Se han publicado los siguientes números de publicaciones periódicas con contenido jurídico ambiental:
Actualidad administrativa, n. 6, 2017 Administración de Andalucía: revista andaluza de administración pública, n. 95, mayo-agosto 2016, http://www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/institutodeadministracionpublica/servlet/descarga?up=113801 (The) American review of public administration, vol. 47, n. 5, 2017 Boletín Mexicano de Derecho Comparado, n. 147, septiembre-diciembre 2016, https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/issue/view/544 CEFLegal: revista práctica de derecho: comentarios y casos prácticos, n. 193, 2017 (El) Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, n. 11, n. 12; 2017 Contratación administrativa práctica: revista de la contratación administrativa y de los contratistas, n. 150, 2017 (El) Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, n. 70, junio 2017 Diario La Ley, n. 9022, 2017 Ecoiuris: la página del medio ambiente, julio 2017 Journal of Political Ecology, n. 24, 2017, http://jpe.library.arizona.edu/Volume24/Volume_24.html Lex: revista de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Alas Peruanas, vol. 15, n. 19, 2017, http://revistas.uap.edu.pe/ojs/index.php/LEX/issue/view/134/showToc (La) ley penal: revista de derecho penal, procesal y penitenciario, n. 123, 2016 Maastricht journal of European and comparative law, vol. 23, n. 5, 2016, http://journals.sagepub.com/toc/maaa/23/5 Política exterior, n. 177, 2017 Práctica urbanística: revista mensual de urbanismo, n. 147, 2017 Revista Aranzadi
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda), de 13 de julio de 2017, asunto C-129/16, que tiene por objeto una cuestión prejudicial en relación con la interpretación de la Directiva 2004/35/CE, sobre responsabilidad medioambiental
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asunto C-129/16
Temas clave: Incineración de residuos, quien contamina paga, responsabilidad ambiental, causante, propietario
Resumen:
El 2 de julio de 2014, la autoridad competente de protección medioambiental fue informada de que se incineraban residuos metálicos en un terreno arrendado perteneciente a TTK. La autoridad de protección medioambiental impuso a TTK, en su condición de propietaria del terreno, una multa que fue impugnada la multa ante la misma autoridad, la cual desestimó su reclamación al considerar que la incineración de residuos en un espacio abierto había originado un riesgo para el medio ambiente.
Según la Ley de protección medioambiental, la responsabilidad recae solidariamente en el propietario y el poseedor del bien inmueble de que se trate en el momento de los hechos, salvo que el propietario demuestre, más allá de toda duda razonable, que no puede ser considerado responsable. Dado que
Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de julio de 2017 (Sala Tercera, Sección 4, Ponente: Rafael Toledano Cantero)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2770/2017-ECLI:ES:TS:2017:2770
Temas Clave: Bienestar animal; Fauna; Ganadería; Sanidad animal
Resumen:
Por la Xunta de Galicia se aprobó el Decreto 142/2012, de 14 de junio, por el que se establecen las normas de identificación y ordenación zoosanitaria de los animales equinos en Galicia.
Tal y como se disponía en el expositivo de esta norma, «Galicia cuenta con un sistema de explotación de caballos en régimen de libertad que, por su dimensión y dispersión, no tiene parangón en otros puntos del Estado», siendo que «sólo una pequeña parte de estos caballos de monte carecen de propietario». Por tal motivo, al entender del ejecutivo autonómico, se eliminaba de facto la condición de fauna silvestre de esta clase de caballos, sin perjuicio de que se mantuviese su vida en libertad. De esta manera se aprobaba el citado Decreto 152/2012 que entre otras cuestiones, obligaba a la identificación de los équidos (y de sus movimientos y cambios de propiedad) y a su aseguramiento por los daños que pudiesen ocasionar,
Sentencia de la Audiencia Nacional, de 7 de julio de 2017 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Fernando de Mateo Menéndez)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: SAN 2408/2017 – ECLI: ES:AN:2017:2408
Temas Clave: Embalse de Biscarrués; Aguas; Anteproyecto; Declaración de impacto ambiental; Actos de mero trámite; Regadío; Inundaciones; Deterioro de las masas de agua; Alteración de caudales; Planes Hidrológicos; Interés general; Nulidad de las resoluciones recurridas
Resumen:
La Sociedad Española de Ornitología, la Confederación Ecologistas en Acción-Coda, Greenpeace España, la Asociación para la Defensa de la Naturaleza ADENA/WWF España y la Asociación Amigos de la Tierra impugnan en este caso la resolución de 14 de febrero de 2012 de la Dirección General del Agua, de aprobación del expediente de información pública y del Anteproyecto (02/09) y Adenda (09/11) del embalse de Biscarrués en el río Gállego, término municipal de Biscarrués (Huesca). Igualmente, se recurre la resolución de 8 de julio de 2011 de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Embalse de Biscarrués en el río Gállego.
Con carácter previo,
Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático de Cataluña
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Fuente: DOGC núm. 7426, de 3 de agosto de 2017
Temas clave: Agricultura; Aguas; Atmósfera; Biodiversidad; Cambio climático; Comercio de emisiones; Contaminación atmosférica; Eficiencia energética; Energías renovables; Fiscalidad ambiental; Política ambiental
Resumen:
Esta Ley parte del hecho científico, destacado por el Grupo Intergubernamental de Expertos en Cambio Climático (IPPC), en el que se evidencia el cambio climático y su correlación con la actividad humana, fundamentalmente por los denominados Gases de Efecto Invernadero (GEI) y el cambio en los usos del suelo, tal y como se reconoce en el propio expositivo de la norma.
También en el expositivo de esta norma se hace referencia a los principales aspectos que han contribuido al denominado cambio climático, y los avances que en esferas internacionales se han producido desde el reconocimiento del problema en 1992. Y, de igual modo, se hace mención a los compromisos internacionales que se han ido adquiriendo en las tres últimas décadas y que han culminado con el Acuerdo de París de 2015, y a los compromisos que la Unión Europea ha
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