Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala octava), de 15 de diciembre de 2011, asunto C-585/10, que tiene por objeto el planteamiento de una cuestión prejudicial planteada por Vestre Landsret (Dinamarca), en relación con el ámbito de aplicación de la Directiva 96/61/CE de prevención y control integrados de la contaminación, en lo que se refiere a los “emplazamientos para cerdas”
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Temas clave: Directiva 96/61/CE; de prevención y control integrados de la contaminación; Autorización ambiental integrada; ámbito de aplicación; Inclusión de emplazamientos de cerdas jóvenes
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del punto 6.6, letra c), del anexo I de la Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación. La cuestión prejudicial se produce en el marco de un litigio entre el Sr. Moller y el ayuntamiento de Haderslev (Dinamarca) en relación con la orden de este ayuntamiento para que el Sr. Moller que redujera la capacidad de su explotación a un