<\/p>\r\n

Esta norma se enmarca dentro de la pol\u00edtica sobre eficiencia energ\u00e9tica establecida por la Uni\u00f3n Europea y su paquete de objetivos en materia energ\u00e9tica y de lucha contra el cambio clim\u00e1tico para el a\u00f1o 2020. Tras reconocer que los edificios representan el 40% del consumo de energ\u00eda final de la UE, se considera necesario mejorar el rendimiento energ\u00e9tico del conjunto del parque inmobiliario, m\u00e1xime cuando el porcentaje que representa la rehabilitaci\u00f3n en Espa\u00f1a es uno de los m\u00e1s bajos de la zona euro.\u00a0<\/p>\r\n

La Ley se estructura en un T\u00edtulo Preliminar, dos T\u00edtulos, cuatro disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposici\u00f3n derogatoria y veinte disposiciones finales.<\/p>\r\n

El T\u00edtulo Preliminar determina el objeto y las pol\u00edticas que los poderes p\u00fablicos deber\u00e1n formular y desarrollar.<\/p>\r\n

El T\u00edtulo I contiene la regulaci\u00f3n b\u00e1sica del Informe de Evaluaci\u00f3n de los Edificios, que asegure la calidad y sostenibilidad del parque edificado\u00a0 y proporcione una informaci\u00f3n precisa a las Administraciones para evaluar el cumplimiento de las condiciones b\u00e1sicas legalmente exigibles, tanto en materia de conservaci\u00f3n como de accesibilidad. A su vez, contiene un apartado de car\u00e1cter orientativo sobre un aspecto clave: la certificaci\u00f3n de la eficiencia energ\u00e9tica de los edificios, que contendr\u00e1 no solo una calificaci\u00f3n del edificio sino tambi\u00e9n unas recomendaciones sobre las mejoras energ\u00e9ticas que podr\u00edan realizarse.<\/p>\r\n

El T\u00edtulo II contiene la regulaci\u00f3n de las actuaciones sobre el medio urbano y los sujetos obligados a participar en ellas, ampli\u00e1ndose las facultades reconocidas a las comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios y cooperativas de viviendas, para actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jur\u00eddica para todas las operaciones.<\/p>\r\n

Se establecen mecanismos para facilitar la financiaci\u00f3n de las actuaciones, entre los que destacan los convenios entre Administraciones P\u00fablicas actuantes, los propietarios y dem\u00e1s sujetos que vayan a intervenir en la ejecuci\u00f3n, que pueden incluir distintas modalidades de contratos.<\/p>\r\n

En relaci\u00f3n con las disposiciones adicionales, la primera recoge el sistema informativo general e integrado establecido por la Ley de Econom\u00eda Sostenible. La segunda aclara lo relativo a la vigencia de diversas disposiciones de la Ley del Catastro Inmobiliario y las dos \u00faltimas regulan las infracciones en materia de certificaci\u00f3n de la eficiencia energ\u00e9tica de los edificios y las sanciones, as\u00ed como su graduaci\u00f3n.<\/p>\r\n

El r\u00e9gimen transitorio contiene dos disposiciones. La primera de ellas tiene como objeto establecer el calendario para que los propietarios de las edificaciones a que hace referencia el art\u00edculo 4 se doten del Informe de Evaluaci\u00f3n regulado por esta Ley. La segunda establece, con car\u00e1cter excepcional, y durante un per\u00edodo que no exceder\u00e1 de cuatro a\u00f1os, una norma transitoria que trata de adecuar la reserva m\u00ednima obligatoria a la realidad del mercado, as\u00ed como a la de sus potenciales beneficiarios.<\/p>\r\n

Entrada en vigor: <\/strong>28 de junio de 2013<\/p>\r\n

Normas afectadas: <\/strong><\/p>\r\n

-Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la presente Ley y, en particular, las siguientes:<\/p>\r\n

1.\u00aa Los art\u00edculos 8, 11 y 12 de la Ley 49\/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.<\/p>\r\n

2.\u00aa El apartado 5 del art\u00edculo 2 del Real Decreto 314\/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n.<\/p>\r\n

3.\u00aa El art\u00edculo 13, la disposici\u00f3n adicional und\u00e9cima y las disposiciones transitorias segunda y quinta del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 2\/2008, de 20 de junio.<\/p>\r\n

4.\u00aa El art\u00edculo 2 del Real Decreto 1492\/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo.<\/p>\r\n

5.\u00aa Los art\u00edculos 107, 108, 109, 110 y 111 de la Ley 2\/2011, de 4 de marzo, de Econom\u00eda Sostenible.<\/p>\r\n

6.\u00aa Los art\u00edculos 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25, la disposici\u00f3n adicional tercera, las disposiciones transitorias primera y segunda y la disposici\u00f3n final segunda del Real Decreto-ley 8\/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto p\u00fablico y cancelaci\u00f3n de deudas con empresas y aut\u00f3nomos contra\u00eddas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitaci\u00f3n y de simplificaci\u00f3n administrativa.<\/p>\r\n

Se modifican los art\u00edculos 2, 3, 9, 10 y 17 y la disposici\u00f3n adicional de la Ley 49\/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, con el objeto de evitar que los actuales reg\u00edmenes de mayor\u00edas establecidos impidan la realizaci\u00f3n de las actuaciones previstas en la nueva Ley.<\/p>\r\n

Se modifica el apartado 1 de la disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima de la Ley 13\/1998, de 4 de mayo, de Ordenaci\u00f3n del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.<\/p>\r\n

Se modifican los art\u00edculos 2 y 3 de la Ley 38\/1999, de 5 de noviembre, de Ordenaci\u00f3n de la Edificaci\u00f3n, para vincular la aplicaci\u00f3n del C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n, de manera espec\u00edfica, a las intervenciones que se realicen en los edificios existentes a que se refieren las letras b) y c) del art\u00edculo 2.2 de dicha Ley<\/p>\r\n

Se modifican los art\u00edculos 552 y 695 de la Ley 1\/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.<\/p>\r\n

Se modifican los art\u00edculos 37 y 50 de la Ley 21\/2003, de 7 de julio, de Seguridad A\u00e9rea, con el objeto de habilitar expresamente al Gobierno para que establezca reglamentariamente el contenido m\u00ednimo del Plan de asistencia en los casos de accidente a\u00e9reo.<\/p>\r\n

Se modifican el art\u00edculo 137 y la disposici\u00f3n adicional d\u00e9cima de la Ley 33\/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones P\u00fablicas, con la finalidad de habilitar a SEGIPSA para que act\u00fae como medio propio de todos los poderes adjudicadores vinculados a la Administraci\u00f3n General del Estado y como instrumento especializado en la gesti\u00f3n patrimonial de la Administraci\u00f3n General del Estado y las entidades que, teniendo la condici\u00f3n de poder adjudicador pertenezcan al Sector P\u00fablico Estatal. De otro, para facilitar el acceso de los interesados a los procedimientos de enajenaci\u00f3n, flexibilizando las condiciones existentes.<\/p>\r\n

Se a\u00f1ade una nueva disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima tercera a la Ley 38\/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.<\/p>\r\n

Se modifica el art\u00edculo 47 y se a\u00f1ade una disposici\u00f3n adicional vig\u00e9sima a la Ley 47\/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria<\/p>\r\n

Se a\u00f1ade una nueva letra l) al apartado 1 del art\u00edculo 95 de la Ley 58\/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.<\/p>\r\n

Se modifica el art\u00edculo 167 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2\/2004, de 5 de marzo.<\/p>\r\n

Se modifican los art\u00edculos 1 y 2 y el anejo III de la parte I del Real Decreto 314\/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el C\u00f3digo T\u00e9cnico de la Edificaci\u00f3n, con el objeto de resolver los problemas que plantea en relaci\u00f3n con la rehabilitaci\u00f3n, y que vienen siendo reclamados por los principales agentes del sector. Entre dichas modificaciones, destacan las que tratan de eliminar las definiciones relacionadas con obras de rehabilitaci\u00f3n que actualmente inducen a error, la inclusi\u00f3n de los criterios de flexibilidad y no empeoramiento en la aplicaci\u00f3n del C\u00f3digo T\u00e9cnico a las intervenciones en edificios existentes y, por \u00faltimo, la obligaci\u00f3n de declarar el nivel de prestaciones alcanzado y las condiciones de uso y mantenimiento derivadas de la intervenci\u00f3n.<\/p>\r\n

Se modifican los art\u00edculos 2, 5, 6, 8 a 10, 12, 14 a 17, 20, 36, 37, 39, 51 y 53, la disposici\u00f3n adicional tercera y la disposici\u00f3n final primera del texto refundido de la Ley de Suelo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2\/2008, de 20 de junio. En primer lugar, se completa la regulaci\u00f3n del deber legal de conservaci\u00f3n. Otro objetivo que se persigue es el de eliminar las cargas urban\u00edsticas injustificadas que existen en relaci\u00f3n con los suelos ya urbanizados y que impiden llevar a la pr\u00e1ctica las actuaciones reguladas por esta Ley del suelo. Por lo que respecta a las actuaciones de transformaci\u00f3n urban\u00edstica, se introducen modificaciones tendentes a adecuar sus actuales par\u00e1metros a la realidad del medio urbano y de las actuaciones que se producen, tanto sobre el patrimonio edificado, como sobre los propios tejidos urbanos. Se incluye una modificaci\u00f3n en la regla b\u00e1sica estatal que, desde el a\u00f1o 2007, ha tratado de garantizar una oferta m\u00ednima de suelo para vivienda asequible, exigiendo un 30 % de la edificabilidad residencial prevista, en todos los suelos que fuesen objeto de actuaciones de urbanizaci\u00f3n. Esta regla, que se aplicaba por igual a los suelos urbanos y a los suelos urbanizables, se flexibiliza de manera espec\u00edfica cuando la actuaci\u00f3n se realiza sobre suelo en situaci\u00f3n de urbanizado<\/strong><\/p>\r\n

Se a\u00f1ade una nueva disposici\u00f3n adicional trig\u00e9sima cuarta, al texto refundido de la Ley de Contratos del Sector P\u00fablico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3\/2011, de 14 de noviembre.<\/p>\r\n

Se modifican los art\u00edculos 2 y 3 bis del Real Decreto-ley 6\/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protecci\u00f3n de deudores hipotecarios sin recursos.<\/p>\r\n

Se modifica la disposici\u00f3n final vig\u00e9sima primera de la Ley 9\/2012, de 14 de noviembre, de reestructuraci\u00f3n y resoluci\u00f3n de entidades de cr\u00e9dito.<\/p>\r\n

Se adiciona un p\u00e1rrafo final al apartado tres de la disposici\u00f3n adicional d\u00e9cima tercera, de la Ley 17\/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el a\u00f1o 2013.<\/p>\r\n

Se modifican la r\u00fabrica del Cap\u00edtulo III, la disposici\u00f3n adicional primera y las disposiciones transitorias cuarta y quinta de la Ley 1\/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protecci\u00f3n a los deudores hipotecarios, reestructuraci\u00f3n de deuda y alquiler social.<\/p>\r\n

Documento adjunto: \"pdf_e\"\u00a0<\/a><\/strong><\/p>\r\n

<\/strong>\u00a0<\/p>","post_title":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Rehabilitaci\u00f3n, regeneraci\u00f3n y renovaci\u00f3n urbanas","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"legislacion-al-dia-estado-rehabilitacion-regeneracion-y-renovacion-urbanas","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2013-08-22 10:37:34","post_modified_gmt":"2013-08-22 08:37:34","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"https:\/\/www.actualidadjuridicaambiental.com\/?p=10461","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw","post_title_ml":"Legislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Rehabilitaci\u00f3n, regeneraci\u00f3n y renovaci\u00f3n urbanasLegislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Rehabilitaci\u00f3n, regeneraci\u00f3n y renovaci\u00f3n urbanasLegislaci\u00f3n al d\u00eda. Estado. Rehabilitaci\u00f3n, regeneraci\u00f3n y renovaci\u00f3n urbanas","post_title_langs":{"es":true,"en":true,"fr":true}};-->

4 septiembre 2013

España Legislación al día

Legislación al día. Estado. Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas

Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. (BOE núm. 153, de 27 de junio de 2013)

Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)

Temas Clave: Urbanismo; Eficiencia energética; Autorizaciones; Certificaciones; Código Técnico de la Edificación; Propiedad Horizontal; Subvenciones; Viviendas; Contratación Administrativa

Resumen:

Esta Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen un desarrollo sostenible, competitivo y eficiente del medio urbano, mediante el impulso y el fomento de las actuaciones que conduzcan a la rehabilitación de los edificios y a la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes, cuando sean necesarias para asegurar a los ciudadanos una adecuada calidad de vida y la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. En realidad, la finalidad es reconvertir el sector inmobiliario y de la construcción -basado hasta ahora en la transformación urbanística de suelos vírgenes y en la construcción de vivienda nueva- y garantizar un modelo sostenible e integrador, tanto ambiental, como social y económico, a través de una estrategia unitaria sobre la edificación existente y el

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12 julio 2013

Monografías Referencias bibliográficas Tesis doctorales

Referencias bibliográficas al día. Tesis doctorales

Biodiversidad:

JOLIBERT, Catherine. “Governance of Biodiversity: Bringing together society, policy and science”. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Joan Martínez Alier. Barcelona: Universitat Autònoma de Barcelona. Departament de Biologia Cel·lular, de Fisiologia i d’Immunologia, 2013. 132 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://hdl.handle.net/10803/117448 [Fecha de último acceso 9 de julio de 2013].

Energías renovables:

SOLORIO SANDOVAL, Israel. “La política medioambiental comunitaria y la europeización de las políticas energéticas nacionales de los estados miembros: La política europea de renovables y su impacto en España y el Reino Unido”. Tesis doctoral dirigida por el Dr. Oriol Costa Fernández. Barcelona: Universitat Autònoma de Barcelona. Departament de Dret Públic i de Ciències Historicojurídiques, 2013. 344 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://hdl.handle.net/10803/117262 [Fecha de último acceso 2 de julio de 2013].

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5 julio 2013

Monografías Referencias bibliográficas

Referencias bibliográficas al día. Monografías

Aguas:

HUELIN MARTÍNEZ DE VELASCO, Joaquín (Dir.). “Agua: legislación y justicia: regulación comunitaria y jurisprudencia en el derecho de aguas”. Barcelona: Fundación Agbar, 2013. 164 p.

Alimentación:

EUFORMACIÓN CONSULTORES, S. L. “Norma IFS de seguridad alimentaria (International Food Standar) V. 6”. Antequera (Málaga): IC Editorial, 2013. 186 p.

Atmósfera:

MARGALEF, Ramón. “La nostra biosfera”. Valencia: Publicacions de la Universitat de Valencia, 2012. 220 p.

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4 julio 2013

Jurisprudencia al día Tribunal de Justicia de la Unión Europea ( TJUE )

Jurisprudencia al día. Unión Europea. Eficiencia energética de los edificios

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala décima), de 13 de junio de 2013, asunto C-345/12, por la que se resuelve recurso por incumplimiento de la Directiva 2002/91/CE relativa a la eficiencia energética de los edificios, contra Italia

Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra

Fuente: http://curia.europa.eu

Temas clave: Eficiencia energética de los edificios; certificación energética de edificios arrendados u objeto de transmisión; transposición incorrecta; ausencia de notificación de medidas concretas exigidas por la Directiva

Resumen:

La Comisión solicita al TJUE que declare que la República italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 3.1 y 3.4 de la Directiva 1991/676/CE, relativa a la eficiencia energética de los edificios, al no haber llevado a cabo una transposición correcta de la misma al ordenamiento jurídico interno del país transalpino.

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21 junio 2013

Artículos Publicaciones periódicas Referencias bibliográficas

Referencias bibliográficas al día. Artículos de publicaciones periódicas

Aguas:

MELERO ALONSO, Eduardo. “El nuevo modelo de gestión de los servicios públicos del agua en la Comunidad de Madrid. La privatización de la financiación de Canal de Isabel II Gestión S.A.”. Revista de derecho urbanístico y medio ambiente, n. 281, 2013, pp. 151-198

Biodiversidad:

NSOH, Walters. “Ecosystem Services: A Possible New Approach in the Valuation of Compensation for Land Expropriation in Cameroon”. IUCN Academy of Environmental Law eJournal, n. 4, 2013, pp. 17-34, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.iucnael.org/en/component/docman/doc_download/1045-ecosystem-services-a-possible-new-approach-in-the-valuation-of-compensation-for-land-expropriation-.html [Fecha de último acceso 31 de mayo de 2013].

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