Derecho ambiental:
ABERASTURI GORRIÑO, Unai “Jurisprudencia ambiental del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”. IeZ: Ingurugiroa eta zuzenbidea: Urtekaria = Ambiente y derecho: Anuario, n. 12, 2014, pp. 312-315, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.eitelkartea.com/default.cfm?atala=2&azpiatala=61&m1=2 [Fecha de último acceso 12 de septiembre de 2014].
AGUDO GONZÁLEZ, Jorge; TRUJILLO PARRA, Lorena. “Perspectiva del derecho del medio ambiente y de las políticas ambientales de la Unión Europea”. Revista Catalana de Dret Ambiental, vol. 5, n. 1, 2014, pp. 1-40, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/viewFile/464 [Fecha de último acceso 25 de septiembre de 2014].
ALENZA GARCÍA, José Francisco. “Derecho y políticas ambientales en Navarra”. Revista Catalana de Dret Ambiental, vol. 5, n. 1, 2014, pp. 1-5, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/viewFile/462 [Fecha de último acceso 25 de septiembre de 2014].
ALENZA GARCÍA, José Francisco. “Jurisprudencia ambiental en Navarra”. Revista Catalana de Dret Ambiental, vol. 5, n. 1, 2014, pp. 1-4, [en línea]. Disponible en Internet: http://www.rcda.cat/index.php/rcda/article/viewFile/453 [Fecha de último acceso 25 de septiembre de 2014].
ÁLVAREZ CARREÑO, Santiago Manuel; PÉREZ DE LOS COBOS HERNÁNDEZ, Elisa. “Derecho y políticas ambientales en la Región de Murcia”. Revista Catalana de Dret Ambiental, vol. 5, n. 1, 2014, pp. 1-19, [en línea]. Disponible en Internet:
Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de julio de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Ponente: Eduardo Calvo Rojas)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: ROJ: STS 3201/2014
Temas Clave: Urbanizaciones Marítimo-Terrestres; Servidumbres; Servidumbre de Tránsito; Dominio Público Marítimo-Terrestre; Deslinde
Resumen:
Esta sentencia resuelve el recurso de casación interpuesto por la representación de Antopinsa,S.L. contra la sentencia de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional de 16 de febrero de 2012, en la que se desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto en representación de la referida entidad mercantil contra la Orden del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de 5 de febrero de 2010 por la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 13.791 metros en la Marina interior Santa Margarita-Río Grao, en los términos municipales de Roses y Palau-Saverdera (Girona).
La entidad recurrente formula dos motivos de casación, si bien el motivo segundo se divide en dos apartados. El primero de los motivos se fundamenta en
Estimados lectores:
El Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT), con el ánimo de consolidar su actividad de divulgación del Derecho Ambiental ha organizado por segundo año consecutivo la presentación del “Observatorio de Políticas Ambientales 2014” en la ciudad de Soria. Se trata de un proyecto con más de ocho años de andadura en el que participan 47 profesores especializados en Derecho Ambiental pertenecientes a 30 diferentes centros universitarios y cuya misión fundamental es efectuar análisis críticos de las políticas ambientales aplicadas en España, dentro del marco internacional, comunitario, nacional y autonómico. Para su organización cuenta con el apoyo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la Fundación Ecología y Desarrollo y el propio CIEDA.
El desarrollo de este evento consistirá en la presentación formal del Observatorio en la que intervendrán, entre otras personalidades, su coordinador, D. Fernando López Ramón, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza; seguida de debate y participación del público.
Nos complace invitarles a este acto, que se celebrará en Soria el próximo martes 28 de octubre, a las 12.00 h, en el Salón Gerardo diego del Círculo Amistad Numancia (C/ Collado, n. 23).
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), de 23 de julio de 2014 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Ana María Victoria Martínez Olalla)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 3170/2014
Temas Clave: Fiscalidad ambiental; Impuesto sobre la Afección Medioambiental causada por Determinados Aprovechamientos del Agua Embalsada, por los Parques Eólicos y por las Instalaciones de Transporte de Energía Eléctrica de Alta Tensión
Resumen:
En este recurso contencioso-administrativo se impugna por parte de la entidad mercantil BRULLÉS EÓLICA S.L.U.,la Orden HAC/112/2012, de 7 de marzo, de la Consejería de Hacienda de la Junta de Castilla y León por la que se aprueba el Modelo de Autoliquidación y las Normas de Gestión del Impuesto sobre la Afección Medioambiental causada por Determinados Aprovechamientos del Agua Embalsada, por los Parques Eólicos y por las Instalaciones de Transporte de Energía Eléctrica de Alta Tensión. La parte actora pretende que se declare la nulidad de esa Orden y se le reintegren los importes abonados. Asimismo, interesa que se plantee cuestión de inconstitucionalidad de la Ley de Castilla y León 1/2012, de 28
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala segunda), de 11 de septiembre de 2014, asunto C-525/12, por la que se desestima el recurso por incumplimiento interpuesto por la Comisión contra Alemania relativo a la Directiva “marco” de aguas y la recuperación de costes por servicios relacionados con el agua
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: http://curia.europa.eu
Temas clave: Directiva “marco” de aguas, recuperación de costes, concepto de “servicios relacionados con el agua”
Resumen:
La Comisión solicita al Tribunal de Justicia que declare que la República Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2000/60/CE “marco” de aguas y, en particular, de los artículos 2.38, y 9 de dicha Directiva al excluir determinados servicios (en particular, el embalse para la producción hidroeléctrica, la navegación y la protección contra las inundaciones, la extracción con fines de irrigación y con fines industriales, así como el autoconsumo) de la aplicación del concepto de «servicios relacionados con el agua».
El recurso se fundamenta en que la República Federal de Alemania limita los servicios relacionados con el agua al abastecimiento de agua y a la recogida, a
|