Crónica de las Jornadas Internacionales “La lucha contra el cambio climático: una aproximación desde la perspectiva del derecho”[1] (Universidad de Zaragoza, 19 y 20 de Septiembre de 2019)
Autora: Eva González Vicente. Contratada de la Universidad de Castilla – La Mancha
Resumen:
La Facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza acogió durante los pasados 19 y 20 de septiembre de 2019 unas Jornadas Internacionales para abordar la temática de “La lucha contra el cambio climático”. Este encuentro fue organizado por el grupo de investigación AGUDEMA (agua, derecho y medio ambiente) y coordinado por Sergio Salinas, Catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad de Zaragoza.
Estas jornadas se enmarcan dentro de la “Semana del Clima”, en la cual ha tenido lugar la Cumbre de las Naciones Unidas sobre la Acción Climática 2019 en Nueva York. Por ello, la celebración de estas jornadas de expertos resultó aún más interesante.
La primera ponencia fue desarrollada por Antonio Embid Irujo, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza, para abordar desde una perspectiva general la relación del cambio climático con el derecho. Entre las distintas decisiones tomadas a nivel europeo e internacional, destacó el Acuerdo de París de 2015 que
Ley nº 99/2019, de 5 de septiembre de 2019, que realiza la primera alteración del Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT)
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, N.º 170 — 5 de septiembre de 2019
Temas Clave: Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT); Planes territoriales; Programas territoriales; Cohesión territorial
Resumen:
Mediante esta ley se introducen alteraciones en el Programa Nacional de la Política de Ordenación del Territorio (PNPOT) que se había aprobado mediantes la Ley n.º 58/2007, de 4 de septiembre, con la finalidad de adaptarlo a los nuevos desafíos, como por ejemplo las directrices de la Estrategia de Ciudades Sostenibles 2020 o los compromisos adquiridos con base en el Acuerdo de París sobre el cambio climático.
El PNPOT es el instrumento principal del sistema de gestión territorial, define los objetivos y opciones estratégicas de desarrollo territorial y establece el modelo de organización del territorio nacional. El PNPOT constituye un marco de referencia para os demás programas y planes territoriales y como instrumento orientador de las estrategias con incidencia territorial.
Sentencia Núm. 87/2019, de 20 de junio de 2019, del Pleno del Tribunal Constitucional. Ponente: Ricardo Enríquez Sancho
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ, Investigador del Centro Internacional de Estudios en Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE núm. 177, de 25 de julio de 2019
Temas Clave: Competencias; Minería; Trasvases; Hidrocarburos; Emisiones; Energía; Cambio climático; Impuestos
Resumen:
Mediante escrito presentado en el registro general de este Tribunal el 3 de noviembre de 2017, el abogado del Estado, en representación del presidente del Gobierno, interpuso recurso de inconstitucionalidad contra los artículos de la Ley del Parlamento de Cataluña 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático.
El recurso es estrictamente competencial: denuncia la vulneración de las competencias estatales en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica (art. 149.1.13 CE), puertos de interés general (art. 149.1.20 CE), legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma (art. 149.1.22 CE), legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección (art. 149.1.23 CE) y bases del régimen minero y energético (art. 149.1.25 CE). Asimismo, se impugna
“Resolução do Conselho de Ministros” n.º 107/2019, de 1 de julio de 2019, por la que se aprueba la “Hoja de Ruta para la Neutralidad Carbónica
Autora: Amparo Sereno. Investigadora del Observare (UAL) y profesora en el “Instituto Superior de Contabilidade e Administração de Lisboa” (ISCAL)
Fuente: “Diario de la República” (DR) 1.ª serie, N.º 123 — 1 de julio de 2019
Temas Clave: Cambio climático; Acuerdo de París de 2015 sobre cambio climático; Gases con efecto invernadero (GEI)
Resumen:
Mediante esta norma se persigue implementar a nivel nacional el compromiso asumido con base en el Acuerdo de París para alcanzar la neutralidad carbónica. Es decir la situación en la cual los gases con efecto invernadero (GEI) emitidos sea igual a la capacidad del país para neutralizar los mismos, por medio de actividades, como la plantación de bosques, que absorban esos mismos GEI emitidos a nivel nacional.
Para conseguir este resultado en 2050 la normativa analizada establece una serie de medidas entre las cuales, cabe destacar las siguientes: eliminar la producción de energía eléctrica a partir de carbón en 2030; reducción de GEI de entre 85% e 90% en relación a 2005 y hasta 2050; aumento de la electrificación
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha de 12 de abril de 2019 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2, Ponente: Jaime Lozano Ibáñez)
Autora: María Pascual Núñez. Doctoranda en Derecho en el Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental y en la Universidad a Distancia de Madrid
Fuente: ROJ: STSJ CLM 1073/2019- ECLI: ES:TSJ CLM:2019:1073
Temas Clave: Agricultura; Montes
Resumen:
A 27 de julio de 2015, la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales impuso a una sociedad agropecuaria una sanción de 11.460€ y la obligación de restauración por la comisión de una infracción grave. La calificación de la infracción se condiciona a que los hechos constitutivos de la misma hayan causado al monte daños cuyo plazo de reparación o restauración sea superior a seis meses y no exceda de diez años, en virtud del artículo 80.6) de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. En concreto, la conducta sancionada fue “la modificación sustancial de la cubierta vegetal del monte sin la correspondiente autorización administrativa” (artículo 81.2).
La sociedad recurrió en alzada la antecitada resolución, recibiendo respuesta desestimatoria de sus pretensiones mediante una resolución de la Consejería
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