Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 25 de abril de 2013, asunto T‑526/10, Inuit Tapiriit Kanatami
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Fuente: http://curia.europa.eu
Palabras clave: comercio de los productos derivados de la foca; Reglamento (CE) nº 1007/2009; disposiciones específicas de aplicación; Reglamento (UE) nº 737/2010; prohibición de comercialización de dichos productos; excepción en beneficio de las comunidades inuit; excepción de ilegalidad; base jurídica; subsidiariedad; proporcionalidad; desviación de poder.
Resumen:
En este caso los demandantes solicitan que se anule el Reglamento (UE) nº 737/2010 de la Comisión, de 10 de agosto de 2010, por el que se establecen disposiciones específicas de aplicación del Reglamento (CE) nº 1007/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el comercio de productos derivados de la foca. En el marco del asunto T-18/10, la parte demandante solicita la anulación del Reglamento (CE) nº 1007/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre el comercio de productos derivados de la foca.
Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 14 de marzo de 2013 (Ponente: Fernando Valdés Dal-Ré)
Autora: Eva Blasco Hedo, Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOE Núm. 86, de 10 de abril de 2013
Temas Clave: Biodiversidad; Catálogo de hábitats en peligro de desaparición; Caza y pesca; ZEC y ZEPAS; Métodos de captura; Humedales; Evaluaciones de las reservas de la biosfera; Conflicto de competencias; Estado; Comunidad Autónoma de Castilla y León
Resumen:
En el supuesto que nos ocupa, el Tribunal examina el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León contra los arts. 25, 45.1, 53, 58, 62.3 a), g) y j), y 66.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.23 CE y de los artículos 71.1, 7 y 8, y 70.1.17 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 11 de abril de 2013, asunto C-260/11, The Queen
Autor: J. José Pernas García, profesor titular de Derecho administrativo de la Universidade da Coruña
Fuente: http://curia.europa.eu
Palabras clave: Medio ambiente; Convenio de Aarhus; Directiva 85/337/CEE; Directiva 2003/35/CE; artículo 10 bis; Directiva 96/61/CE; artículo 15 bis; acceso a la justicia en materia de medio ambiente; concepto de “coste no prohibitivo” de los procedimientos judiciales
Resumen:
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 10 bis, párrafo quinto, de la Directiva 85/337/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, y del artículo 15 bis, párrafo quinto, de la Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación, en
Orden PRE/662/2013, de 22 de abril, por la que se incluye la sustancia activa carbonato de didecildimetilamonio en el anexo I del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas. (BOE núm. 97, de 23 de abril)
Orden PRE/675/2013, de 22 de abril, por la que se incluyen las sustancias activas metilnonilcetona, extracto de margosa y ácido clorhídrico en el anexo I del Real Decreto 1054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas. (BOE núm. 99, de 25 de abril)
Autora: Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Temas Clave: Autorizaciones; Productos fitosanitarios; Plaguicidas; Comercialización
Resumen:
Mediante la primera orden se transpone al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2012/22/UE, de la Comisión de 22 de agosto de 2012, por la que se modifica la Directiva 98/8/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de forma que incluya el carbonato de didecildimetilamonio como sustancia activa en su anexo I
Ley de Cantabria 1/2013, de 15 de abril, por la que se regula la prohibición en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria de la técnica de la fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional (BOC núm. 78, de 25 de abril)
Autora: Celia Gonzalo Miguel. Miembro del Consejo de Redacción de Actualidad Jurídica Ambiental
Temas clave: Prevención ambiental; Fractura hidráulica
Resumen:
La presente norma tiene por objeto la prohibición en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria del uso de la fractura hidráulica o fracking como técnica que, por medio de la inyección de aditivos químicos es susceptible de ser utilizada para la investigación y extracción de gas de esquito o no convencional.
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