Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. (BOE núm. 137, de 8 de junio)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Planificación hidrológica; Confederaciones Hidrográficas; Demarcación hidrográfica; Cantábrico; Organización de la Administración General del Estado
Resumen:
Este Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y ha sido la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, al ser el organismo de cuenca de esta Demarcación Hidrográfica, la que ha elaborado este Plan Hidrológico. La norma consta de dos artículos, cinco disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales, y la Normativa del Plan. La estructura del Plan Hidrológico que se describe en el artículo 1 es la siguiente:
Real Decreto 355/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir. (BOE núm. 121, de 21 de mayo de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Planificación Hidrológica; Confederaciones Hidrográficas; Dominio público hidráulico; Catástrofes; Costas marítimas; Marismas
Resumen:
Este Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y ha sido la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, al ser el organismo de cuenca de esta Demarcación Hidrográfica, la que ha elaborado este Plan Hidrológico. La norma consta de dos artículos, seis disposiciones adicionales, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales, y la Normativa del Plan Hidrológico.
La estructura del Plan Hidrológico que se describe en el artículo 1 es la siguiente:
Real Decreto 354/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana. (BOE núm. 121, de 21 de mayo de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Aguas; Confederaciones Hidrográficas; Demarcación hidrográfica; Dominio Público Hidráulico; Fronteras; Gestión de residuos; obras hidráulicas; Planificación hidrológica
Resumen:
Este Real Decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.5 del Texto Refundido de la Ley de Aguas. La norma consta de dos artículos, siete disposiciones adicionales, una disposición derogatoria, dos disposiciones finales, y la Normativa del Plan Hidrológico.
La estructura del Plan Hidrológico que se describe en el artículo 1 es la siguiente:
Real Decreto 295/2013, de 26 de abril, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica de Ceuta. (BOE núm. 101, de 27 de abril de 2013)
Real Decreto 296/2013, de 26 de abril, por el que se establece la composición, estructura y funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica de Melilla. (BOE núm. 101, de 27 de abril de 2013)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Confederaciones Hidrográficas; Demarcaciones Hidrográficas; Ceuta y Melilla.
Resumen:
Las Demarcaciones Hidrográficas de Ceuta y Melilla no revisten la naturaleza de cuencas intercomunitarias, sin embargo es competencia del Estado su regulación y gestión, en virtud del artículo 149.3 de la Constitución, al no asumirse por sus Estatutos de Autonomía.
Se establece la Zona Económica Exclusiva de España en el Mediterráneo noroccidental
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Real Decreto 236/2013, de 5 de abril. (BOE núm. 92, de 17 de abril de 2013)
Temas Clave: Convención de Naciones Unidas de Derecho del Mar; Derechos y deberes soberanos del Estado ribereño; Delimitación de la zona
Resumen:
En el ejercicio de la facultad que confiere al Gobierno la Ley 15/1978, de 20 de febrero, por la que se regula la Zona Económica del Mar y sus Playas, dada la creciente importancia del aprovechamiento de los recursos existentes en la ZEE en el Mediterráneo y a los efectos previstos en la CNUDM, esto es, el ejercicio de los derechos soberanos del Estado ribereño, procede establecer por España una ZEE propia en
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