Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 10 de febrero de 2015 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3, Ponente: Héctor García Morago)
Autor: Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 3030/2015 – ECLI:ES:TSJCAT:2015:3030
Temas Clave: Ayuntamientos; Caza; Competencias
Resumen:
La Sala analiza el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Catalana de Caza, contra el Decreto de 26 de julio de 2011 del alcalde de Santa Perpètua de Mogoda, a través del cual se prohibía la práctica de la halconería y la exhibición de cualquier ave de rapiña cautiva durante los meses de agosto a octubre en una zona del municipio, en tanto en cuanto no fuera aprobado el Plan Especial del “Parc de L´Espai de Gallecs”. Todo ello con la finalidad de proteger a la especie denominada “corriol de pit roig”.
Pues bien, dicha Federación aduce en su recurso, pretendiendo la anulación de dicho Decreto, el vicio de incompetencia por cuanto la regulación municipal estaba dirigida a impedir una determinada modalidad de caza al margen de la competencia que en materia de caza tiene reconocida la Generalitat de Catalunya, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 119
Se aprueba la Orden de 27 de marzo de 2015, de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, por la que se aprueba la Estrategia Extremeña contra el uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOE núm. 66, de 8 de abril de 2015
Temas Clave: Caza; Delito ecológico; Especies amenazadas; Plaguicidas; Productos fitosanitarios
Resumen:
Esta Estrategia tiene como objetivo principal la erradicación del uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural en Extremadura, en cuyo territorio, en el periodo de 2003 a 2013, se produjeron 223 casos de envenenamiento de especies protegidas. A fin de luchar contra este problema, la Estrategia plantea cinco líneas de actuación:
-Aumento en el intercambio de información y mejora del conocimiento.
-Desarrollo y ejecución de operativos específicos encaminados a la prevención y a la disuasión.
-Investigación y persecución del delito.
-Actuaciones penales y administrativas.
-Otras actuaciones complementarias a las anteriores.
Esta Estrategia deberá ser desarrollada anualmente mediante un Plan de Acción que recogerá las líneas de actuación concretas, cronología y dotación.
Documento adjunto:
Agricultura:
“Agriculture et environnement Septembre 2012 – novembre 2014”. Droit de l’Environnement, n. 229, diciembre 2014, pp. 449-455
“(Une) approche PAC de l’agroécologie: une nouvelle normalité agricole”. Droit de l’Environnement, n. 230, enero 2015, pp. 20-22
“L’intégration de l’agroécologie dans les orientations de la PAC”. Droit de l’Environnement, n. 230, enero 2015, pp. 17-21
“L’intégration du concept d’agroécologie en droit : état des lieux et perspectives”. Droit de l’Environnement, n. 230, enero 2015, pp. 15-16
“Propos conclusifs”. Droit de l’Environnement, n. 230, enero 2015, pp. 24-30
VILLANUEVA, A.J. et al. “The design of agri-environmental schemes: Farmers’ preferences in southern Spain”. Land use policy, n. 46, julio 2015, pp. 142-154, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0264837715000484 [Fecha de último acceso 14 de abril de 2015].
Aguas:
ARVIDSON, Carys A. “Koontz v. St. Johns River Water Management District: Will It Impact Mitigation Conditions in §404 Permits?”. Environmental Law Reporter, vol. 44, n. 10, octubre 2014
MILLER, Jeffrey G. “Plain Meaning, Precedent, and Metaphysics: Interpreting the “Addition” Element of the Clean Water Act Offense”. Environmental Law Reporter, vol. 44, n. 9, septiembre 2014
PÉREZ DE LOS COBOS HERNÁNDEZ, Elisa. “Leading Case ambiental: la causa ‘Mendoza’ y el reconocimiento de los derechos de
Aguas:
BENITO LÓPEZ, Miguel Ángel (Dir.). “Agua y derecho”. Cizur Menor (Navarra): Thomson Reuters- Aranzadi, 2015. 434 p.
MURILLO CHÁVARRO, Jimena. “The Human Right to water: a legal comparative perspective at the international, regional and domestic level”. Cambridge (Reino Unido): Intersentia, 2015. 379 p.
TRIBUNAL de Cuentas Europeo. “Transporte por vías navegables interiores en Europa: sin mejoras significativas en la cuota modal y en las condiciones de navegabilidad desde 2001 Informe especial nº 01/2015 “. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2015. 51 p.,[en línea]. Disponible en Internet: http://bookshop.europa.eu/es/transporte-por-v-as-navegables-interiores-en-europa-pbQJAB15001/ [Fecha de último acceso 30 de abril de 2015].
Biodiversidad:
COMISIÓN Europea. Dirección General de Medio Ambiente. “Active dissemination of environmental information in relation to the Birds and Habitats Directive: Final report”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2015. 492 p.,[en línea]. Disponible en Internet: http://bookshop.europa.eu/es/active-dissemination-of-environmental-information-in-relation-to-the-birds-and-habitats-directive-pbKH0115330/ [Fecha de último acceso 30 de abril de 2015].
COMITÉ de las Regiones de la Unión Europea. “The implementation of the Natura 2000, Habitats Directive 92/43/ECC and Birds Directive 79/409/ECC (preparation for an ex-post territorial impact assessment)”. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OPOCE), 2015. 92 p.,[en línea]. Disponible en Internet: http://bookshop.europa.eu/es/the-implementation-of-the-natura-2000-habitats-directive-92-43-ecc-and-birds-directive-79-409-ecc-preparation-for-an-ex-post-territorial-impact-assessment–pbQG0115274/ [Fecha de último acceso 30
Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón
Autor: Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: BOA núm. 58, de 25 de marzo de 2015
Temas clave: Caza; Especies cinegéticas; Reservas de caza; Cotos de Caza; Responsabilidad por daños
Resumen:
Esta Ley, que sustituye a la anterior Ley 5/2002 de 4 de abril, regula el ejercicio de la caza en Aragón, en armonía con la gestión, protección, conservación, fomento y ordenado aprovechamiento de los recursos cinegéticos y del medio natural, pretendiendo asimismo mejorar y corregir algunas de las disfunciones detectadas en la práctica deportiva cinegética, según declara el propio Preámbulo.
Esta norma trae consigo importantes novedades respecto de la anterior que deroga, de las cuales caben destacar las siguientes:
-Un claro objetivo de simplificación administrativa de los trámites relacionados con la práctica cinegética, en lo concerniente, por ejemplo, a la unificación de las distintas licencias de caza en una única.
-Se efectúa una mayor especificación al respecto de a quién pertenecen los derechos cinegéticos, que es el dueño del terreno, tal y como dispone el artículo 5.
-Se crea un fondo de gestión de las reservas de caza, en
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