Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 75, de 29 de marzo de 2023)
Palabras clave: Animales. Derechos. Animales de compañía. Animales silvestres en cautividad. Registros. Perros, gatos y hurones. Cooperación interadministrativa. Centros de protección animal. Ayuntamientos. Obligaciones. Prohibiciones. Propietarios. “Listado positivo de animales de compañía”. Gato comunitario. Comercio. Transporte. Maltrato animal. Actividades culturales y festivas. Inspección. Infracciones y sanciones.
Resumen:
Cada día resulta más evidente en España la creciente sensibilización de la ciudadanía ante la necesidad de garantizar la protección de los animales en general y, particularmente, de los animales que viven en el entorno humano, en tanto que seres dotados de sensibilidad cuyos derechos deben protegerse.
La Organización Mundial de Sanidad Animal define el concepto de «bienestar animal» como «el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere».
En uno de cada tres hogares españoles se convive con
Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales en materia de bienestar animal, y se modifican varios reales decretos
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT) En tu caso, lo que quieras que aparezca
Fuente: (BOE n. 57, de 8 de marzo)
Palabras clave: Bienestar animal. Controles oficiales. Información. Plan de bienestar animal. Explotaciones ganaderas. Agroalimentación. Acuicultura.
Resumen:
La normativa sobre controles oficiales en el ámbito del bienestar animal, en el caso de los animales mantenidos con fines agrarios, tiene su marco legislativo de referencia en el Reglamento (UE) n.º 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios, y por el que se modifican otras disposiciones normativas comunitarias.
Dicho Reglamento tiene
Real Decreto 186/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 69, de 22 de marzo de 2023)
Palabras clave: Buques. Navegación marítima. Accidentes. Medio ambiente marino. Tramitación administrativa. Contaminación. Transporte. Descarga. Sustancias nocivas. Infracciones. Convenio MARPOL.
Resumen:
El marco normativo y la práctica en la que se concibió el control por los Estados de la navegación de buques se ha visto profundamente afectado por los cambios en los convenios internacionales y en las normas de la Unión Europea de los últimos 20 años. La necesidad de evitar la repetición de accidentes que pongan en riesgo la seguridad de las personas, la seguridad marítima y la integridad del medio ambiente marino ha exigido implantar sistemas de seguimiento y control del tráfico marítimo, que los avances tecnológicos han permitido desarrollar.
Es necesario actualizar la normativa sobre esta materia, con el fin de introducir un cambio en la gestión, que permita un aprovechamiento
Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Fuente: BOA núm. 55, de 21 de marzo de 2023
Palabras clave: Comunidades Autónomas. Energía. Energías renovables.
Resumen:
El objeto de este Decreto-ley aragonés es -artículo 1- el de impulsar el proceso de transición energética, promoviendo el consumo energético de cercanía, residencial o productivo, mediante la vinculación de la planificación de inversiones productivas y de generación de energía a partir de fuentes renovables. Además del desarrollo legislativo, en el marco de la normativa europea y básica estatal, del régimen de las líneas directas, el autoconsumo, las comunidades de energía, las redes cerradas de distribución y determinados aspectos de las plantas hibridadas de generación en Aragón.
Así, entre los fines que pretenden alcanzarse con la norma -artículo 2-, se encuentra el de favorecer el consumo energético de cercanía, incrementar el nivel de autoabastecimiento y diversificación energéticos regionales e impulsar el autoconsumo energético. A tales fines, se aprueba
Ley 5/2023, de 17 de marzo, de pesca sostenible e investigación pesquera
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: (BOE n. 66, de 18 de marzo de 2023)
Palabras clave: Pesca marítima. Buques. Censos. Flota pesquera. Recursos pesqueros. Reservas marinas. Biodiversidad. Espacios naturales protegidos. Sostenibilidad. Licencias. Investigación científica. Instituto Español de Oceanografía. Procedimiento administrativo. Vedas. Acuicultura.
Resumen:
Dentro del amplio conjunto de actividades humanas que se desarrollan en la mar, la pesca destaca por ser garante de la seguridad alimentaria y desempeñar una función clave en la vertebración de las comunidades costeras. En España, la actividad pesquera, junto con sus operaciones vinculadas, ha desarrollado un conjunto de formas de vida, cultura, paisaje y tradiciones de gran relevancia.
El mantenimiento de esta actividad desde un enfoque ambiental, social y económicamente sostenible resulta esencial. Al efecto, la protección de la biodiversidad marina constituye un deber ineludible en cualquier sociedad.
Dentro del escenario internacional, la política pesquera común es un elemento esencial para la configuración de la regulación y la gestión pesquera
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