Título: Tiempos cambiantes en la política de conservación del lobo
Title: Changing Times In Wolf Conservation Policy
Autor: Carlos Javier Durá Alemañ. Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC. Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental. CIEDA.CIEMAT
Autor: Fernando Valladares. Museo Nacional de Ciencias Naturales (MNCN-CSIC)
Autor: José Vicente López-Bao. Instituto Mixto de Investigación en Biodiversidad (IMIB-CSIC)
Fecha de recepción: 11/12/2024
Fecha de aceptación: 16/12/2024
DOI: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00397
Documento completo: “Tiempos cambiantes en la política de conservación del lobo”
Resumen:
El lobo, al igual que otros grandes carnívoros en Europa, ha experimentado un proceso de recuperación y expansión en las últimas décadas. En los últimos años, la Comisión Europea ha apostado por un nuevo marco de convivencia con la especie en este escenario de recuperación poblacional en una Europa con diferentes visiones acerca de cómo convivir con esta especie. En el mismo sentido se ha pronunciado el Tribunal Europeo de Justicia. Sin embargo, y contra todo pronóstico, las decisiones políticas se imponen a los planteamientos científicos y a la jurisprudencia del TJUE, rebajando la protección de la especie, creando una inseguridad jurídica en la conservación del lobo sin precedentes.
Palabras clave: Lobo. Especies amenazadas. Caza. Política ambiental. Tribunal de Justicia de
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 24 de octubre de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Ana María Martínez Olalla)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 4037/2024 – ECLI:ES:TSJCL:2024:4037
Palabras clave Lobo. Plan de aprovechamientos. Caza. Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial. Directiva de Hábitats. Daños y perjuicios. Legitimación.
Resumen:
La Sala se pronuncia sobre el recurso contencioso administrativo formulado por la Asociación para la Conservación y Estudio del lobo ibérico (ASCEL) contra la Orden del Consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de 9 de marzo de 2020 por la que se desestiman los recursos de alzada acumulados interpuestos por aquella contra la Resolución de 9 de octubre de 2019 de la Dirección General del Patrimonio Natural y Política Forestal, por la que se aprueba el plan de aprovechamientos comarcales de lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del río Duero en Castilla y León, para las temporadas 2019/2020, 2020/2021 y 2021/2022 y su anexo (BOCyL núm. 205, de 23 de octubre de
Ley 6/2024, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de simplificación administrativa
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana número 10001, de fecha 9 de diciembre de 2024.
Palabras clave: Regresión ambiental. Principio de no regresión. Simplificación administrativa. Medio Ambiente. Control de predadores. Espacios naturales. Caza. Vías pecuarias. Red Natura 2000. Agentes medioambientales.
Resumen:
Con el argumento de la guerra de Ucrania, la crisis pandémica, la climática y la desaceleración económica estamos viendo día a día como numerosas administraciones llevan a cabo continuas reformas normativas para simplificar la tramitación de procedimientos administrativos, los procesos de participación y, en definitiva, en muchas ocasiones avanzar hacia una mayor inseguridad jurídica. Estas reformas afectan de manera especial a cuestiones de tipo ambiental. La presente norma es una más que se suma a una tendencia cada vez más general y que corremos el riesgo de normalizar. Un ejemplo claro lo tenemos con la simplificación administrativa en la tramitación de proyectos de energías renovables o en la gestión de ayudas de la política agrícola comunitaria. En muchas ocasiones, detrás de cada reforma hay una regresión en las garantías ambientales. El principio
Murcia aprueba medidas para prevenir los daños causados por la proliferación de conejos mediante la Orden de 9 de octubre de 2024
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Instituto de Estudios Sociales Avanzados. IESA-CSIC
Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia, n. 238, de 11 de octubre de 2024
Palabras clave: Daños. Perjuicios. Caza. Prevención. Agricultura. Enfermedades. Infección.
Resumen:
La proliferación del conejo de monte (Oryctolagus cuniculus), con los consiguientes daños y perjuicios que esta especie puede causar a la salud humana, a la agricultura y a infraestructuras de carácter viario, motivaron que en años anteriores, y con fundamento en el artículo 45 de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia, fueran declarados determinados términos municipales como Comarca de Emergencia Cinegética Temporal, mediante orden de la Consejería competente en materia de caza.
En la actualidad, sigue siendo necesaria la adopción de medidas para la prevención de daños dada la dificultad de controlar estas poblaciones con los métodos habituales, mediante la regulación establecida en las órdenes anuales de vedas, o mediante permisos especiales concedidos como consecuencia de daños.
La Orden extenderá su vigencia hasta el 11 de octubre
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 19 de septiembre de 2024: la República de Malta ha incumplido la Directiva 2009/147, de conservación de las aves silvestres (arts. 5; 8.1; y 9.1) al permitir la captura de ejemplares vivos de siete especies de fringílidos silvestres con fines de investigación
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo de investigación Legambiental (GIUV2013-142)
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Sala Primera, asunto C‑23/23, ECLI:EU:C:2024:760
Palabras clave: Aves silvestres. Fringílidos silvestres. Captura. Prohibición. Régimen de excepciones. Investigación
Resumen:
La Comisión Europea, tras instruir el correspondiente procedimiento de infracción, interpuso recurso por incumplimiento contra la República de Malta, por entender vulneradas las obligaciones impuestas a los Estados por la Directiva 2009/147, de conservación de las aves silvestres (en adelante, Directiva de aves) en sus arts. 5 y 8.1, en conexión con el art. 9.1. En concreto, la Comisión cuestionaba el régimen de excepciones establecido en dicho Estado y que permite capturar con trampa, con fines de investigación, ejemplares vivos de siete especies de fringílidos silvestres, esto es, el pinzón vulgar (Fringilla coelebs), el pardillo común (Carduelis cannabina), el jilguero europeo (Carduelis carduelis), el verderón
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