Decreto 33/2024, de 26 de julio, sobre el régimen de intervención administrativa en las actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera en la comunidad autónoma de las Illes Balears
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOIB núm. 10, de 30 de julio de 2024)
Palabras clave: Calidad del aire. Emisiones a la atmósfera. Instalaciones. Autorizaciones. Información.
Resumen:
La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, habilita a las comunidades autónomas para establecer y hacer cumplir los objetivos de calidad del aire en su ámbito territorial, adoptar las medidas de control e inspección necesarias para garantizar el cumplimiento de la norma y ejercer la potestad sancionadora. Asimismo, les faculta para que determinen, dentro de su territorio, los criterios comunes que definen los procedimientos de los organismos de control autorizados.
Por otra parte, el anexo IV de la Ley 34/2007 ha sido modificado por el Real Decreto 100/2011, de 28 de enero, por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación, y por
Sentencia del Tribunal Supremo, de 23 de mayo de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Wenceslao Francisco Olea Godoy)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2786/2024 – ECLI:ES:TS:2024: 2786
Palabras clave: Planes hidrológicos. Demarcación hidrográfica del Segura. Uso del agua. Autorización. Propiedad. Acuíferos sobreexplotados. Sostenibilidad del recurso hídrico.
Resumen:
El Alto Tribunal se pronuncia sobre el recurso contencioso administrativo interpuesto por un particular contra determinadas disposiciones normativas contenidas en el Anexo X del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de diversas demarcaciones hidrográficas, entre ellas la del Segura, cuyo ámbito territorial es definido por el artículo 2.2 del RD 125/2007, de 2 de febrero. En concreto, se impugna el artículo 49 del anexo relativo a los aprovechamientos por disposición legal en masas declaradas en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo.
El recurrente contrasta el inciso final del apartado 2 del precepto impugnado referido a la estimación del volumen a autorizar por parte de la Comisaría de aguas en base a las referencias fijadas en el
Sentencia del Tribunal Supremo, de 14 de mayo de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Carlos Lesmes Serrano)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2590/2024 – ECLI:ES:TS: 2024:2590
Palabras clave: Granjas bovinas. Régimen transitorio. Explotaciones intensivas. Autorización. Seguridad jurídica. Irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.
Resumen:
La Sala se pronuncia en este caso concreto sobre el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una mercantil contra el Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas, en lo que respecta a su disposición transitoria primera.
Han sido partes recurridas la Administración General del Estado, GREENPEACE ESPAÑA y ECOLOGISTAS EN ACCIÓN-CODA.
Para una mejor comprensión del recurso se transcribe el contenido de la DT1ª, que dice: “Los expedientes correspondientes a la autorización de explotaciones en fase de tramitación sobre los que no haya recaído resolución firme en vía administrativa, pero hubieran satisfecho todos y cada uno de los trámites necesarios para iniciar la construcción de las instalaciones directamente implicadas en el proceso de producción con anterioridad
“Decreto-Lei” n.º 34/2024, de 17 de mayo, que altera sistema de concesión de licencias para el sistema de depósito y reembolso de envases de bebidas no reutilizables, que modifica el “Decreto-Lei” n° 152-D/2017, de 11 de diciembre, y el “Decreto-Ley” n° 24/2024, de 26 de marzo
Autora: Amparo Sereno. Profesora en el Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa (ISCAL) e investigadora del Polo del ISCAL en el IJP
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, Nº 96, de 17 de mayo de 2024
Palabras clave: Residuos. Sistema de depósitos y reembolso (SDR). Responsabilidad ampliada del productor (RAP). Envases. Residuos de envases.
Resumen:
La normativa sobre sistema de depósito y reembolso (SDR) para envases no reutilizables de bebidas, introducido por el “Decreto-Lei” n.º 152-D/2017, de 11 de diciembre, fue recientemente alterado por el “Decreto-Lei” n° 24/2024, de 26 de marzo. Este último tenía como objetivo acelerar la implementación del SDR, mediante la creación de un régimen simplificado de presentación de solicitudes a las entidades gestoras del SDR por parte de los productores de envases o envasadores, con el fin de permitir la rápida evaluación de los mismas. Esta urgencia se debe a la necesidad atribuir céleremente las licencias
Decreto ley 5/2024, de 24 de junio, por el que se modifica la Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCAN n. 123, de 25 de junio de 2024
Palabras clave: Energías renovables. Simplificación administrativa. Sector eléctrico. Suelo. Autorizaciones. Redes de transporte de electricidad. Comunicación previa. Energía fotovoltaica. Edificación. Planificación energética. Proyectos de acción climática. “Zonas de aceleración de energías renovables”. Contratación pública. Huella de carbono. “Marca de Excelencia Canaria de Eficiencia Energética y Acción Climática”. Vehículos. Régimen sancionador.
Resumen:
La Ley 6/2022 ha suscitado dudas respecto a la constitucionalidad de varios de sus preceptos, planteadas por la Administración General del Estado, que dieron lugar a una negociación entre dicha Administración y la Administración Autonómica, que culminó con el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Canarias.
Al mismo tiempo, desde la aprobación de la Ley 6/2022, y durante el procedimiento de elaboración de los planes que se contemplan en la misma, se ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar ajustes en el
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