Los pa\u00edses tienen un plazo de un a\u00f1o para aplicar las nuevas reglas, que endurecen las sanciones existentes hasta ahora, generalmente multas, dirigidas a los Estados de bandera de los barcos, a los propietarios y fletadores, a las sociedades de clasificaci\u00f3n y a los pa\u00edses costeros.<\/p>\n
A partir de ahora, todos los Estados europeos tendr\u00e1n que considerar delito las infracciones m\u00e1s serias, es decir, aquellas que deterioran la calidad del agua.<\/p>\n
Pero tambi\u00e9n se enfrentar\u00e1n a sanciones penales los responsables de da\u00f1os menos graves si act\u00faan de forma repetida, deliberada o si la contaminaci\u00f3n es consecuencia de una negligencia seria.<\/p>\n
El ponente de la legislaci\u00f3n en el Parlamento Europeo, el espa\u00f1ol Luis de Grandes (PP), ha sido uno de los defensores de esta medida, como f\u00f3rmula para acabar con los habituales vertidos que se repiten en zonas como la Bah\u00eda de Algeciras (C\u00e1diz).<\/p>\n
En numerosas ocasiones, ciudadanos y organizaciones ecologistas han denunciado ante la Euroc\u00e1mara la situaci\u00f3n en esa zona.<\/p>\n
La intenci\u00f3n de las instituciones europeas es que con el endurecimiento de las sanciones se evite que, como sucede ahora en muchos casos, las empresas responsables de los vertidos prefieran pagar las multas y seguir contaminando, explicaron fuentes parlamentarias.<\/p>\n
La penas como consecuencia de la contaminaci\u00f3n podr\u00e1n ser decididas por cada pa\u00eds, siempre que las sanciones sean \u00abefectivas, proporcionadas y disuasorias\u00bb.<\/p>","post_title":"Actualidad. Vertidos al mar","post_excerpt":"","post_status":"publish","comment_status":"closed","ping_status":"closed","post_password":"","post_name":"actualidad-vertidos-al-mar","to_ping":"","pinged":"","post_modified":"2009-05-05 17:08:31","post_modified_gmt":"2009-05-05 17:08:31","post_content_filtered":"","post_parent":0,"guid":"http:\/\/actualidadjuridicaambiental.wordpress.com\/?p=1392","menu_order":0,"post_type":"post","post_mime_type":"","comment_count":"0","filter":"raw"};-->
Los vertidos contaminantes graves en el mar serán tipificados como delito en toda Europa a partir del 2010 y sus responsables se enfrentarán a sanciones penales, según las nuevas normas aprobadas hoy por el Parlamento Europeo (PE) impulsadas por los siniestros sufridos en El Estrecho.
La Eurocámara respaldó con 588 votos a favor, 42 en contra y 3 abstenciones el acuerdo previo alcanzado entre sus representantes y los de los Estados miembros para sacar adelante la revisión de la legislación en primera lectura.
Fuente: Gaceta Informativa. Boletín de Novedades Jurídicas de Lex Nova, 24 de abril de 2009
El día 24 de abril ha entrado en vigor la Orden ministerial que actualiza el Código Técnico de la Edificación y, en particular, el nuevo Documento Básico de Protección frente al Ruido.
“Esta nueva normativa triplica las exigencias de aislamiento acústico de los hogares y supondrá un incremento medio del precio de entre 0,3% y el 0,6% (si consideramos el precio medio de la vivienda en España en 1.958,1 €/m2). Además, la aplicación del Documento Básico costará como media 9,56 €/m2, según un estudio de la Asociación Española contra la Contaminación Acústica (AECOR), realizado para el Ministerio de Vivienda. (…)
De esta nueva norma destacan dos cambios fundamentales que introduce respecto a la anterior normativa:
Véase el artículo EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS AL MEDIO AMBIENTE de Juan José Bautista Romero, publicado en el número 18 (enero 2009) de la Revista Electrónica de Derecho Ambiental “Medio Ambiente y derecho”.
Véase el artículo LA PROTECCIÓN CIVIL FRENTE AL RUIDO de Pablo Surroca Casas, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Morón de la Frontera, publicado en el número 18 (enero 2009) de la Revista Electrónica de Derecho Ambiental “Medio Ambiente y derecho”.
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.