Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 68/2017, de 25 de mayo de 2017 (Ponente: Juan Antonio Xiol Ríos)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 156, de 1 de julio de 2017
Temas Clave: Energía eléctrica; Instalaciones de autoconsumo; Bases estatales; Cogeneración; Instalaciones de enlace; Eficiencia energética en la edificación; Calidad en el suministro eléctrico; Conexión y acceso; Registro administrativo de autoconsumo; Vertidos a la red
Resumen:
El Gobierno de la Generalitat de Cataluña plantea un conflicto positivo de competencia contra los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 19, 20, 21 y 22; las disposiciones adicionales primera, segunda y novena; y la disposición final sexta del Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo.
La defensa de la Generalitat alega que a través de estos preceptos se invaden las competencias autonómicas en materia de desarrollo de las bases estatales de la energía (art. 149.1.25 CE), al tiempo de sustraer un conjunto de funciones ejecutivas