Decreto 23/2018, de 23 de agosto, por el que se regula el fondo de mejoras, el funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Mejoras y las mejoras forestales en los montes catalogados de utilidad pública
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCyL núm. 165, de 27 de agosto de 2018
Temas Clave: Montes; Aprovechamientos forestales; Mejoras; Planificación
Resumen:
Destinar determinado porcentaje del importe de los aprovechamientos forestales a la realización de actuaciones de mejora en el propio monte aprovechado, a modo de reinversión, ha sido clave en la historia forestal española desde hace casi ciento cincuenta años.
A nivel de la Comunidad de Castilla y León, esta cuestión resulta muy relevante, ya que cuenta en la actualidad con 3.503 montes catalogados, pertenecientes a 2.036 entidades públicas y con una superficie superior a 1.800.000 hectáreas, el 37,8% de la superficie forestal total de la CA. Y es que una adecuada ejecución de mejoras forestales con cargo al Fondo de Mejoras resulta capital para la adecuada conservación y gestión de los montes catalogados, la mejora de su calidad y el fomento del desarrollo económico y social
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, de 25 de mayo de 2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Carlos Altarriba Cano)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CV 1727/2018 – ECLI: ES:TSJCV:2018:1727
Temas Clave: Suelo forestal; Usos; Incendio forestal
Resumen:
La Sala conoce del recurso planteado por una Mercantil frente a la resolución de la Dirección General del Medio Natural y Evaluación Ambiental de 15 de octubre de 2015, por la que no se le autorizaba a la roturación de suelo forestal para su transformación en agrícola con el fin de destinarlo al cultivo de cítricos, en determinadas parcelas del término municipal de Chulilla, ni tampoco en la parte forestal de otras del mismo polígono, al haber sido afectadas por el incendio que se originó el 23 de septiembre 2012.
La Administración justifica su resolución denegatoria en sendos informes técnicos de la Dirección Territorial de Valencia, que consideran los suelos de naturaleza forestal o afectados por un incendio, por lo que debe aplicarse el artículo 50 de la Ley 43/2003 de Montes.
La actora esgrime en su favor
Ley 13/2018, de 1 de junio, de la Generalitat, de modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, forestal de la Comunitat Valenciana
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8309, de 4 de junio de 2018
Temas Clave: Montes; Propiedad; Gestión forestal; Planificación; Terrenos abandonados; Ayuntamientos; Participación
Resumen:
Pasados 24 años desde que la Generalitat Valenciana aprobara su base normativa destinada a encauzar la gestión y el aprovechamiento forestal del territorio valenciano, ha decidido reconsiderar el contexto en el que se desarrolló la Ley 3/1993, de 9 de diciembre. Factores como el cambio climático, los episodios de sequía y lluvias cada vez más extremos, o la despoblación rural, unidos a la aparición de fenómenos novedosos en el desarrollo de incendios forestales como pueden ser los GIF; han contribuido sin duda a esta decisión.
De hecho, durante todo este tiempo, no se han conseguido los objetivos de aumento de propiedad y gestión pública planteados en la ley anterior. De ahí que a través de la presente modificación se van a actualizar sus distintos títulos y capítulos.
En relación
Decreto 67/2018, de 20 de marzo, por el que se regulan los senderos de uso deportivo de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 60, de 27 de marzo de 2018
Temas Clave: Senderos; Usos; Clasificación; Deportes; Medio ambiente; Procedimiento; Señalización
Resumen:
La Ley 3/2017, de 2 de mayo, de regulación de los senderos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece un marco regulador a partir del cual se van a desarrollar las diferentes funciones de los senderos en Andalucía, garantizando que las mismas se realicen en un entorno seguro, sostenible y respetuoso con el mantenimiento y preservación del medio ambiente. Dentro de este ámbito, la práctica de la actividad deportiva en dichos espacios, ha experimentado un incremento debido a su carácter popular. De hecho, los senderos constituyen un extenso recurso natural que invita a la práctica de diversas modalidades deportivas, siempre y cuando se asegure su compatibilidad con la defensa del medio ambiente.
En este sentido, y de conformidad con el artículo 4.b) de la Ley 3/2017, a través de este decreto se regula el
Título: “La novedosa regulación del recurso micológico silvestre en la Comunidad Autónoma de Castilla y León”
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Página 12 de 18Primera«...1011121314...»Última
|