1/ 03 / 2010
Fecha de aceptación: 10 / 03 / 2010
Resumen:
O artigo aborda o quadro de novidades promovidas polo Tratado de Lisboa no dominio da política ambiental: a definição do conceito de desenvolvimento sustentável, que com a aprovação do Tratado de Lisboa ganha uma importância acrescida e expõe novas manifestações, a introdução da luta contra as alterações climáticas como objectivo da União, a promoção da utilização de recursos renováveis com vista a generação de energia, e o fortalecemento das vías de exercício da cidadanía ambiental com a nova possibilidade de iniciativa lexislativa a través do direito de petição colectiva.
Palabras Clave:Tratado de Lisboa, Politica ambiental, AlteraÇoes climaticas, PromoÇao das energias renováveis, Cidadanía ambiental
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00034
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