Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos), de 19 de julio de 2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Francisco Javier Zatarain Valdemoro)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CL 3211/2024 – ECLI:ES: TSJCL: 2024:3211
Palabras clave: Ruido. Valores límite. Derechos fundamentales. Informes técnicos. Incidencia acústica. Área acústica.
Resumen:
La Sala conoce del recurso de apelación formulado por una comunidad de propietarios de Valladolid contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 4 de la misma ciudad, que a su vez desestimó el recurso planteado por aquella contra la resolución del ayuntamiento de esa localidad que suspendió los límites legales del ruido durante las fiestas Patronales de San Antonio de Padua 2022.
Dejando al margen el pronunciamiento sobre la pérdida sobrevenida del objeto que no es acogido por la Sala; el fondo del asunto se basa en la exigencia establecida en el art. 10 de la Ley 5/2009, del Ruido de Castilla y León, sobre la necesidad de informes técnicos cuando se acuerda la suspensión provisional de los valores límite de ruido.