Decreto 36/2010, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Zona Especial de Conservación (ZEC) el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) “Cuencas de los ríos Alberche y Cofio” y se aprueba el Plan de Gestión del Espacio Protegido Red Natura 2000 denominado “Cuencas y Encinares de los ríos Alberche y Cofio”. (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 217. viernes, 10 de septiembre de 2010).
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat.
Temas clave: Espacios naturales protegidos; declaración y planificación; Comunidad Autónoma de Madrid.
Resumen:
A través de este Decreto la Comunidad madrileña fija las medidas de conservación necesarias, que implicarán apropiadas medidas reglamentarias, administrativas o contractuales, asegurando su inclusión en planes o instrumentos adecuados, que responde a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales y de las especies presentes en tales áreas.
Una ordenación de un área superior al diez por ciento de la superficie de la Comunidad
Sentencia de la Audiencia Provincial de Badajoz, 156/2010 de 30 de julio de 2010. Ponente: D. Emilio Francisco Serrano Molera. (Procedimiento penal. Apelación de juicio de faltas).
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación, CIEDA-Ciemat
Fuente, Id. Cendoj: 06015370012010100203.
Temas clave: Derecho penal ambiental; faltas; maltrato animal
Resumen:
Se analiza la Sentencia dictada como consecuencia de la apelación interpuesta contra la Sentencia de 12 de mayo de 2010 en la que se absuelve al acusado de toda responsabilidad penal derivada de los hechos que fueron enjuiciados. Una apelación basada en un error de apreciación de las pruebas por parte del Juez sentenciador; a raiz de lo cual no se da como probado el hecho del maltrato del perro propiedad del recurrente por parte del imputado, a efectos del artículo 632.2 del Código Penal, lo que acarrea la no imposición de la sanción correspondiente a la falta de maltrato a animales. Sin embargo, analizada la cuestión por la Audiencia Provincial, desestima la pretensión de la parte recurrente. Como decíamos, un recurso fundamentado en un
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, nº 1725/2010, de 29 de julio de 2010. Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda. Sede de Valladolid. Ponente: Ramón Sastre Legido.
Autor de la Nota: Ana Mª Barrena Medina. Becaria de Investigación CIEDA-Ciemat.
Fuente: Id. Cendoj: 47186330022010100547
Temas Clave: Calidad ambiental; Derecho administrativo sancionador; legitimación activa.
Resumen:
Se trata de la resolución del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia de 27 de octubre de 2008, dictada por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Zamora. Una sentencia en la que se estimó que la Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de Castilla y León no era conforme a Derecho y, por tanto, dicha Resolución fue declarada nula. Una declaración de nulidad fundamentada en la falta de legitimación activa. Una Resolución que conllevaba la imposición de una sanción por el importe de tres mil euros, en concepto de multa, y la suspensión de la actividad en el plazo de seis meses, en base a la infracción cometida vulneradora de las disposiciones contenidas en la Ley castellano
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, 635/2010, de 29 de julio de 2010. Sala de lo Contencioso, Sección Primera. Sede Cáceres. Ponente: D. José María Segura Grau.
Autor de la Nota: Ana María Barrena Medina, Investigadora del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: Id. Cendoj: 10037330012010100925.
Temas clave: Aguas; Aprovechamiento de aguas; Expediente sancionador.
Resumen:
En este pronunciamiento judicial se examina el recurso interpuesto contra la Resolución dictada por la Confederación Hidrográfica del Guadiana en expediente sancionador, por la que se impone al recurrente una multa de tres mil euros y se ordena la clausura de un pozo como consecuencia de la comisión de la infracción de apertura de un pozo careciendo de la previa concesión o autorización. Un recurso que es admitido por el Tribunal y que además es estimado parcialmente reduciendo la cuantía de la sanción impuesta a 240,40 euros; pero manteniendo expresamente la obligación de clausurar el pozo referido en el expediente administrativo. Un recurso que se fundamenta en la vulneración del principio de
Real Decreto 1088/2010, de 3 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, en lo relativo a las especificaciones técnicas de gasolinas, gasóleos, utilización de biocarburantes y contenido de azufre de los combustibles para uso marítimo (BOE núm. 215, 4 de septiembre de 2010)
Resumen:
La aprobación de la Directiva 2009/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, supone una modificación de las especificaciones de gasolinas y gasóleos de automoción establecidas en la Directiva 98/70/CE teniendo en cuenta los requisitos técnicos de los motores y la adición de biocarburantes a dichos combustibles, así como la modificación de la Directiva 1999/32/CE del Consejo en relación con las especificaciones del combustible utilizado por los buques de navegación interior.
Algunos vehículos más antiguos no están preparados para usar gasolina con un contenido elevado de biocarburantes. Es necesario garantizar, durante un período de transición, el suministro continuado de gasolina adecuada para estos vehículos más antiguos. En este sentido, la Directiva 2009/30/CE, establece que los Estados miembros exigirán a los proveedores que garanticen la comercialización de gasolina con un contenido máximo de oxígeno de
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