Actividades marítimas:
ARROYO MARTÍNEZ, IGNACIO. “Curso de derecho marítimo: Ley 14/2014, de navegación Marítima (3ª ed.)”. Madrid: Thomson Reuters – Civitas, 2015. 1032 p.
PULIDO BEGINES, Juan Luis. “Curso de derecho de la navegación marítima”. Madrid: Tecnos, 2015. 542 p.
Aguas:
CONSEJO General del Poder Judicial. Fundación AGBAR. “Planificación y ordenamiento jurídico de los recursos hídricos”. Barcelona: Consejo General del Poder Judicial: Fundación AGBAR, 2015. 470 p.
Biodiversidad:
PROGRAMA de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP). “Serie manuales jóvenes por el cambio: biodiversidad y estilos de vida”. Paris. Nairobi: UNESCO: UNEP, 2015. 60 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://unesdoc.unesco.org/ulis/cgi-bin/ulis.pl?lin=1&catno=233963 [Fecha de último acceso 29 de septiembre de 2015].
RUBENS MORATO LEITE, José; PERALTA, Carlos E. et al. (Org). “Perspectivas e desafios para a proteção da biodiversidade no Brasil e na Costa Rica”. [s.l.]: Universidad de Costa Rica: Universidade Federal de Santa Catarina et al., 2014. 504 p., [en línea]. Disponible en Internet: https://maestriaderechoambientalucr.files.wordpress.com/2015/09/arquivo_20140517170251_1477.pdf [Fecha de último acceso 29 de septiembre de 2015].
Biotecnología:
RODRÍGUEZ MERINO, José María. “Ética y derechos humanos en la era biotecnológica (4ª ed.)”. Madrid: Dykinson, 2015. 269 p.
Cambio climático:
EXPERT Group on Global Climate. “Oslo principles on global climate obligations”.
Entra en vigor el CITES en la Unión Europea
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Temas clave: CITES; especies amenazadas; fauna y flora silvestres; controles de comercio; adhesión; entrada en vigor
Resumen:
El pasado 15 de abril tuvimos oportunidad de informar y explicar, a través de esta misma revista, la adhesión de la Unión Europea como organización con personalidad jurídica propia al texto de la Convención sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora, (CITES), algo que hizo a través de la Decisión (UE) 2015/451 del Consejo, de 06 de marzo de 2015, que se explicó en dicho momento y a cuyas palabras me remito.
La cuestión aquí y ahora está en completar lo adelantado en su momento, anunciando la entrada en vigor definitiva, el día 8 de julio de 2015, del texto de la Convención en la Unión Europea, 42 años después de su firma.
Documento adjunto:
Aguas:
BALLABIO, R. et al. “Science diplomacy and transboundary water management: the Orontes River case”. París (Francia): Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), 2015. 224 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://unesdoc.unesco.org/ulis/cgi-bin/ulis.pl?lin=1&catno=233031 [Fecha de último acceso 24 de agosto de 2015].
OSORIO MARULANDA, Carlos. “La gestión del agua: implicaciones de la participación de expertos y ciudadanos”. Madrid: Los libros de la Catarata, 2015. 96 p.
SERRANO TUR, Lidia. “Aguas dulces y Derecho internacional: el agua como bien común y como derecho humano desde la perspectiva del desarrollo sostenible”. Barcelona: Huygens, 2014. 341 p.
Alimentación:
MENÉNDEZ REXACH, Ángel (Dir.). “Estudios jurídicos sobre seguridad alimentaria”. Barcelona: Marcial Pons, 2015. 339 p.
Biodiversidad:
UNESCO Office New Delhi. “Conserving natural heritage and sustaining livelihoods: building partnerships to support UNESCO’s World Heritage Biodiversity Programme, India, experiences from our world natural heritage sites of India; a report”. París (Francia): Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), 2015. 80 p., [en línea]. Disponible en Internet: http://unesdoc.unesco.org/ulis/cgi-bin/ulis.pl?lin=1&catno=233353 [Fecha de último acceso 24 de agosto de 2015].
Contratación pública verde:
MINISTERIO de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. “Informe general sobre el estado
Actividades clasificadas:
CIUDAD VALLS, Iván. “Siniestralidad mortal en el buceo profesional en España (1989-2014)”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 2 junio 2015, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.ecoiurislapagina.com/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAO29B2AcSZYlJi9tynt_SvVK1-B0oQiAYBMk2JBAEOzBiM3mkuwdaUcjKasqgcplVmVdZhZAzO2dvPfee–999577733ujudTif33_8_XGZkAWz2zkrayZ4hgKrIHz9-fB8_IorZ7LOnb3bo2dvbe_Dpzi-8zOumqJaf7e3s3t-5v7OPD4rz66fV9M31Kv_sPCub_BcusrbN68-eFc00K_Wv3yu__uyL4zenr86O_x-b3QVfVQAAAA==WKE [Fecha de último acceso 9 de junio de 2015].
GONZÁLEZ PELLICER, José Manuel. “Fundación de micro-estados flotantes en alta mar: el proyecto «Seasteading»”. Ecoiuris: la página del medio ambiente, 8 junio 2015, pp. 1-15
Actividades marítimas:
FORNARI, Matteo. “Transito e protezione dell’ambiente marino negli stretti utilizzati per la navigazione internazionale”. Rivista giuridica dell’ ambiente, vol. 29, n. 6, noviembre-diciembre 2014, pp. 697-725
GONZÁLEZ PELLICER, José Manuel. “Fundación de micro-estados flotantes en alta mar: el proyecto «Seasteading»”. Diario La Ley, n. 8553, 2015
Agricultura:
BENOZZO, Matteo M. “La bonifica dei siti inquinati nella determinazione delle soglie di contaminazione tra uso effettivo e destinazione urbanistica delle aree: il caso dei terreni agricoli”. Rivista giuridica dell’ ambiente, vol. 29, n. 6, noviembre-diciembre 2014, pp. 643-683
Aguas:
CAÑEZ COTA, Antonio. “La gestión integrada de recursos hídricos en la política federal del agua: propuesta para la nueva Ley General de Aguas en México”. Gestión y análisis de políticas públicas, n. 13, enero- junio 2015, pp. 1-15, [en línea]. Disponible en Internet: http://revistasonline.inap.es/index.php?journal=GAPP&page=article&op=view&path[]=10232 [Fecha de
Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de las Illes Balears
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 77, de 23 de mayo de 2015
Temas Clave: Biodiversidad; Reservas marinas; Pesca; Especies protegidas; Buceo
Resumen:
“Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas”.
Este decreto se dicta en desarrollo de los apartados 3, 4 y 5 del artículo 8 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears, con el objeto de fijar un marco jurídico homogéneo para todas las reservas marinas de las aguas interiores del litoral de la comunidad autónoma de las Illes Balears en cuanto a las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas. Para
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