Orden de 13 de mayo de 2022, por la que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes de la Comunidad Autónoma de Andalucía (IGOMCAA)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA núm. 95, de 20 de mayo de 2022
Palabras clave: Montes. Gestión forestal. Planificación. Proyectos de ordenación. Aprovechamientos forestales.
Resumen:
A lo largo de más de 15 años de experiencia en la ordenación de montes en Andalucía, se han ido detectando ciertas dificultades tanto en los planteamientos conceptuales como en la adaptación a una nueva realidad social y económica, habiéndose asimismo consolidado el empleo de nuevas tecnologías que ofrecen oportunidades para mejorar las técnicas de inventario y la redacción de los Proyectos de ordenación de montes y de los Planes técnicos.
Cada día aumenta la necesidad de disponer de un documento de planificación vigente, ante la demanda de aprovechamientos de productos forestales que cumplan con estándares de certificación de buenas prácticas en materia de gestión forestal sostenible. Además, existe el requerimiento de ampliar la tipología de instrumentos de ordenación forestal, que permita la posibilidad de acogerse a la figura
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 31 de marzo de 2022 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 6, Ponente: Cristina Concepción Cadenas Cortina)
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: STSJ M 4086/2022 – ECLI:ES: TSJM:2022:4086
Palabras clave: Costas. Servidumbre de protección. Dominio público marítimo-terrestre. Suelo urbano. Planes municipales. Competencias.
Resumen:
La Sala examina el recurso contencioso-administrativo formulado por la mercantil TOURING CLUB EUROVILLAGE S.A. contra la desestimación presunta del recurso de alzada en su día interpuesto frente al Informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar del Ministerio para la Transición Ecológica, emitido en fecha 19 de diciembre de 2018, que informa desfavorablemente la solicitud de reducción de la anchura de la servidumbre de protección en el ámbito del Plan Especial PEU-5 Cala Montjoi, en el término municipal de Roses, Girona, al no darse los requisitos previstos en la Disposición Transitoria tercera de la Ley 22/88 de Costas, refiriéndose también a la Disposición Transitoria primera de la Ley 2/2013.
La demandante es la sociedad gestora de la Ciudad de Vacaciones Cala Montjoi. En su opinión, se trata
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de 21 de marzo de 2022 (Sala de lo contencioso administrativo. Sección 5ª. Barcelona. Ponente: Francisco José Sospedra Navas)
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Roj: STSJ CAT 1577/2022 – ECLI:ES :TSJCAT: 2022:1577
Palabras clave: Contaminación. Restricción circulación. Zona bajas emisiones. Principio proporcionalidad. Principio seguridad jurídica. Transporte urbano.
Resumen:
En esta sentencia, la actora es una asociación que interviene en representación de empresas relacionadas con el transporte de viajeros en carretera. El objeto del recurso es la Ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona sobre restricción de la circulación de determinados vehículos en la ciudad de Barcelona. Concretamente se solicita la nulidad de la citada Ordenanza Municipal o, subsidiariamente, que se declare la nulidad parcial de los artículos 2, 4, apartados 3 y 4, 11.2, 13.1.b), 18, disposición transitoria primera, disposición final primera y anexos 2 y 3.
Las alegaciones expuestas son las siguientes.
La Ordenanza es nula de pleno derecho al no haberse otorgado un nuevo trámite de información pública. Como segundo argumento, la Ordenanza carece de motivación, por lo que incurre en arbitrariedad. El tercero
Decreto Ley 5/2022, de 17 de mayo, de medidas urgentes para contribuir a paliar los efectos del conflicto bélico de Ucrania en Cataluña y de actualización de determinadas medidas adoptadas durante la pandemia de la COVID-19
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, número 8760 de fecha 18 de mayo de 2022
Palabras clave: Energías renovables. Simplificación administrativa. Crisis económica. Regresión normativa. Regresión normativa.
Resumen:
La simplificación normativa en la tramitación de proyectos y obras se está convirtiendo en una norma cada vez más generalizada, en este caso, el argumento es paliar los efectos económicos generados a raíz de la crisis pandémica y del conflicto bélico que sufre Ucrania. Concretamente, en el marco legal establecido por el artículo 7 del Real Decreto ley 6/2022, de 29 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, ha simplificado los procedimientos de autorización de proyectos de generación, mediante energías renovables, de competencia de la Administración general del Estado.
Por
Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como el sistema de garantías de origen de los gases renovables
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE n. 118, de 18 de mayo de 2022
Palabras Clave: Energías renovables. Biocombustibles. Gases renovables. Emisiones de GEI. Eficiencia energética. Ayudas. Transporte.
Resumen:
Constituye el objeto de este real decreto la transposición parcial de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, y en particular, los artículos 2, 19, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y los anexos V, VI, VIII y IX.
Sus objetivos son:
a) La regulación de los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa requeridos para poder optar a una ayuda financiera al consumo de dichos combustibles y para
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