De conformidad con lo dispuesto en el el Real Decreto 1073/2002, de 18 de octubre, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono, y en el Real Decreto 1796/2003, de 26 de diciembre, relativo al ozono en el aire ambiente, el Gobierno de Canarias ha puesto en marcha un Plan de Actuación de Calidad del Aire (BOC Nº 007, Martes 13 de Enero de 2009 – 58) para aquellas zonas en las que se ha constado la superación de los valores límites legales de uno o más de los contaminantes regulados por la normativa citada.
Tomando como referencia los resultados de la evaluación llevada a cabo durante los años 2004, 2005 y 2006, el Plan identifica las áreas concretas dentro de cada zona en las que es necesario adoptar medidas correctoras, describe el orígen de la contaminación y pasa a recoger todas las acciones necesarias para hacer frente a la disminución de la calidad del aire.
La disminución de la contaminación atmosférica de orígen industrial, a través del control de los focos de emisión,