Se publican las Recomendaciones de la Comisión sobre los planes integrados de energía y clima de los estados miembros coincidiendo con la Cumbre del Clima de la ONU
Autora: Sara García García, Doctoranda en Derecho de la Universidad de Valladolid
Fuente: DOUE C 297 de 3 de septiembre de 2019
Temas clave: clima; plan nacional integrado de energía y clima
Septiembre ha sido un mes marcado a nivel ambiental por la Cumbre de las Naciones Unidas sobre la Acción Climática celebrada el pasado día 23 en Nueva York.
Ha sido un evento en el que ha destacado el compromiso adquirido con la naturaleza que han mostrado, primero los más jóvenes, aparentemente concienciados ya de la necesidad de racionalizar el uso de los recursos; y después los Estados, pues en torno a 70 países se han comprometido a recortar sus emisiones y desarrollar medidas contra la crisis climática.
El punto negativo llega con la desvinculación de tales intenciones realizada por tres de los Estados más contaminantes del momento: Estados Unidos, China e India.
Muy próxima en fecha y contenido, la Comisión Europea publica sus análisis y recomendaciones sobre el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima elaborado por cada Estado miembro
La Comunidad Valenciana aumenta su red de microrreservas de flora
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOCV 8617, de 21 de agosto de 2019
Temas Clave: Biodiversidad; Flora amenazada; Microrreserva; Endemismos; Espacios naturales protegidos; Comunidad autónoma; Propiedad privada, Custodia del territorio; Participación
Resumen:
El marco normativo de la Comunidad Valenciana en materia de espacios naturales viene establecido por la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos. Es esta Ley se configuran diferentes categorías de protección. A continuación, se aprobó el Decreto 218/1994, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se crea la figura de protección de especies silvestres denominada microrreserva vegetal, se definieron las microrreservas vegetales. Posteriormente su denominación pasó a ser «microrreserva de flora» mediante el Decreto 70/2009, de 22 de mayo, del Consell, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas y se regulan medidas adicionales de conservación.
Realmente se trataría de una iniciativa dentro de lo que se conoce como la custodia del territorio. En sus comienzos, durante los años 1997, 2007 y 2008 se concedieron subvenciones a los propietarios de terrenos
Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de julio de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, número de recurso: 487/2017, Ponente: Francisco Javier Borrego Borrego)
Autora: Dra. Lucía Casado Casado, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universitat Rovira i Virgili e Investigadora del Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Fuente: Roj: STS 2385/2019 – ECLI: ES:TS:2019:2385
Temas Clave: Plan Hidrológico de Cuenca; Aguas; Cuenca Hidrográfica; Demarcación Hidrográfica; Reglamento; Acto singular
Resumen:
Esta Sentencia resuelve el recurso contencioso-administrativo formulado por la Comunidad Autónoma de Aragón contra el Real Decreto 450/2017, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial, siendo parte recurrida la Administración General del Estado, la Generalitat de Cataluña, Emplazamientos Radiales S.L. y la Unió de Federacions Esportives de Catalunya, quien se allanó por escrito presentado el 27 de junio de 2018, teniéndola por allanada por providencia del 10 de julio de 2018.
La recurrente solicita que se dicte sentencia estimatoria de este recurso y de la pretensión en él formulada de declaración de nulidad de pleno derecho del Real Decreto 450/2017, comprendiendo la nulidad de su Programa de medidas.
Por el contrario, la Administración General
Decreto 97/2019, de 18 de julio, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre (código de procedimiento MT701A y MT701B)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOG núm. 15, de 9 de agosto de 2019
Temas Clave: Servidumbre de protección; Competencias; Disciplina urbanística; Ordenación territorio; Dominio público marítimo –terrestre; Litoral
Resumen:
En el marco del complejo reparto competencial que se establece sobre el litoral, de conformidad con la interpretación hecha por el Tribunal Constitucional en las sentencias 149/1991, de 4 de julio, y 198/1991, de 17 de octubre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 148.1.3 de la Constitución española, y 27.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, corresponde en exclusiva a la Comunidad Autónoma de Galicia la competencia en materia de ordenación del territorio y del litoral, según lo dispuesto en los artículos 148.1.9 y 149.1.23 de la Constitución española.
El Decreto 199/2004, de 29 de julio, reguló por primera vez las competencias autonómicas en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, de conformidad con los criterios
Estimados lectores:
Por sexto año consecutivo, tenemos el placer de ofrecerles la Memoria 2018 que gustosamente nos ha facilitado en primicia el Excmo. Fiscal de Sala Coordinador de Medio Ambiente y Urbanismo, que detalla las actividades e iniciativas desarrolladas por la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado a lo largo del año 2018, siguiendo la misma línea fijada en las memorias precedentes.
Se analizan los temas relativos a las actividades e iniciativas desarrolladas por la Fiscalía de medio ambiente y urbanismo, como son sus relaciones institucionales e internacionales o actividades desarrolladas en materia de formación.
Cabe destacar que se introducen algunos apartados nuevos en el ámbito de la casuística: fondeaderos ilegales, pesticidas, la presencia del cangrejo azul en la Albufera de Valencia, responsabilidad penal de las personas jurídicas y un mayor énfasis en el tráfico de especies protegidas (CITES).
En un detallado capítulo se examinan las aportaciones más reseñables en la materia realizadas por las Secciones de Medio Ambiente de las Fiscalías de España, como son el urbanismo y ordenación del territorio, prevaricación en ordenación del territorio y otros delitos de similar naturaleza, demoliciones, incendios forestales, patrimonio histórico, grafiteros, especies protegidas de flora y
|