Real Decreto 712/2022, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 209, de 31 de agosto de 2022
Palabras clave: Fiscalidad ambiental. Emisiones. Autorizaciones. Registro.
Resumen:
Al objeto de reducir las emisiones ocasionadas por los gases fluorados de efecto invernadero, resultó oportuno introducir mecanismos de corrección de las externalidades ambientales. Al efecto, mediante el artículo 5 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, se introdujo en nuestro ordenamiento el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero (IGFEI).
No obstante, resulta necesario introducir una mayor sencillez del impuesto, que contribuya al mejor cumplimiento de la norma, e incrementar las medidas que favorezcan una efectiva lucha contra el fraude fiscal, especialmente en las adquisiciones transfronterizas. Por otra parte, la modificación del IGFEI es uno de los compromisos asumidos con la Comisión Europea y recogido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
Decreto 47/2022, de 17 de agosto, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Alto Najerilla
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de la Rioja, n. 160, de 22 de agosto de 2022
Palabras clave: Espacio Natural Protegido. Biodiversidad. Parque Natural.
Resumen:
El Alto Najerilla, integrado por la totalidad de los términos municipales de Brieva de Cameros, Canales de la Sierra, Mansilla de la Sierra, Ventrosa de la Sierra, Villavelayo, Viniegra de Abajo y Viniegra de Arriba, en el límite suroccidental de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ha formado durante siglos una entidad geográfica, cultural y administrativa diferenciada e identificada bajo distintas denominaciones. Aunque su relación con los municipios y comarcas que la rodean ha variado a lo largo del tiempo, su situación geográfica ha favorecido un cierto aislamiento y una agrupación natural de los siete municipios que la integran actualmente.
El escaso poblamiento que permite la complicada orografía de la comarca, agudizada en tiempos recientes por los procesos de despoblamiento rural y unido a una actividad humana muy enfocada a la ganadería
Decreto 46/2022, de 17 de agosto, por el que se amplía la Red Natura 2000 en La Rioja y se aprueban los planes de gestión y ordenación de los recursos naturales
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Boletín Oficial de La Rioja, n. 159, de 19 de agosto de 2022
Palabras clave: Red Natura 2000. Zona Especial Conservación (ZEC). Lugar de Interés Comunitario (LIC). Zona Especial Protección Aves (ZEPA). Biodiversidad. Espacio Natural Protegido.
Resumen:
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad traspone a la legislación interna del país, las Directivas europeas sobre conservación de biodiversidad, tanto la de Aves como la de Hábitats. Establece que la Red Ecológica Europea Natura 2000 es una red ecológica coherente compuesta por las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) para las que la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas fijarán las medidas de conservación necesarias. Igualmente las administraciones competentes tomarán las medidas apropiadas, en especial a través de la implementación de dichos planes o instrumentos de gestión, para
Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, de aprobación de la «Estrategia para la conservación y gestión del lobo Canis lupus y su convivencia con las actividades del medio rural»
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 196, de 16 de agosto de 2022
Palabras clave: Lobo. Planificación. Gestión. Conservación. Ganadería. Presupuestos.
Resumen:
La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente es el órgano consultivo y de colaboración entre la Administración General del Estado y las administraciones de las Comunidades Autónomas para la coordinación de sus políticas y actuaciones medioambientales. El MITECO y las CCAA han elaborado esta estrategia en el seno del Comité de Flora y Fauna Silvestres de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad. En el marco de sus respectivas competencias, han considerado necesario disponer de una nueva Estrategia que actualice la vigente desde 2005 y proponga las líneas prioritarias de actuación acorde con los cambios acontecidos en el estatus legal de la especie en el
Decreto Ley 8/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el cual se modifica el texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, n. 9405, de 16 de agosto de 2022
Palabras clave: Paisaje. Urbanismo. Expropiación. Declaración Utilidad Pública.
Resumen:
La justificación del legislador valenciano para implementar esta norma es la necesidad derivada de la actual situación económica, climática y geopolítica, y como ello afecta a las políticas energéticas y medioambientales en Europa.
Los proyectos de energías renovables en la Generalitat Valenciana, se está impulsando a través del Decreto ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica. Para llevar a cabo estos proyectos, lógicamente, se hace necesario la adquisición previa de los derechos para su instalación.
La guerra de Ucrania y la consecuente crisis energética también se emplea como argumento para modificar la legislación para instalar estos proyectos de
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