Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 24 de marzo de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María José Margareto García)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ AS 840/2020 – ECLI:ES:TSJAS: 2020:840
Palabras clave: Autorizaciones y licencias. Urbanismo. Evaluación Ambiental. Evaluación Ambiental Estratégica.
Resumen:
Un particular recurre i) el Acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Siero, de 31 de agosto de 2018, de aprobación del Estudio de Implantación y el Plan Especial presentado por una mercantil para la legalización de obras y usos como cafetería y restaurante y reordenación y urbanización de una estación de servicio y los espacios públicos adyacentes en La Carrera; y ii) el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del mismo Ayuntamiento, de 19 de septiembre de 2018, mediante el que se otorgó licencia de legalización de obras y apertura de local para la estación de servicio con edificio auxiliar destinado a tienda y cafetería-restaurante.
El recurrente considera que el Plan Especial y el Estudio de
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 28 de mayo de 2020 (cuestión prejudicial de interpretación), sobre las Directivas (UE) 2015/1535, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas; 2006/123, de servicios; y, 2009/28, de fomento de las energías renovables: límites legales a la instalación de aerogeneradores eólicos en los Estados (distancias respecto de edificios residenciales)
Autora: Inmaculada Revuelta, Profesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Valencia. Grupo LEGAMBIENTAL
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, (Sala Cuarta), asunto C‑727/17, ECLI:EU:C:2020:393
Palabras clave: Energías renovables. Aerogeneradores. Autorizaciones. Concepto de “servicio”. Objetivos nacionales obligatorios.
Resumen:
La Ley polaca sobre inversiones en aerogeneradores de 2016 estableció un limite a la ubicación de los aerogeneradores eólicos consistente en una distancia mínima respecto de edificios residenciales de, como mínimo, diez veces igual a su altura, desde el suelo hasta el punto más alto de la construcción, incluyendo los elementos técnicos. El Alcalde de Opatów denegó la solicitud de autorización de un parque eólico presentada por Ecowind -empresa de generación y distribución de energía eléctrica y de calor y de prestación de
Decreto-ley foral 6/2020, de 17 de junio, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BON núm. 138, de 23 de junio de 2020
Palabras clave: Energía eólica. Suelos de Elevada Capacidad Agrológica. Autorización. Carretera. Infraestructuras.
Resumen:
Las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad obligan a implementar un sexto paquete de medidas en la Comunidad Foral, a través de la aprobación de este Decreto-ley Foral. Nos centraremos en las establecidas en su Título III.
Con carácter general, las medidas de confinamiento están impulsando un cambio importante hacia fuentes de generación eléctrica sin emisiones de CO2, como las energías eólica, solar fotovoltaica e hidroeléctrica. La Agencia Internacional de la Energía (AIE), destacaba el mes pasado que la recuperación esperada en 2021 no permitirá recuperar el nivel previsto antes de la crisis y que probablemente se producirá un descenso interanual del 13% de nuevas instalaciones renovables de producción eléctrica conectadas a la red, frente
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias de 3 de marzo de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Julio Luis Gallego Otero)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJAS 862/2020 – ECLI:ES:TSJAS:2020:862
Temas Clave: Autorizaciones y licencias. Autorización Ambiental Integrada. Urbanismo. Residuos.
Resumen:
Este pronunciamiento resuelve la impugnación por parte de una mercantil de la Resolución de la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias, de 10 de abril de 2019, de desestimación del recurso de reposición contra la Resolución del Consejero de dicha Consejería, de 7 de noviembre de 2017, que impuso una sanción de multa de 90.001€ por la comisión de una infracción grave tipificada en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Se sanciona la falta de ejecución de unas obras para la recogida de aguas pluviales en el vertedero de Estrellín para cumplir con el condicionado de la Autorización Ambiental Integrada (AAI), concedida mediante Resolución de 2 de mayo de 2008, modificada a 29 de junio de 2009 y
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, de 3 de marzo de 2020 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: María Carmen Frigola Castillón)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ BAL 86/2020 – ECLI: ES: TSJBAL: 2020:86
Temas clave: Urbanismo. Suelo rústico. Licencia legalización. Ordenación territorio. Suelo urbanizable. Edificación.
Resumen:
La parte actora, un particular, recurre el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sant Josep de Sa Talaia que denegó la licencia de legalización de vivienda existente en una finca de la localidad de Sant Jordi. El motivo era la Disposición Transitoria 10 de la Ley de Ordenación y Uso del Suelo (en adelante LOUS, disposición excepcional para legalizar supuestos que estando fuera de ordenación y habiendo prescrito la infracción perseguible, permitía su legalización).
Para la actora, su argumento en la discusión fue que, pese a esa clasificación de ese suelo, como suelo urbanizable (y no rústico), su naturaleza física era la de rústico, y según interpretaban, por ese motivo era de aplicación esa Disposición Transitoria.
La parte expositiva del Decreto Ley 1/2016 de
|