Real Decreto 29/2011, de 14 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas, y el Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los Organismos de cuenca y de los planes hidrológicos
Resumen:
La Sentencia de 7 de mayo de 2009, del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, obliga al Reino de España a delimitar las demarcaciones hidrográficas de su territorio que aún no lo hayan sido y designar las correspondientes autoridades competentes. El presente Real Decreto surge con esa finalidad.
La Exposición de motivos de la norma señala que el cumplimiento por parte del Reino de España de esta obligación impuesta por la Directiva Marco del Agua resulta particularmente complejo en determinados ámbitos territoriales, en los que es necesario conciliar los criterios comunitarios para proceder a la delimitación de las demarcaciones hidrográficas con el orden interno de distribución de competencias en materia de aguas entre el Estado y las comunidades autónomas.
Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de diciembre de 2010 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: María del Pilar Teso Gamella)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: STS 6963/2010
Temas Clave: Plan nacional de asignación de derechos de emisión 2008-2012; Prohibición de discriminación entre centrales de carbón y centrales de gas de ciclo combinado; Principio de igualdad; Factor de emisión.
Resumen:
En el supuesto de enjuiciamiento, el Alto Tribunal conoce de varios recursos contencioso-administrativos acumulados interpuestos por la mercantil “Iberdrola, S.A.”, a través de los cuales impugna los Reales Decretos 1030/2007, de 20 de julio y 1402/2007, de 29 de octubre, que modifican el Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012 y contra el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 2 de noviembre de 2007, que realiza la asignación individual de GEI 2008-2012.
El Alto Tribunal enjuicia la legalidad de los dos reales decretos a través de un examen exhaustivo de la normativa internacional, comunitaria
Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de diciembre de 2010 (Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 5ª, Ponente: María del Pilar Teso Gamella)
Autora: Eva Blasco Hedo. Investigadora y Responsable del Centro de Formación CIEDA – CIEMAT
Fuente: STS 6963/2010
Temas Clave: Plan nacional de asignación de derechos de emisión 2008-2012; Prohibición de discriminación entre centrales de carbón y centrales de gas de ciclo combinado; Principio de igualdad; Factor de emisión.
Resumen:
En el supuesto de enjuiciamiento, el Alto Tribunal conoce de varios recursos contencioso-administrativos acumulados interpuestos por la mercantil “Iberdrola, S.A.”, a través de los cuales impugna los Reales Decretos 1030/2007, de 20 de julio y 1402/2007, de 29 de octubre, que modifican el Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012 y contra el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 2 de noviembre de 2007, que realiza la asignación individual de GEI 2008-2012.
El Alto Tribunal enjuicia la legalidad de los dos reales decretos a través de un examen exhaustivo de la normativa internacional, comunitaria
Real Decreto 60/2011, de 21 de enero, sobre las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas Resumen: La Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 diciembre de 2008, relativa a las normas de calidad ambiental (NCA), tiene como objeto establecer normas de calidad ambiental para las sustancias prioritarias y para otros contaminantes, con la finalidad de conseguir un buen estado químico de las aguas superficiales. El presente real decreto tiene como finalidad trasponer todos los aspectos contenidos en la Directiva 2008/105/CE. Asimismo, incorpora los requisitos técnicos sobre análisis químicos establecidos en la Directiva 2009/90/CE de la Comisión, de 31 de julio de 2009, es decir, los criterios mínimos que se deberán aplicar a los métodos de análisis para el seguimiento del estado de las aguas, sedimentos y seres vivos, así como las normas dirigidas a demostrar la calidad de los resultados analíticos. De este modo ambos textos legislativos quedan incorporados al ordenamiento interno español.
Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de diciembre de 2010. (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5, Ponente: Rafael Fernández Valverde)
Autora de la nota: Celia Gonzalo Miguel. Personal investigador en formación, CIEDA-CIEMAT
Fuente: CENDOJ. Nº ROJ: 6984/2010
Temas Clave: Evaluación de impacto ambiental; Sanción por inicio de extracción sin evaluación de impacto; Aplicación legislación básica estatal
Resumen:
La Sentencia analiza el recurso de casación interpuesto por la compañía mercantil Aladueña y Peñalver S.A., contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 13 de marzo de 2003, que desestima a su vez el recurso de reposición interpuesto contra el acuerdo de 3 de octubre de 2001, en el que se impuso una sanción a la recurrente, con obligación de indemnizar por los daños y perjuicios causados así como de restaurar la zona afectada, como consecuencia de infracción en materia de evaluación de impacto ambiental.
En concreto, los hechos por los que se sancionaron a la recurrente, consistieron en la extracción de áridos de una finca de una superficie de 477.450 metros cuadrados,
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