Fuente: Europapress. Última Consulta: 7/11/2009
En sentencia dictada el pasado 15 de julio de 2009, el Tribunal Supremo declaró nulo el apartado 4.A.a. del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión 2005-2007, aprobado por Real Decreto 1866/2004, de 6 de septiembre, por considerar que el método de asignación de derechos de emisión de CO2 definido en la norma provoca “diferencias injustificadas” entre las instalaciones del sector eléctrico que afectan a la competencia, al tomar como referencia las emisiones de 2000-2002, según el texto de la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.
En noviembre de 2004, las entonces Electra Viesgo Distribución y Viesgo Generación, actualmente propiedad e E.ON, presentaron recurso contencioso administrativo cuestionando la legalidad del método de asignación, alegando que ésta generaba “diferencias injustificadas” entre las diferentes instalaciones eléctricas y “favorecía a determinadas empresas” falseando la competencia.
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Séptima) de 23 de septiembre de 2009, asunto T-263/07, República de Estonia/Comisión Europea
Autor de la nota: José Pernas García, profesor contratado doctor de la Universidade da Coruña
Palabras clave: Directiva 2003/87/CE; Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; Plan nacional de asignación de derechos de emisión de Estonia para el período entre 2008 y 2012; Competencias respectivas de los Estados miembros y de la Comisión; principio de subsidiariedad; igualdad de trato; artículo 9, apartados 1 y 3, y artículo 11, apartado 2, de la Directiva 2003/87; reservas de derechos de emisión; vulneración del principio de buena administración.
Resumen:
De conformidad con la Directiva 2003/87 sobre comercio de emisiones, la República de Estonia notificó a la Comisión de las Comunidades Europeas su plan nacional de asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. El 4 de mayo de 2007, la Comisión adoptó su Decisión relativa al plan nacional de asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero notificado por la República de Estonia para el período comprendido
Título: “Situación actual y nuevas perspectivas del Derecho Ambiental de Galicia. La normativa ambiental básica del Estado: evolución, contenidos y nuevas tendencias”
Autor: Javier Sanz Larruga, Profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidade da Coruña
Fecha de recepción: 15 de octubre de 2009
Fecha de aceptación: 26 de octubre de 2009
Resumen:
El autor resume la jurisprudencia constitucional en lo relativo a las competencias del Estado sobre el medio ambiente y se aproxima a la evolución histórica del grupo normativo ambiental estatal, esbozando con carácter general las líneas maestras del Derecho básico estatal en esta materia, como punto de llegada de la transposición del Derecho comunitario ambiental y punto de partida de la normativa adicional y de desarrollo de las Comunidades Autónomas y aportando finalmente una reflexión sobre el futuro del Derecho ambiental español.
Aguas
Ciro Rampulla, Francesco, “Il governo e la gestione del ciclo integrato delle acque”, Rivista giuridica dell’ ambiente, núm. 2, 2009.
Cambio climático
García Lupiola, Asier, “La política medioambiental de la unión europea ante el cambio climático”, Revista Electrónica de Derecho Ambiental, núm. 18, enero 2009.
Deforestación
Maria Pachta, Giuliana Torta, “Combattere la deforestazione e lo sfruttamento illegale delle foreste: le iniziative della Commissione europea”, Rivista giuridica dell’ ambiente, ISSN 0394-2287, núm. 2, 2009, pp. 415-423.
Desarrollo sostenible
León Jiménez, F., “¿Derechos ambientales de las generaciones futuras?”, Revista Electrónica de Derecho Ambiental, núm. 18, enero 2009.
Decreto 357/2009, de 20 de octubre, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas de las cuencas intracomunitarias situadas en Andalucía (BOJA nº 208 de 23 de octubre de 2009).
Mediante este Decreto se delimita el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas de las cuencas internas andaluzas cuyas funciones y servicios han sido traspasadas: la demarcación de las cuencas hidrográficas vertientes al mar Mediterráneo, y las dos demarcaciones de las cuencas hidrográficas vertientes al Atlántico, correspondientes a las cuencas del Guadalete y Barbate y las del Tinto, Odiel y Piedras.
|