Fuente: Fundación Biodiversidad. Última consulta: 16/08/2010
La Fundación Biodiversidad, fundación pública del Gobierno de España, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, ha convocado la segunda edición de los Premios Fundación Biodiversidad.
Estos galardones pretenden reconocer la labor de todas aquellas personas y organizaciones que, con su trabajo, contribuyen al desarrollo sostenible del medio rural y pesquero, así como a la conservación y el conocimiento del patrimonio natural y de la biodiversidad.
Dotados con un importe global de 101.000 euros, los galardones se presentan en sociedad con una campaña que anima a emprendedores y a creadores a dar a conocer sus proyectos ambientales: “Si has emprendido una actividad económica que contribuya a mantener los valores ecológicos de tu territorio; si perteneces a una organización que esté desarrollando un proyecto vinculado a la conservación de especies, hábitats o recursos genéticos; si has desarrollado una técnica innovadora para luchar contra la contaminación marítima y del litoral; si a través de una fotografía, un documental o cortometraje, un reportaje o una creación literaria has conseguido plasmar los retos y las oportunidades asociadas a un desarrollo sostenible. Eres candidato a los Premios Fundación Biodiversidad”.
Decreto 132/2010, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón (BOA núm. 141, de 20 de julio).
Autora de la nota: Celia María Gonzalo, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
La ya derogada Ley 5/1999, de 25 de marzo, Urbanística de Aragón, regulaba de manera conjunta el Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón y las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio de Zaragoza, Huesca y Teruel, definiéndolos como órganos colegiados con competencia en materia de urbanismo y ordenación del territorio. Creados con la finalidad de asegurar la coherencia y coordinación de la actuación pública en materia de ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y patrimonio cultural, se han regido hasta la fecha por el Reglamento aprobado por el Decreto 216/1993, de 7 de diciembre de la Diputación General de Aragón.
La aprobación de la nueva Ley 3/2009, de 17 de junio, de urbanismo de Aragón ha supuesto la creación de órganos colegiados nuevos, esto es el Consejo Urbanismo de Aragón y
Decreto 124/2010, de 22 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica de la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 132, de 7 de julio de 2010)
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Uno de los objetivos prioritarios de la política energética del Gobierno de Aragón es el desarrollo de la energía eólica. Así, en el vigente Plan Energético de Aragón 2005-2012, se establece la meta de alcanzar los 4.000 MW de potencia instalada de energía eólica en el horizonte del año 2012. Para ello, considera necesario aumentar la capacidad global de evacuación de energía eléctrica a través de la ejecución de infraestructuras necesarias y el desarrollo tecnológico de los aerogeneradores al tiempo de renovar y actualizar la normativa sectorial para adaptarla a la coyuntura energética estatal y comunitaria.
Este Decreto tiene el objetivo de regular los procedimientos de priorización y autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía
Decreto 107/2010, de 01/07/2010, por el que se modifica el Reglamento de Suelo Rústico, aprobado por Decreto 242/2004, de 27 de julio (DOCM núm. 128, de 6 de julio)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Resumen:
Tanto la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural, como el Texto Refundido de la Ley de Suelo, aprobado mediante el Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, han introducido, un reconocimiento a nivel normativo de notable calado en relación al suelo rústico, que ha servido para otorgar a esta clase de suelo la transcendencia que se merece, tanto desde el punto de vista medioambiental, como desde el punto de vista de la ordenación territorial y urbanística, considerándolo un recurso natural, escaso y no renovable.
En Castilla la Mancha, el nuevo Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo se hizo eco del nuevo papel protagonista del suelo rústico, y por tanto, esa nueva
Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de junio de 2010 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª, Ponente: Antonio Martí García).
Autora de la nota: Eva Blasco Hedo, Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: CENDOJ STS 3009/2010.
Temas Clave: Ordenanza Municipal sobre antenas de telefonía, radio y televisión. Limitación de emisiones electromagnéticas. Competencia municipal para establecer medidas adicionales de protección a las establecidas por el Real Decreto 1066/2001. Limitaciones a la instalación de antenas. Utilización de conceptos jurídicos indeterminados.
Resumen:
El objeto del recurso se centra en el análisis de la conformidad o no a derecho de determinados preceptos de la Ordenanza Municipal sobre antenas de telefonía, radio y televisión del Ayuntamiento de Sedaría (Valencia). Se debe aclarar que la Sala de lo Contencioso del TSJ de la Comunidad Valenciana declaró nulos los artículos 5, 7, 8, 9 y el Anexo 6 de dicha Ordenanza por exigir y establecer un procedimiento para la obtención de licencia de actividad en materia de telefonía móvil así como su art. 14 referente a la exigencia de responsabilidad civil; confirmados en segunda instancia por no ser objeto de
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