Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Primera), de 26 de julio de 2017, asuntos C-196 y 197/16, que tiene por objeto la cuestión prejudicial en relación con la interpretación del artículo 2 de la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente
Autor: Ángel Ruiz de Apodaca Espinosa, Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Navarra
Fuente: Tribunal de Justicia de la Unión Europea, asuntos C-196 y 197/16
Temas clave: Evaluación de impacto ambiental, omisión, anulación y posibilidad de posterior legalización
Resumen:
La cuestión prejudicial se plantea en el marco de una serie de litigios entre por un lado los municipios de Corridonia y Loro Piceno (Italia) y varios particulares y por otro lado la provincia de Macerata, en relación con las decisiones en virtud de las cuales esa provincia concluyó que dos plantas de generación de energía eléctrica a partir de biogás respetaban las exigencias ambientales, tras los procedimientos de evaluación efectuados con posterioridad a la construcción y a la entrada en servicio de esas instalaciones tras la anulación de sus autorizaciones inicialmente otorgadas.
El órgano judicial italiano plantea al respecto
Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de julio de 2017 (Sala Tercera, Sección 5, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autor: Dr. Fernando López Pérez, Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STS 2923/2017-ECLI:ES:TS:2017:2923
Temas Clave: Clasificación de suelos; Planeamiento urbanístico; Urbanismo
Resumen:
El 14 de septiembre de 2012, se aprobó el Plan General de Ordenación Urbana de Abegondo (Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Junta de Galicia). Abegondo es una localidad próxima a la ciudad de A Coruña (aproximadamente a 20 kilómetros), con una población total de 5.533 habitantes (según datos actualizados a 2016 por el Instituto Nacional de Estadística).
Ciñéndonos a las previsiones de crecimiento en número de viviendas, contempladas en este instrumento urbanístico, sobresale el número de viviendas nuevas previstas, 2.622 para un horizonte temporal de 16 años. Este dato contrasta con el número de viviendas existentes actuales (3.400 viviendas), sobre todo porque la tendencia poblacional del municipio indica una disminución paulatina del número de habitantes en los últimos años.
Pues bien, dicha Orden aprobando el Plan General de Ordenación Urbana de Abegondo (PGOU) fue recurrida en su día por la Plataforma de Afectados por el Plan General,
Ley n.º 44/2017, de 19 de junio, que altera la Ley de Aguas
Autora: Amparo Sereno. Profesora de Derecho Ambiental de la Universidad Autónoma de Lisboa (UAL, Portugal)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, — N.º 116 — 19 de junio de 2017, que altera la Ley de Aguas
Temas Clave: aguas; recursos hídricos; abastecimiento; saneamiento
Resumen: Mediante esta Ley se realiza la quinta alteración de la Ley de Aguas, Ley n.º 58/2005, de 29 de diciembre. La misma, ya había sido modificada por los siguientes “Decretos-Leis” (DL): DL nº 245/2009, de 22 de septiembre, DL nº 60/2012, de 14 de marzo, y DL nº 130/2012, de 22 de junio. Además el año pasado la Ley de Aguas fue alterada mediante la Ley n.º 42/2016, de 28 de diciembre.
Específicamente, la alteración realizada consiste en la adición de un nuevo principio a los nueve que ya constaban en el artículo 3º nº 1 de la Ley n.º 58/2005, de 29 de diciembre, que con la referida modificación pasa a tener diez principios. El nuevo fue introducido en la línea b) del nº 1 del referido artículo y se denomina “Principio de la gestión pública del agua”.
El mismo
Régimen de libre acceso a la información pública ambiental
Autora: Noemí Pino Miklavec. Dra. en Derecho por la Universidad de Alicante y Docente de la Universidad Nacional del Comahue Argentina
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2004, número 30312, p. 1. Ley 25.831
Temas Clave: Acceso a la información pública ambiental. Sujetos obligados brindar información ambiental. Procedimiento y plazo para la resolución de las solicitudes de información ambiental. Denegación de la información
Resumen:
La ley 25.831, es una norma de presupuestos mínimos de protección ambiental destinada a garantizar el derecho de acceso a la información ambiental que obra en poder del Estado, cualquiera sea el ámbito jurisdiccional, como de entes autárquicos y empresas prestadoras de servicios públicos, sean públicas, privadas o mixtas.
Comentario:
La ley 25.831, sancionada el 26 de noviembre de 2003, es una ley corta de once artículos, que viene a complementar lo previsto por la Ley 25.675 (LGA), respecto del derecho de raigambre constitucional de información ambiental, en la medida que desarrolla lo previsto en el artículo 41 de la Constitución Nacional, estableciendo entre los objetivos que debe cumplir la política ambiental nacional, la organización e integración de la información ambiental y el acceso
Sentencia D-28-2016 del Tribunal Ambiental de Santiago, de 31 de julio de 2017
Autora: Pilar Moraga Sariego, Profesora Asociada, Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Centro de Derecho Ambiental [1].
Fuente: STAS Rol N° D-28-2016, Sentencia de 31 de julio de 2017
Temas clave: Daño ambiental (degradación del suelo; flora, fauna y paisaje; biodiversidad); legitimación activa; reparación al medio ambiente
Resumen:
Inversiones las Ágatas SpA presenta demanda por daño ambiental conforme al artículo 54 de la Ley 19.300, ante el Tribunal Ambiental de Santiago, en contra de María Malhue Gross, por las obras que esta última realizó en su predio, ubicado en la comuna de Vichuquén, colindante al predio de la demandante.
Tales obras consistirían en el movimiento de tierras del predio de la demandada, con el objeto de formar tres planicies, lo que a juicio de la demandante, habría significado daño ambiental, en razón de la eliminación de un cerro, de la afectación significativa de los componentes suelo, flora, fauna y paisaje, al ecosistema, a su biodiversidad, de la pérdida de servicios ambientales de especies de flora y fauna que fueron afectadas con los trabajos y el depósito de tierras sobrantes en una quebrada natural colindante a
|