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Costas:<\/strong><\/p>\r\n
P\u00c9REZ-CAYEIRO, Mar\u00eda Luisa. \u201cGesti\u00f3n integrada de \u00e1reas litorales: an\u00e1lisis de los fundamentos de la disciplina\u201d. Madrid: Tebar, 2014. 397 p.<\/p>\r\n
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Derechos fundamentales:<\/strong><\/p>\r\n
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Energ\u00eda:<\/strong><\/p>\r\n
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Energ\u00eda el\u00e9ctrica:<\/strong><\/p>\r\n
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GIL DELGADO, Eduardo. “Conservación de la biodiversidad: manual práctico de gestión sostenible y normativa ambiental aplicable”. Madrid: GREFA. Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat, 2013. 95 p.
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Biodiversidad:
LAGUNA DE PAZ, José Carlos. “Capítulo XXIII: Responsabilidad patrimonial de la Administración por daños causados por la fauna silvestre”. EN: CASARES MARCOS, A.; QUINTANA LÓPEZ, T. “La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: estudio general y ámbitos sectoriales”, Vol. 2, Valencia: Tirant lo Blanch, 2013, pp. 1261-1298
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Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 5 de diciembre de 2013. (Ponente: Encarnación Roca Trías)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT).
Fuente: BOE núm. 7, de 8 de enero de 2014
Temas Clave: “Ciudad del Medio Ambiente”; Leyes singulares; Proyectos regionales; Ordenación del territorio y urbanismo; Consideración de planeamiento urbanístico; Razonabilidad, proporcionalidad y adecuación; Derecho a la tutela judicial efectiva; Inconstitucionalidad y nulidad de la ley
Resumen:
En este supuesto concreto, el Pleno examina el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de cincuenta Diputados del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso contra la Ley de Castilla y León 6/2007, de 28 de marzo, de aprobación del proyecto regional “Ciudad del Medio Ambiente” en la provincia de Soria. Los recurrentes entienden que esta Ley vulnera el principio de igualdad, la reserva de Administración que impone el Estatuto de Autonomía de Castilla y León para el ejercicio de la función ejecutiva y el derecho a la tutela judicial efectiva.
Decisión de la Comisión de 17 de diciembre de 2013, relativa a la notificación por parte del Reino de España del plan nacional transitorio a que se refiere el artículo 32 de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales. (DOUE L352/53, de 24 de diciembre de 2013)
Autora: Doctora Ana María Barrena Medina, miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas Clave: Emisiones Industriales; Plan nacional transitorio, España; Contaminación Atmosférica; Prevención y control integrados de la contaminación
Resumen:
El plan nacional transitorio que España notificó a la Comisión, de conformidad con el artículo 32.5 de la Directiva 2010/75/UE, el 24 de noviembre de 2010, sobre emisiones industriales – prevención y control integrados de la contaminación- y de la Decisión de Ejecución 2012/115/UE de la Comisión, de 10 de febrero de 2012, por la que se establecen las normas relativas a los planes nacionales transitorios a que se hace referencia en la Directiva 2010/75/UE, que incluye las grandes instalaciones de combustión enumeradas en el anexo I de la decisión objeto de esta nota, no se ajusta a los requisitos establecidos en el artículo 32, apartados
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