Ley 1/2010, de 2 de marzo, de declaración del Parque Natural de “Laguna Negra y Circos Glaciares de Urbión” (Soria). (BOCyL núm. 47 , de 10 de marzo de 2010)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación de Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Resumen:
A tenor de lo dispuesto en la Ley de 2 de marzo de 2010, la zona en la que se ubica “Laguna Negra y Circos Glaciares de Urbión” (Soria), incluida en el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, cuyo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales fue aprobado por Decreto 40/2008, de 29 de mayo y designada por la Unión Europea, Zona de Especial Protección para las Aves desde el 31 de agosto de 2000 y Lugar de Importancia Comunitaria por Decisión de la Comisión Europea de 19 de julio de 2006, posee unas condiciones naturales sobresalientes que han justificado la aprobación de un marco jurídico adecuado para su protección, escogiéndose la figura de Parque Natural.
Se trata de uno de los lugares más emblemáticos de la provincia de Soria desde el punto
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos) de 18 de enero de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Ponente: Eusebio Revilla Revilla).
Fuente: CENDOJ. ID CENDOJ. 09059330012010100035
Autor de la nota: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA – CIEMAT)
Resumen:
El objeto del recurso se centra en el enjuiciamiento de la conformidad o no a derecho de la Orden 2113/2007, de 27 de diciembre de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León por la que se aprueba la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Segovia, en lo referente al cambio de categorización de la clasificación de la finca rústica propiedad del recurrente con una superficie de 77.800 m2, que ha pasado de ser suelo rústico común, destinada al cultivo con fines agrícolas a ser clasificada como suelo rústico con protección natural -formaciones de encinas-.
La cuestión esencial objeto de debate es si la actuación administrativa que implica el cambio de clasificación (“ius variandi”) está suficientemente motivada y justificada, partiendo de la base de estar ante un
Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2009 (Sala de lo Penal, Sección 1ª)
Fuente: WESTLAW (RJ 2009\1846)
Autora de la nota: Luz María Puente Aba. Profesora Contratada Doctora de Derecho Penal de la Universidade da Coruña.
Palabras clave: Delito ecológico, agravante de clandestinidad, contaminación acústica, concurso de delitos entre delito ecológico y lesiones.
Resumen:
El Tribunal Supremo declara haber lugar al recurso de casación nº 599/2009 presentado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 18-11-2008 (ARP 2009\167), que condenaba al acusado por un delito contra el medio ambiente en el que concurría la agravante de clandestinidad (art. 326.b) del CP) y lo absolvía de nueve delitos de lesiones; la sentencia del Tribunal Supremo, manteniendo el pronunciamiento de instancia relativo al delito ecológico, condena también al acusado por nueve faltas de lesiones. Se trata de un caso de contaminación acústica: el acusado regentaba un local que había obtenido la licencia para actividades de restauración y bebidas, pero que dedicó a actividades propias de discoteca, incumpliendo los horarios de apertura y superando ampliamente el límite máximo de ruidos
Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Sala Octava) de 25 de febrero de 2010, asunto C‑209/09, Lahti Energia Oy
Autor de la nota: José Pernas García, profesor contratado doctor de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Palabras clave: Directiva 2000/76/CE; incineración de residuos; instalación de incineración; instalación de coincineración; complejo constituido por una fábrica de gas y una central productora de energía; concepto de unidad técnica; incineración en la central productora de energía de gas no purificado obtenido mediante tratamiento térmico de residuos en la fábrica de gas; concepto de residuo.
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 3 de la Directiva 2000/76/CE, de 4 de diciembre de 2000, relativa a la incineración de residuos. Dicha petición se presentó en el marco de un litigio entre Lahti Energia Oy, empresa perteneciente a la ciudad de Lahti, y el Servicio medioambiental de Finlandia oriental (en lo sucesivo, «ympäristölupavirasto»), relativo a la sujeción a las exigencias de la Directiva 2000/76 de un complejo constituido por una fábrica de gas y una central productora de energía.
Lahti Energia solicitó al
Título: “Economía y Políticas de Cambio Climático”
Autor: Xavier Labandeira. Catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Vigo.
Fecha de recepción: 11 de marzo de 2010
Fecha de aceptación: 24 de marzode 2010
Resumen:
El autor repasa las principales políticas públicas articuladas en materia de cambio climático, ocupándose particularmente del análisis de los distintos enfoques que han orientado el diseño de los disintos instrumentos de adaptación y mitigación. Se preocupa en este sentido de aportar su punto vista en relación a la eficacia y oportunidad de los distintos enfoques y grupos de instrumentos y sobre la dirección hacia la que en su opinión deberían ser orientados.
Culmina su exposicion centrándose en la descripción de los fundamentos de la reforma fiscal verde como instrumento para la lucha contra el cambio climático, compartiendo algunas experiencias prácticas impulsadas en el ordenamiento jurídico comparado.
Palabras Clave:
Cambio Climático; políticas públicas; adaptación; transferencia de tecnologías limpias; mitigación; reducción de emisiones de GEI; técnicas de regulación y control; instrumentos de mercado; mecanismos voluntarios; sitemas de información; eficacia ambiental; eficiencia administrativa; viabilidad; incidencia distributiva; fiscalidad ambiental; reformas fiscales verdes.
Doi: https://doi.org/10.56398/ajacieda.00032
|