Ley 5/2019, de 28 de febrero, de la Generalitat, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGV núm. 8500, de 6 de marzo de 2019
Temas Clave: agricultura; modernización explotación agraria; política agraria; derecho agrario, concentración parcelaria; bancos de tierras; ordenación de la propiedad rústica; tierra agrícola; tierra abandonada; utilización de las tierras; asignación de tierras
Resumen:
Destacan algunas novedades en la presente ley:
a) Se crea la figura del agente dinamizador, como persona que impulsará técnicamente la gestión sostenible del territorio, para facilitar los procesos de reestructuración, iniciativas de gestión en común y la Red de Tierras.
b) Se define el mapa agronómico, que constituirá una herramienta de información para las políticas agrarias de la Generalitat y, en general, para la gestión del suelo agrario de todos los agentes del sector.
c) Con el fin de obtener la “foto” real de las parcelas abandonadas se define el suelo agrícola infrautilizado, y se proponen alternativas realistas y viables como la cesión incentivada a terceros o a la Red de Tierras.
–En casos extremos de abandono total, se abre la posibilidad de declaración